martes, 4 de diciembre de 2007

Alertan a la CNMV sobre las razones de la emisión de cuotas participativas por la CAM


MURCIA.- El abogado murciano Diego de Ramón, una especie de Ralf Nader español de nuevo cuño, ha advertido por escrito a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre la emisión de cuotas participativas prevista por la CAM, y ha hecho partícipe de esa advertencia al Banco de España, Banco Central Europeo, Reserva Federal norteamericana, Banco de Inglaterra y Defensor del Pueblo, español y europeo.

En síntesis, De Ramón desea que las razones esgrimidas desde la dirección para justificar esa emisión - respaldo financiero ajeno para el crecimiento de la entidad – responda verdaderamente a ese objetivo y no encubra la necesidad de tapar una supuesta gran falta de liquidez, estimada por diversas fuentes, que no cita expresamente, en 1.500 millones de euros, “cuando precisamente todo el sector financiero se encuentra en crisis”, y especialmente la CAM por un exceso de riesgo inmobiliario contraído en los últimos años.

De Ramón dice comparecer ante la CNMV “como ciudadano, español y europeo, y cliente de la CAM” para justificar su intervención en que la emisión de cuotas participativas sirva realmente para la expansión, dentro de un estricto marco de legalidad conforme a las directivas comunitarias en vigor, y para solicitar una investigación previa que afiance los extremos de una emisión avalada por el propio patrimonio social, “que es de todos los receptores sociales de la comunidad valenciana y murciana”.

El letrado desea que la CNMV verifique, antes de admitir a cotización en Bolsa dichos títulos, si la parte alícuota de ese ingreso previsto se destina a los fines sociales a que obliga la naturaleza jurídica de las cajas de ahorro en España – y no los que elija libremente la CAM – allí donde el Estado o la UE no cubra las necesidades de los excluidos sociales.

De Ramón, acogiéndose al anuncio del presidente de la CNMV, Julio Segura, de que se reforzarán los controles sobre las empresas inmobiliarias cotizadas por tratarse de un sector de aparente riesgo contable, señala que la CAM, por si misma o mediante sociedades participadas, ha sido la “inductora y promotora (…) de grandes proyectos urbanísticos”, que se tendrán que investigar, con créditos propios o sindicados, tras la captación de pasivo fuera de España.

Expresamente cita en su escrito las relaciones financieras, incluso de otra naturaleza, de la CAM con Hansa Urbana, Terra Mítica, Polaris World, Llanera, Azora, Godosa, Tenedora de Inversiones y Participaciones, y hasta con las inversiones en Seseña del promotor conocido como “El Pocero”. Pide que sean investigadas a fondo para evitar la desprotección de los posibles inversores en cuotas participativas por una falta de celo de la CNMV, que ya en anteriores ocasiones “provocó la ruina de muchos españoles”, citando, entre otros, el caso de Gestcartera.

Llama De Ramón especialmente la atención de la CNMV sobre las consideraciones subjetivas en las valoraciones de activos inmobiliarios para, coincidiendo con su presidente, comprobar que se generan con procedimientos, hipótesis y criterios reconocidos, “e incluso pedir valoraciones o tasaciones complementarias de los activos a sociedades de reconocida solvencia sometidas a algún tipo de supervisión”.

Dice el abogado murciano en su escrito a la CNMV que “el patrimonio que dice la CAM tener, valorado en 5.000 millones de euros”, deberá constatarse por entidades que supervisen dicha valoración y que, además, se tenga en cuenta “la falta de liquidez, pues entendemos (…) que ese dinero no es para crecer sino para reponer su falta de liquidez”.

Duda De Ramón sobre la completa legalidad de la emisión de cuotas participativas, en base a consideraciones anteriores de la Fiscalía Anticorrupción sobre emisiones de entidades españolas, como la CAM, en paraísos fiscales, desde el punto de vista de la legislación tributaria, ya que estos tolerados instrumentos alternativos a otras vías más convencionales de captación de recursos, han venido eludiendo el pago del 35% de sus plusvalías. Y recuerda que la legislación española prohíbe deducirse del pago de los impuestos “las cantidades destinadas a retribuir, directa o indirectamente, el capital propio, cualquiera sea su denominación”, concluyendo que son lesivas para el Tesoro Público.

Cree este letrado que, en el caso de las cuotas participativas de la CAM, procede investigar “de dónde va a venir el dinero que compre dichas participaciones, pues si viniese de las islas Caimán (…) se vulneraría -según dicho informe de la Fiscalía Anticorrupción- la legislación tributaria”. Y “si el dinero se capta con los pequeños clientes de las Cajas, con escasa instrucción financiera (pensionistas, hombres y mujeres sin ninguna cultura financiera)” debe hacerse bajo las condiciones de protección, transparencia e información que piden las Directivas de la Unión Europea.

Diego de Ramón solicita expresamente de la CNMV que vele si la CAM cumple, en esta emisión de cuotas participativas, con las exigencias garantistas de la Directiva 2004/39/CE y las promulgadas para evitar el blanqueo de capitales ya que, citando cifras recientes de la Asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA), sólo el fraude fiscal inmobiliario en la Región de Murcia -donde la CAM aparece financiando grandes desarrollos urbanísticos- alcanza los 303 millones de euros.

Recuerda este abogado a la CNMV en su escrito de referencia que, conforme a la citada Directiva, “cuando una entidad de crédito decida prestar servicios o realizar actividades de inversión, en este caso emisión de cuotas participativas por la CAM, las autoridades competentes, antes de concederle una autorización, deben verificar si cumple las disposiciones pertinentes en la misma de proteger y legitimar los derechos del inversor” para así evitar una competencia desleal dentro del Mercado Único.

Finalmente, y a modo de conclusión, Diego de Ramón solicita la comprobación de todo lo expuesto anteriormente en su escrito, al objeto de asegurar dicha emisión de cuotas participativas por parte de la CAM “con todos los preceptos de Directivas europeas, transparencia e información en el Mercado de Valores, así como también la supervisión de todas las actuaciones financieras inmobiliarias que ha realizado la Caja de Ahorros del Mediterráneo (…) así como los fines sociales en su grado de cumplimiento y las Fundaciones creadas por la Caja”.

En definitiva cree debe saberse públicamente si dicha emisión de cuotas participativas por la CAM “es para cubrir liquidez o para crecer, pues si es lo primero, estaríamos potenciando lo que ahora es crisis inmobiliaria financiera por haberse extendido o abusado en proyectos de grandes construcciones”. De Ramón expresa en su epílogo que “ojalá se cumplan estos preceptos y pueda salir esa emisión de cuotas participativas, sin quebrantar todas estas normas que garantizan un Estado de derecho y Europa”.

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