martes, 29 de noviembre de 2011

Pérez Fenoll subraya que la justicia "deja en evidencia" a Agustín Navarro, alcalde de Benidorm

BENIDORM.-  El concejal y diputado provincial del Partido Popular, Manuel Pérez Fenoll, ha considerado que la justicia "deja en evidencia a Agustín Navarro" y le emplaza a "devolver las retribuciones", en virtud de dos sentencias judiciales, en las que se les declara concejales no adscritos y en las que declara nulos los acuerdos por los que se dotaban de determinados recursos al grupo y de sueldos en calidad de los cargos que desempeñan.

   En un encuentro con los medios de comunicación, Pérez Fenoll se ha referido a las dos sentencias que acaba de emitir el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Alicante, estimando los recursos que el Grupo Municipal del Partido Popular presentó hace más de dos años.
   A su juicio, "vienen a demostrar que el gobierno que constituyó Agustín Navarro desde el 22 de septiembre, fecha de la moción de censura, y que se ha mantenido hasta el pasado 22 de mayo, estaba basado y sustentado en la más absoluta ilegalidad".
  De este modo, ha resaltado que los tribunales "han venido a darle la razón al PP cuando en octubre de 2009 alertaba que las resoluciones adoptadas por Agustín Navarro tras la moción de censura, podrían ser ilegales".
  "Entonces no lo decíamos sólo nosotros, también opinaban así muchos expertos del Derecho porque no había más que leerse la Ley de Bases de Régimen Local. Sólo faltaba que lo dijera un juez y eso es lo que ha ocurrido ahora. Agustín Navarro ha recibido su primer garrotazo judicial, pero van a venir más", ha dicho.
   Las dos sentencias emitidas por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Alicante declaran la nulidad, entre otras cuestiones, de todas las resoluciones administrativas "por ser contrarias a Derecho", adoptadas por Agustín Navarro tras la moción de censura del año 2009.
   En concreto, las resoluciones son: nombramientos de miembros de Junta de Gobierno Local; delegación de atribuciones de Agustín Navarro a favor de la Junta de Gobierno Municipal; nombramiento de representantes en órganos colegiados; retribuciones e indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación; creación y composición de las Comisiones Informativas Permanentes y delegación de atribuciones del Pleno a la Junta de Gobierno Local.
  Según los 'populares' de Benidorm, "el juez echa por tierra la constitución del equipo de gobierno que surgió tras la moción de censura de 2009, así como las retribuciones que se asignaron, al tiempo que en la otra sentencia "declara como 'no adscritos' a los exconcejales del PSOE  de la anterior corporación".
   La sentencia subraya "la imposibilidad jurídica de que el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Benidorm pueda ostentar derechos económicos y políticos y ser beneficiario de recursos materiales y humanos con cargo al Presupuesto Municipal", lo cual implica, entre otras cosas, "el derecho a formar parte de las Comisiones Informativas; el derecho a participar en la Junta de Portavoces y el derecho a percibir retribuciones e indemnizaciones por asistencia a Comisiones Informativas permanentes".
   Entre otros fundamentos de derecho, la sentencia establece "la obligación del Ayuntamiento de Benidorm de cuantificar la totalidad de los recursos económicos aplicados para el pago de las retribuciones mensuales por dedicación exclusiva a Alcaldía y Concejales con Delegación de Alcaldía así como las cantidades satisfechas por Indemnizaciones por Asistencia a órganos colegiados: Junta de Gobierno Local y Sesiones de Consejos, Fundaciones, Juntas y tribunales de Selección de Personal desde el día 29 de septiembre".
  Además, apunta que, tras "dicha cuantificación, proceda a reclamar la cantidad resultante a los concejales no adscritos que hubieren sido beneficiarios de dichas cantidades". La sentencia afirma que los "derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia".
   La sentencia es recurrible en el plazo de 15 días a partir de su notificación, admisible en un solo efecto y para su resolución por la  Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
   Así, Pérez Fenoll ha emplazado a Agustín Navarro "a que cumpla, aunque sea por primera vez, la Ley" y que ordene "el inicio de las actuaciones por los servicios jurídicos y económicos de este Ayuntamiento con el objeto de devolver a las arcas municipales lo que nunca debió salir de ellas con la máxima inmediatez en cuanto la sentencia sea firme".
   Finalmente, ha advertido de que "si no se cuantificaran por parte del Ayuntamiento estas cantidades y no fueran exigidas a quienes las cobraron indebidamente y de forma ilegal, nos veremos obligados a acudir a la Jurisdicción Contable o lo que es lo mismo, el Tribunal de Cuentas".

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