sábado, 15 de mayo de 2010

La Audiencia estima el recurso del Abogado del Estado contra el archivo del caso 'Sociedad Parque Temático'

ALICANTE.- La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha estimado el recurso de apelación del Abogado del Estado contra el auto del juzgado de Instrucción número 9 de Alicante que ordenaba el archivo del caso 'Sociedad Parque Temático' por un presunto fraude por importe de 1,5 millones de euros al considerar que no hay indicios de delito ni "motivos suficientes para sostener la acusación".

La Fiscalía estimaba que la Sociedad Parque Temático de Alicante presuntamente había percibido de manera indebida una devolución de IVA correspondiente al año 2001 por importe de 1.566.626,37 euros, que habría obtenido, según el informe de la Agencia Tributaria que acompaña a su denuncia, por la emisión de facturas sin base real de ejecución por trabajos documentados por las compañías también imputadas.

El titular del juzgado número 9 de Alicante estimó que si la Agencia Tributaria ingresó el IVA por la ejecución de las obras, que fue declarado por las empresas contratistas, "no se adivina qué perjuicio para las arcas públicas haya podido existir por una devolución parcial del importe", por lo que archivo el caso.

Sin embargo, la Audiencia ha revocado su decisión al considerar que la devolución del IVA "podría haber supuesto una detracción indebida de capital público, conducta que expresamente aparece recogida en el artículo 305 del Código Penal --que protege los haberes de la Hacienda Pública--," situación que estima "bastante para continuar el trámite, con independencia del resultado de la investigación y, en su caso, de las cuestiones que puedan plantearse en el plenario".

Asimismo, la sección segunda entiende que el hecho de que la Administración Tributaria no diera audiencia previa a los interesados antes de que comenzaran las diligencias penales, "en modo alguno" y "tras una fase de instrucción penal donde se han podido presentar todo tipo de pruebas y alegaciones", se haya vulnerado a esa persona el "derecho a la tutela judicial efectiva".

El juzgado número 9 abrió una investigación a raíz de una denuncia de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante, en la que se imputaba varios delitos a la Sociedad Parque Temático de Alicante --actualmente llamada Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana--; y a las mercantiles Cobra Instalaciones y Servicios, S.A.; Moncobra S.A.; Atil Cobra S.A.; y U.T.E. Terra Verd --integrada por Lubasa, Constructora Hormigones Martínez, C-3 Ingeniería de la Construcción y del Medio Ambiente y Gestión y Construcción de Obra--.

En concreto, en esta denuncia se les imputaban los delitos de falsedad documental, delito contra la Hacienda Pública y malversación de caudales públicos, resultando de la documentación acompañada con la denuncia la posible imputación de otras personas físicas igualmente identificadas en la causa.

En el transcurso del proceso, los imputados negaron las conclusiones del informe de la Agencia Tributaria, presentado por la Fiscalía, que consideraba que "las obras declaradas no existieron, y que, por lo tanto, no había derecho a devolución de IVA".

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