En el auto se desprende que el objeto de esta decisión es evitar la prescripción de los supuestos delitos electorales que se desprenden de los informes sobre las pretendidas relaciones entre empresas de Francisco Correa y la Administración Pública Valenciana, y ante la posibilidad de que haya una hipotética conexión entre los presuntos delitos que se investigan en Valencia y los investigados en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La inhibición ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Valencia no supone prejuzgar sobre la responsabilidad penal de las personas aforadas y responde a la imposibilidad de que el TSJ de Madrid conozca de proceso alguno contra aforados que no sean de la Comunidad Autónoma madrileña.
Esta decisión se produce después de que hace unas semanas el Tribunal Supremo acordara reabrir la causa contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, en la Comunidad Valenciana una vez que el magistrado instructor sobreseyera la causa al entender que no había delito.
Una de las últimas actuaciones en este sentido fue la declaración el pasado 18 de mayo de Álvaro Pérez El Bigotes, quien negó los hechos de corrupción que se le imputan relacionados con unos trajes que supuestamente pagó al presidente valenciano.
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