viernes, 29 de marzo de 2013

Alicante y Valencia al frente de la lista de inmuebles del fondo social

MADRID.- Alicante es la segunda capital española en número de inmuebles aportados por los bancos para alquilar a desahuciados dentro del Fondo Social de Vivienda (FSV), con un total de 157, y le sigue en esta clasificación Valencia, con 106.

La ciudad de Madrid es la que más dispone con 168 viviendas, y la cuarta es Tarragona con las mismas que Valencia (106) mientras que San Sebastián, Lugo, Pamplona y Bilbao no cuentan con ninguna.
Según los últimos datos disponibles, el fondo cuenta con 5.047 viviendas, cifra inferior a los 5.891 pisos anunciados, diferencia que se explica principalmente porque CaixaBank ha organizado su aportación de 850 inmuebles por trimestres y en el periodo enero marzo ha incluido los primeros 200.
Más de la mitad (2.648) tienen tres habitaciones, mientras que otras 1.209 son de dos, 436 de cuatro y 277 de una habitación.
Las entidades financieras que aportan inmuebles a FSV tienen como fin alquileres entre personas que han sufrido un desahucio a partir de 2008.
Está previsto que esta semana comience la asignación de los primeros pisos entre los solicitantes.
Durante el mes de marzo los bancos han ido recibiendo las solicitudes de los interesados en un alquiler, proceso en el que han colaborado los servicios sociales de los ayuntamientos y diputaciones, y en los próximos días concluirán su análisis y comenzarán a adjudicar las viviendas.
La comisión de coordinación y seguimiento del fondo, en la que están presentes miembros de varios ministerios, municipios, ONG y entidades financieras, se reunirá la segunda semana de abril para conocer los primeros datos, según las fuentes consultadas.
Los contratos de alquiler, cuyo precio oscila entre 150 y 400 euros mensuales, se deben firmar antes del 15 de mayo próximo y durarán dos años, prorrogables por uno más.
Pueden acceder a un alquiler las personas desalojadas de su residencia habitual después del 1 de enero de 2008, con ingresos familiares inferiores a tres veces el IPREM (1.597,53 euros mensuales) y que cumplan alguno de los supuestos de especial vulnerabilidad.
Se considera dentro de este colectivo a familias numerosas; unidades familiares monoparentales con dos hijos o más, con algún menor de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 por ciento o dependencia que incapacite permanentemente para trabajar y algunos supuestos de violencia de género.
También están incluidos deudores en paro y que hayan agotado la prestación, unidades familiares en las que convivan con el deudor una o más personas unidas al titular de la hipoteca o a su cónyuge por vínculo hasta el tercer grado de consanguinidad y que estén en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave, así como aquellas en las que exista una víctima de violencia de género.

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