VALENCIA.- El magistrado instructor de la causa de los trajes en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), José Flors, ha acordado que se celebre la audiencia preliminar prevista en la ley del jurado para oír a las partes sobre la procedencia de la apertura de juicio oral, aunque establece que el secretario judicial fijará el día y la hora para este acto una vez se hayan resuelto por la sala de lo civil y penal los recursos y cuestiones pendientes.
En un auto de fecha 4 de abril, el magistrado instructor acuerda citar para esa audiencia a dos inspectores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y a un censor jurado de cuentas y economista, que emitieron los informes periciales que constan en las actuaciones, y declara pertinente la declaración, entre otros, del sastre José Tomás, mientras que rechaza la de los presuntos cabecillas de la 'trama Gürtel', Francisco Correa y Cándido Herrero, que había propuesto la defensa del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, por no ser "imprescindibles".
El instructor señala en su auto que, tras haberse solicitado la apertura de juicio oral por el ministerio fiscal y la acusación popular --ejercida por el PSPV-- contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps; el ex vicepresidente del Consell Víctor Campos; el ex secretario general del PPCV y diputado 'popular' Ricardo Costa y el ex jefe de Gabinete de la Conselleria de Turisme y actual responsable de Protocolo de la Diputación, Rafael Betoret, y tras presentar las defensas sus conclusiones provisionales, se está en el momento de convocar a la audiencia preliminar prevista en la Ley del Jurado y de resolver sobre las diligencias complementarias que se deban practicar en ese acto.
En este sentido, Flors subraya que, en este caso, la sucesiva interposición de recursos y el planteamiento de cuestiones que tiene que decidir la sala, "puede dar lugar, y aquí se ha dado, a una singular situación que impida el regular desarrollo del procedimiento según fue previsto en la Ley especial que lo regula y que obligue a atemperar su curso a las concretas circunstancias generadas en el caso".
Por ello, ante la "eventualidad" de comenzar la celebración de la audiencia preliminar con la práctica de diligencias complementarias "para interrumpirla luego y tener que esperar a la decisión de aquellos recursos y cuestiones pendientes, reanudándola cuando esa decisión se produzca y procediendo entonces, llegado el caso, a oír a las partes sobre la apertura del juicio oral", el instructor considera que es "más acorde" con los principios de "concentración u de unidad de acto", posponer la convocatoria hasta que la sala se haya pronunciado sobre todas las cuestiones planteadas por las partes y que actualmente están pendientes de decisión.
Una vez se produzca este extremo, el secretario judicial deberá señalar la audiencia preliminar "para el día más próximo posible", según establece la ley. Contra la decisión del instructor de denegar diligencias, exceptuando aquellas que ya lo hubieran sido anteriormente con resolución firme, se puede interponer un recurso de queja.
El fiscal solicitó en su escrito como diligencias complementarias la declaración testifical de tres personas, entre ellas la del sastre de Milano José Tomás; testimonio de archivos y documentos y reprodujo la petición sobre la suspensión de la tramitación del procedimiento hasta que la sala resuelva sobre la inhibición planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El PSPV pidió los mismos testigos, que fundamentó en que con la comparecencia y documentación que obra en la causa, "resulta la posible manipulación de archivos informáticos de la mercantil Forever Young referidos a ventas de prendas de vestir" objeto del escrito, y que "habría consistido en la sustitución del número de cliente del adquiriente de las prendas 394 (correspondiente a Francisco Camps) por el 571, vinculado a Álvaro Pérez)".
Por su parte, para la audiencia preliminar Camps proponía, entre otros, la testifical de Francisco Correa, Cándido Herrero, un agente de la Policía autonómica y un conductor, estos dos últimos en relación con el abono de una americana de color azul. Asimismo, pedía la pericial de dos inspectores de Hacienda y de dos economistas. Campos reiteraba estas peticiones de pericial y planteaba la testifical de Álvaro Pérez y la audición de unas conversaciones con este último. Betoret no solicitó ninguna diligencia mientras que Costa reclamaba la comparecencia de Antonio Sánchez-Rincón Puebla como testigo.
En su resolución, el magistrado cita a la audiencia preliminar a los inspectores de la AEAT y a un censor jurado de cuentas, y declara pertinente la declaración testifical del sastre y de otras dos personas más solicitadas por fiscal y PSPV --una de ellas, empleada de Cenyval, también pedida por Camps-- y la audición de archivos de voz propuestos por Víctor Campos.
En cambio, rechaza las declaraciones de Correa y Herrero porque en el escrito de defensa de Camps no se desprende "en modo alguno la razón que permita la condición de imprescindibles" de esos testimonio; la del agente de la Policía autonómica y el conductor de Camps "por su absoluta inutilidad" ya que sobre esa americana a la que alude la defensa del presidente no se ha realizado ninguna imputación en esta causa; de otro economista que no intervino en el informe y la de Álvaro Pérez y Antonio Sánchez-Rincón puebla, por tampoco resultar "imprescindibles".
El instructor refleja en su acto que el presidente de la Generalitat negó en su escrito de defensa que fueran ciertos los hechos relatados en las calificaciones de ministerio fiscal y acusación popular y afirmaba que nunca había recibido los regalos. Campos, por su parte, igualmente negó los hechos y aseguró que en mayo de 2005 encargó al sastre de Milano José Tomás la confección de varias prendas de vestir, cuyo precio pagó a Álvaro Pérez, responsable de Orange Market en Valencia, en sucesivos momentos para que lo abonara en el establecimiento.
Betoret expresaba su disconformidad con el escrito fiscal y aseguraba que no recibió ningún regalo ni prenda de vestir en atención a su cargo y que, de haber recibido alguna de las prendas citadas, "abonó personalmente el precio o valor" de éstas. Por último, Ricardo Costa alegaba la intrascendencia penal de los hechos investigados en relación con su persona y destacaba que la relación mantenida con Álvaro Pérez y Orange Market fue por razón de su cargo en el PPCV pero no en su condición de diputado en las Cortes.
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