"El conjunto del anteproyecto, con las observaciones reseñadas, es valorado favorablemente", conclye el informe sobre el reglamento que incorpora a la normativa española la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre prevención del blanqueo de capitales.
Entre otras observaciones, el Consejo Fiscal se muestra a favor de las obligaciones de información, que pretenden favorecer la transparencia de las operaciones empresariales entre los directivos, empleados y agentes para que éstos puedan denunciar cualquier indicio de infracción ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
Por su parte, las empresas u organizaciones tendrán la obligación de guardar los documentos referentes a las distintas operaciones durante un periodo mínimo de diez años y de designar a un representante encargado de los documentos y de las relaciones con el Servicio Ejecutivo de la Comisión.
Los sujetos y las empresas estarán obligadas a declarar determinados movimientos por importe igual o superior a los 100.000 euros. La nueva Ley faculta a los funcionarios aduaneros y policiales para controlar e inspeccionar a las personas físicas, sus equipajes y medios de transporte.
El Consejo Fiscal se pronuncia a favor de que los abogados queden excluidos del deber de informar sobre un cliente cuando obtienen datos de éste con la finalidad de fijar una posición jurídica o su representación en procesos judiciales.
Por otro lado, el Anteproyecto de Ley deja sin efecto la obligación de informar a los afectados acerca de la inclusión de sus datos personales en los ficheros, sin determinar si éstos y su tratamiento son cuestiones que deben ser reguladas por Ley Orgánica, según establece también el artículo 31 la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, advierte el informe.
En sus disposiciones generales, el informe destaca que el delito de blanqueo de capitales, que antes estaba limitado al procedente de cualquier actividad delictiva que comporte un delito castigado con penas superiores a los tres años de prisión, se ampliará a las operaciones sospechosas relativas a delitos con pena inferior a ley la preventiva.
Por último, el consejo fiscal valora positivamente permitir a los jueces de instrucción y al Ministerio Fiscal acceder a los datos del Fichero de Titulaciones Financieras durante las investigaciones contra delitos relacionados con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
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