lunes, 5 de noviembre de 2012

El abogado Diego de Ramón pide a la CNMV una investigación sobre la venta de la CAM a Banco Sabadell

MURCIA.- El abogado Diego de Ramón ha presentado una denuncia administrativa a la nueva presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, para que investigue a Banco Sabadell, en la línea de su petición reciente al Fondo Monetario Internacional de que investigue, compruebe y verifique las actividades de la misma entidad en España y, más en concreto, en relación con la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).

"1.-En fecha 7 de febrero pasado, comunique a la Comisión Europea la reciente adquisición del Banco CAM por Banco Sabadell.

En fecha 30 de mayo de este año, la Comisión Europea aceptó las medidas de ayuda estatal, por España, para la venta y disolución del Banco CAM.

Para aceptar las ayudas estatales se necesitaba un “plan de reestructuración" conforme exigido por la Comisión Europea, el retorno de viabilidad de Banco CAM y el adecuado “reparto de cargas”, según el cual el coste de la restructuración de una entidad financiera con ayuda estatal debe recaer en los contribuyentes, accionistas de la entidad en cuestión, y, en particular, de los titulares de títulos de capital y asimilados.

Esta fue la contestación de Bruselas, remitida a este letrado el pasado mes de agosto de este año, a través del Parlamento Europeo y de la Comisión en su Dirección General de la Competencia.

Pues bien, el objeto de inspección es lo siguiente:

A).-La entidad CAM es una persona jurídica totalmente independiente de la entidad Banco CAM, cuya actividad financiera comenzó inmediatamente después de la intervención de la CAM por el Banco de España.

A estos efectos, conviene recordar que el día 22 de julio de 2011, el Banco de España, intervino la CAM y Banco CAM, representada por los administradores del FROB. En esta misma fecha se inscribió en el Registro Mercantil la segregación (realizada el día 21 de junio del año 2011) de la actividad financiera de la CAM en Banco CAM, acordada por la Asamblea de la CAM en marzo de 2011. Esto terminó con la adjudicación a Banco de Sabadell, S.A., el día 7 de diciembre de 2011, por “l“ euro y con ayudas públicas estatales de participación.

CAM, tras la operación de segregación, mantuvo, por una parte, los administradores provisionales del FROB, la plena titularidad y propiedad, entre otros, de los activos y pasivos afectos a su Obra Social, en cuanto a su lugar de CAM como emisor de las cuotas participativas en circulación, así como las cuotas participativas que la Caja poseía en autocartera y la totalidad de las acciones de Banco CAM de su propiedad, que representaban el 100% del capital de Banco CAM en ese momento.

Tras la intervención, de conformidad con lo establecido en el art. 7 del RD Ley 9/2009, y con el objetivo de lograr la mas eficiente utilización de los recursos públicos, el FROB, promovió un proceso competitivo para la reestructuración de Banco CAM mediante una operación de venta del 100% de las acciones del mismo, que dio lugar a la adjudicación de Banco CAM a favor del Banco Sabadell, en fecha 7 de diciembre del año 2011.

Y después de la adjudicación definitiva el día 15 de diciembre del año 2011, el capital social de Banco CAM fue reducido a cero. Y posteriormente el capital social fue aumentado por fondos públicos a través del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD).

B).-Examinar la liquidez del Banco Sabadell, después de haberse adjudicado Banco CAM S.A.U., por cuanto que ha ido pidiendo varias ampliaciones de capital para soportar esta adjudicación y, por ello, se debería “comprobar su estado de liquidez de finanzas actual”.

C).-Que en cuanto al canje que ha realizado el Banco Sabadell, sobre las participaciones preferentes de Banco CAM S.A.U., se ha de investigar y comprobar ¿cuánto han perdido los clientes o titulares de estas preferentes en el cambio con las acciones del Banco Sabadell?  Pues nunca debe repercutirse, mucho mas allá de las proporciones fijadas por la Comisión Europea, pues sería, caso contrario, abuso dominante de la entidad sobre el usuario de los servicios bancarios que vienen referenciados de un presunto engaño que conoce actualmente de una acción criminal por estafa la Caja de Ahorros del Mediterráneo.

D).-En que posición se encuentra ahora el Banco Sabadell, para responder a los fondos económicos que tiene actualmente de sus propios clientes.

E).-En que posición se encuentra ahora el Banco Sabadell, para responder en la Comisión Nacional del Mercado de Valores de los que se cotizan en Bolsa. 

F).-En que posición se encuentra ahora el Banco Sabadell, respecto a la entidad Banco CAM S.A.U, derivada de una segregación que se hizo un mes antes de intervenir el Banco de España, donde excluyo las cuotas participativas, que se encuentran ahora valoradas en "0".

G).-En que posición se encuentran ahora el Banco Sabadell, sobre la restitución de los fondos públicos recibidos del Estado en su participación del FGD, en cuanto al cumplimiento de su devolución.

H).-En que posición se encuentra ahora el Banco Sabadell, en cuanto a las garantías económicas sobre un posible quebranto (caso que se produjera como en cualquier otra entidad financiera) respecto a los clientes antiguos de Banco CAM S.A.U y Banco Sabadell.


I).-En que posición se encuentra ahora el Banco Sabadell, sobre la adquisición de deuda pública comprada al Estado español, Comunidad Catalana y compromisos adquiridos respecto a créditos del Banco Central Europeo.

Por todo lo expuesto, SOLICITO LA APERTURA DE LA INSPECCION POR PARTE DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, sobre la entidad Banco Sabadell, S.A., en cuanto a su posición respecto a la adjudicación de Banco CAM S.A.U, sobre su liquidez de garantía para responder a sus compromisos de pago, y posibles pérdidas (si las hubiesen en los mercados de Bolsa) así como la compra de titulaciones pública de deuda catalana y estatal, -si fuese de recursos propios- o –si proviene de créditos dados por el Banco Central Europeo, al tipo de interés que se obtuvo y al tipo de interés que se paga por ambas Administraciones del Estado y de la Comunidad Catalana, incluido la prima de riesgo.

Si se abriese el expediente de inspección a dicha entidad bancaria, Banco Sabadell, por parte de la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, rogaría me diese traslado del mismo al objeto de defender a una plataforma de afectados perjudicados por el quebranto de la CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO, Banco CAM S.A.U."

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