VALENCIA.- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha acordado citar al secretario general del PSPV, Jorge Alarte, para declare como testigo en el juicio contra el portavoz socialista en las Corts Valencianes, Ángel Luna, por un presunto delito de encubrimiento, en relación al informe sobre el 'caso Gürtel' que estaba bajo secreto sumarial y exhibió en la tribuna de oradores de la Cámara.
Según consta en un auto con fecha de 30 de marzo, la acusación particular, representada por el portavoz del PP en las Corts y conseller de Solidaridad, Rafael Blasco, solicitó por escrito el pasado martes la práctica de tres nuevas diligencias en relación con este asunto.
En la primera, solicitaba al Juzgado Decano de Madrid que informase a qué instancia judicial de Instrucción había repartido el testimonio de particulares remitido en su día para la investigación de un presunto delito de revelación de secretos. Tras conocerlo, pedía que se remitiera a la Sala lo actuado hasta la fecha.
En la segunda segunda reclamaba la transcripción de todas las declaraciones formuladas en la fase de instrucción y recogidas en soporte audiovisual; y, por último, pedía que se incorporasen a los autos varios recortes de prensa y un corte de audio de una emisora de radio que recogía unas declaraciones de Jorge Alarte, y pedía que como consecuencia de estas afirmaciones se le citase en el juicio en calidad de testigo.
En concreto, Blasco se refería a las declaraciones que hizo Alarte el 11 de marzo, tras acordarse la apertura de juicio oral contra Luna. En ellas, afirmaba que el informe sobre el 'caso Gürtel' bajo secreto sumarial que exhibió Luna en el Parlamento valenciano se lo hizo llegar "un militante del PP resentido".
La Sala, tras estudiar estas peticiones, ha decidido admitir dos de ellas, la referida a la declaración testifical de Jorge Alarte; y la relativa a la solicitud de información a los juzgados de Madrid sobre el presunto delito de revelación de secretos.
Sin embargo, rechaza la solicitud de que se ordene la transcripción de las declaraciones en soporte audiovisual, ya que esto lo pudo solicitar en el escrito de acusación y no se hizo. Además, considera que no constituye una ampliación de la prueba documental, puesto que las declaraciones en cuestión ya constan en autos y son conocidas por las partes. Asimismo, recuerda que el soporte audiovisual es "legalmente válido a todos los efectos".
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