lunes, 20 de noviembre de 2006

La corrupción puede acabar con la democracia


Las leyes españolas hacen compleja y difícil la persecución especializada de los delitos económicos, urbanísticos, medioambientales y contra la ordenación del territorio. Eso explica, entre otras causas, el retraso en las consecuencias de la investigación en marcha por las Fiscalías alicantina y murciana sobre los ilícitos de corrupción, prevaricación y cohecho, asociados todos a otros delitos económicos cometidos por las mafias locales de cuello blanco y foráneas en presencia.

Para el catedrático de Derecho Procesal de la UNED y ex magistrado del Tribunal Constitucional, Vicente Gimeno Sendra, en la Construcción “hay blanqueo de capitales y se genera dinero negro”, según declaraciones de ayer a la prensa de la zona.

El caso es que la justicia penal es lenta, ineficaz y no sirve frente a la nueva delincuencia desatada en Alicante y Murcia. Haría falta que fuese más ágil, y con controles previos, para evitar también todo tipo de ella tras el descuido que se ha tenido con la corrupción en la política local. Habría que tener más que claro que “no se puede permitir que un delincuente ejerza de autoridad local ni tampoco los reinos de taifas de los ayuntamientos”.

Ni la corrupción en la administración local es de ahora ni la urbanística es nueva sino que hace tiempo que existe en estas dos provincias mediterráneas. La gente huele que se dan políticos y técnicos corruptos, que cobran por recalificar terrenos y otorgar licencias en lo que no es sino una pura prevaricación. Pero como, a juicio de Gimeno Sendra, “la corrupción urbanística es un tipo penal con normas en blanco”, se dan pactos de silencio para delitos de difícil prueba y un dinero B cuyo rastro es complicado de seguir.

Un presunto delito desde las administraciones públicas normalmente se remite primero a la colapsada vía contencioso-administrativa por parte de los jueces penales. La corrupción administrativa precisa de la necesidad previa de la existencia de un ilícito administrativo, una contravención de la legislación urbanística. Pero el Derecho Penal y el Administrativo siguen siendo en España dos compartimentos estancos y, aparte del colapso, la vía contenciosa es poco eficaz a la hora de establecer medidas cautelares al no suspender el acto administrativo. Entonces las obras ilegales se consolidan tras un procedimiento que llega a durar hasta diez años.

Pero también la falta de un conocimiento profundo de fiscales y jueces sobre estos temas y de medios para abordarlos, concluyen en que las querellas por prevaricación urbanística o contra la ordenación del territorio suelen no ser admitidas o archivarse las diligencias previas. Los jueces de Murcia y Alicante son independientes pero muy ignorantes. Policía y Guardia Civil de aquí tampoco suelen saber de urbanismo o de delincuencia económica y societaria. Ni existe relación directa e inmediata, o es muy deficiente, entre la Fiscalía y la Policía Judicial. Para más “inri”, y tal como denuncia este catedrático, Anticorrupción no tiene economistas-auditores a su servicio en ambas provincias ni se da coordinación alguna entre los fiscales y los policías de investigación.

“La corrupción puede acabar con el sistema democrático”, alerta el profesor Gimeno desde su casa de El Campello, si sigue sucediendo lo que sucede. Y es que el urbanismo y la economía están ahora demasiado relacionados en ambas provincias. Proliferan por eso las construcciones ilegales. Pero no se puede permitir a los ayuntamientos, en materia de urbanismo, falta de previsión y planificación de suministro hídrico, eliminación de residuos o déficit de infraestructuras. Los fiscales tienen que controlar que las autoridades sean las primeras en cumplir las leyes vigentes a la vez que urge despolitizar a los jueces. Porque existe garantía de que la Fiscalía no va a prevaricar, ni siquiera en temas de corrupción política.

Si bien los municipios tienen su autonomía consagrada en la Constitución, y ésta habla de las competencias exclusivas de supervisión urbanística de las Comunidades Autónomas, si permiten, consienten u otorgan licencias urbanísticas en contra de los instrumentos de planeamiento, hay que acudir al Código Penal porque se estaría hablando de prevaricaciones. Aunque la prevaricación, como el cohecho, tiene hoy una pena leve. Lo más aconsejable, a juicio de los especialistas y expertos, sería contar con una jurisdicción de lo contencioso rápida y expedita para evitar que se levanten edificaciones. Un control judicial-administrativo más efectivo evitaría mucho de lo que ahora está ocurriendo.

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