viernes, 8 de marzo de 2013

El TSJCV acepta la petición de Castedo para volver a declarar y la cita el próximo 28 de marzo

ALICANTE.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha aceptado la petición para volver a declarar formulada por la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, imputada en el denominado 'caso Brugal' en una pieza separada que investiga presuntas irregularidades en la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad, y la ha citado a las 10.30 horas del próximo 28 de marzo.

   El abogado de Sonia Castedo, Juan José Martínez Albert, presentó el pasado 12 de febrero un escrito al TSJCV en el que pedía que se le especificaran los hechos en los que se sustentan los tres delitos que se le atribuyen a Sonia Castedo, imputada por revelación de información privilegiada facilitada por autoridad, tráfico de influencias y cohecho.
   Además, y en base a estos hechos concretos, la defensa de Castedo pedía al instructor del caso que la volviera a citar para declarar de nuevo, "una vez concretada la imputación".
   Ahora, en una providencia datada el pasado miércoles, el magistrado de la sala de lo Civil y Penal del TSJCV Juan Climent señala que "por el momento no cabe otra concreción de los hechos que se le atribuyen" ni "otra calificación jurídica presunta de los mismos" que la ya existente cuando se le citó el pasado mes de octubre a declarar como imputada.
   Al respecto, indica que en el actual momento procesal "no se han cumplimentado aún las diligencias acordadas, respecto de la propia parte, ni tampoco respecto de otras de las partes comparecidas en condición de imputados", y por el momento "no se ha agotado la investigación propia de la instrucción ni con ello la práctica de nuevas diligencias de investigación".
   El magistrado considera "contradictorio en sí mismo" que Castedo pida que se le concreten los hechos y declarar inmediatamente antes de que terminen las diligencias previas, "ya que la concreción que pide es la propia del auto de conclusión de las diligencias previas, y si ya se han concluido las diligencias previas, ya no procede la práctica de otras, salvo de las complementarias".
   En todo caso, y dado que la Ley de Enjuiciamiento Criminal da derecho a los imputados en una causa a pedir y que se le reciba declaración "cuantas veces lo desee en relación con la causa", Climent cita a la alcaldesa para el próximo 28 de marzo.
   Al respecto, sin embargo puntualiza que como la petición de Castedo "parece estar condicionada a la concreción de los hechos", y dado que este aspecto no ha sido atendido por el magistrado, la alcaldesa puede renunciar a esta declaración.
   En cuanto a la petición de la primera edil para que el TSJCV acelere el procedimiento, Climent responde que "se está haciendo en la medida de lo posible, atendida la complejidad de la causa y las muchas cuestiones que vienen planteado las partes, entre ellas la solicitante de aceleración".
   Por último y respecto de la denuncia de Castedo por las supuestas vulneraciones del derecho a la defensa, a un proceso sin dilaciones indebidas y a la presunción de inocencia que reseña en su escrito, el magistrado confirma que "se tienen por hechas a los efectos de hacerlos valer cuando sea procedente". Contra esta resolución, cabe recurso de reforma en el plazo de tres días.

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