lunes, 7 de mayo de 2018

La Fiscalía pide casi diez años de cárcel para Díaz Alperi (PP) por eludir el pago de 682.000 euros en el IRPF


ALICANTE.- El titular del Juzgado de lo Penal nº 6 de Alicante, Eugenio Alarcón, se ha negado hoy a suspender el juicio contra el ex alcalde de la ciudad, Luis Díz Alperi (PP), y ha anunciado que resolverá las cuestiones previas planteadas en la futura sentencia. La vista oral se reanudará el próximo 21 de mayo con las declaraciones de los cuatro acusados y concluirá, tras diez sesiones diarias, el 10 de junio.

Díaz Alperi había pedido ausentarse de la sala tras su declaración por motivos de salud, pero el magistrado lo ha denegado. El exalcalde alicantino, de 73 años, ha aportado diversos certificados médicos que desaconsejan su participación en sesiones judiciales que duren más de 45 minutos, según fuentes de la defensa. 
De hecho, su deterioro físico ha aumentado considerablemente respecto a sus últimas apariciones públicas. Hoy ha rehusado realizar declaraciones a los medios de comunicación tanto a su llegada como a su salida de la sede judicial, mientras se quejaba del dolor que sufría en una pierna.
El abogado de Díaz Alperi (PP) ha acusado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de vulnerar los derechos fundamentales de su cliente durante la inspección que destapó que había defraudado presuntamente 682.681 euros en sus declaraciones de renta de los años 2007, 2008 y 2010. Por esa acusación y un delito de cohecho impropio, el también ex diputado autonómico se enfrenta a una petición de la Fiscalía de 9 años y 9 meses de cárcel.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han rebatido los argumentos de las defensas, ya que no aprecian vulneración alguna de derechos en el procedimiento inspector. Ambas partes han recordado que la Ley General Tributaria no obligaba en 2013, como sí ocurre desde 2015, a dar un trámite de audiencia a los sospechosos de delitos fiscales antes de formalizar la denuncia. Y han añadido que cualquier investigado puede negarse a aportar a la AEAT la documentación que ésta le pida y recurrir luego ante los jueces la sanción que se le imponga por ello.
Junto a Díaz Alperi se sientan en el banquillo de los acusados, desde hoy y hasta el próximo 10 de junio, otros tres empresarios: Antonio Solana, Antonio Moreno y Javier Palacio). Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, que ejerce la acusación particular en este proceso, sostienen que el político ocultó a Hacienda un patrimonio de origen desconocido con la ayuda de los dos primeros. 
Además, disfrutó presuntamente del amarre gratuito de su catamarán en el puerto deportivo de la ciudad, dirigido por Palacio, en consideración a su condición de primera autoridad municipal.
La mayor parte de la cantidad presuntamente defraudada al fisco (405.351 euros) corresponde al ejercicio de 2007, cuando el entonces alcalde tuvo unos ingresos reales de 1.004.878 euros pero solo declaró 113.250 por las retribuciones recibidas en virtud de sus cargos públicos. Díaz Alperi está acusado en otro procedimiento judicial (la pieza derivada del ‘caso Brugal’ relativa al diseño del urbanismo de Alicante) de dejarse sobornar por el principal promotor de la ciudad, Enrique Ortiz. 
Las supuestas dádivas incluían grandes cantidades de dinero en efectivo a las que los propios sospechosos se referían con la palabra “bocadillos”. En esa causa, el ex dirigente popular afronta peticiones de condena que también rondan los diez años de cárcel.
Su abogado, Vicente Grima, cree que la AEAT vulneró el derecho fundamental de Díaz Alperi a no incriminarse a sí mismo y ha pedido excluir del juicio todos los documentos que la inspección tributaria le reclamó en su día. Esos requerimientos, dirigidos tanto a la persona física como a una sociedad supuestamente instrumental que él mismo había creado, Andarx Business SL, fueron “compulsivos” y comportaban “amenazas de sanciones”, por lo que no pueden ser valorados como “pruebas de cargo”, según el letrado.
Por su parte, el abogado de Antonio Solana, Pablo Enrique Cardona, ha pedido la nulidad de todo el proceso penal, que considera “contaminado” por la actuación previa de Hacienda al conculcar tanto los derechos de su cliente como del exalcalde alicantino.

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