viernes, 28 de septiembre de 2012

La Audiencia Nacional pide un dictamen a Banco de España sobre la CAM

MADRID.- El Magistrado del Juzgado Central nº 3 de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ha emitido un auto en el que solicita al Banco de España que designe dos peritos para que analicen diversos aspectos de la contabilidad de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) entre 2007 y 2011, informaron hoy fuentes jurídicas.

   El auto, emitido el pasado día 19 de septiembre, es específico, al requerir un dictamen sobre la "corrección de las retribuciones asignadas y, en su caso, pagadas al personal de alta dirección de la CAM".
   Las diligencias, dictadas a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, ya han sido remitidas al Banco de España con la petición expresa de que los peritos no hayan intervenido en ninguna de las actuaciones inspectoras y sancionadoras seguidas contra la CAM.
   El objetivo es que, en el plazo de 90 días, los especialistas del supervisor bancario comprueben si se han contabilizado bien los créditos subestándar, dudosos o fallidos y si se han aplicado correctamente los criterios de rehabilitación entre 2007 y 2011. Según fuentes jurídicas, se trata de una práctica que ya se empleó en el caso de la Caja de Castilla la Mancha.
   La Audiencia Nacional pide también que los peritos del Banco de España se pronuncien sobre el tratamiento contable dado en las cuentas del ejercicio 2010 y a los "estados intermedios de 2011 elaborados por los antiguos administradores de la CAM" en operaciones auditadas por la consultora PwC a instancias de los administradores de la caja designados por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).
   En concreto, sobre la "liberación de provisiones ligadas a préstamos titulizados, el reparto de dividendos de sociedades filiales de la CAM y la dotación relativa al fondo de prejubilaciones".
   El juez Javier Gómez Bermúdez quiere conocer, finalmente, la incidencia de todas estas cuestiones en el reflejo de la imagen fiel de la situación financiera de la CAM, las posibles consecuencias que se puedan derivar y, en su caso, la evaluación del perjuicio causado a la entidad o a terceros.

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