El nuevo reglamento permitirá un mayor control de los residuos generados por buques y reducirá las descargas al mar, reforzándose de esta forma la seguridad y la protección del medioambiente.
La Directiva de la Comisión Europea, de 13 de diciembre de 2007, incorpora las aguas residuales entre los tipos de desechos que deben ser notificados y entregados al hacer escala en un puerto, así como la información sobre el próximo puerto de entrega de cada uno de los tipos de desechos y residuos que pueden permanecer a bordo.
Por otra parte, la normativa española (RD 1381/2002, de 20 de diciembre) tiene por finalidad mejorar la disponibilidad y el uso de instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por los buques y residuos de carga, contribuyendo a reducir las descargas al mar.
A tal efecto, regula el procedimiento de comunicación previa de la cantidad y tipo de residuos transportados por los capitanes de los buques que arriben a los puertos españoles.
Entre otros aspectos, la norma española también recoge el procedimiento de notificación previa de la cantidad y tipo de desechos por los capitanes de los buques que arriben a los puertos españoles.
La modificación aprobada hoy también introduce una serie de modificaciones en concepto de mejoras técnicas a fin de acomodar con mayor precisión sus contenidos al espíritu y literalidad de las normativas de la Comisión Europea.
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