viernes, 13 de julio de 2012

La nueva Ley de Costas excluye los edificios Rocafel, Helios y Alacant del dominio público


MADRID.- El anteproyecto de la Ley de Costas, aprobado hoy en Consejo de ministros, excluye del dominio público marítimo terrestre diez núcleos costeros en las provincias de Alicante, Valencia, Gerona, Huelva y Málaga. 

Entre los núcleos que dejarán de estar en terreno de dominio público y, por lo tanto vulnerando la normativa, figura Rocafel en el término municipal de Alicante, con unas 800 viviendas de varios edificios, como los Alacant, Helios y Rocafel (construidos en las décadas de 1960 y 1970), y hasta ahora fuera de ordenación, según la Ley de Costas en vigor.
También se excluye del dominio público marítimo-terrestre el puerto de Santa Pola (Alicante), Empuriabrava en Castello de Empuries y Platja d'Aro (ambas en Gerona), Ría Punta Umbria en Punta Umbria, Caño del Cepo en Isla Cristina y el casco urbano de Isla Cristina (Huelva), Pedregalejo y El Palo (ambos en Málaga) y Oliva, en Valencia completan la lista que figura en el anexo del anteproyecto.
En algunos casos, como el de la ciudad navegable de Empuriabrava, (Gerona) el grupo de Convergència i Unió había registrado en marzo el Congreso una propuesta de reforma de la Ley de Costas que pretendía que el texto reconociese particularidades como la del citado núcleo.
La exclusión de estos zonas se hace en virtud de la disposición adicional sexta (en la extensión que fija la planimetría), que entre otras cuestiones señala que los deslindes se revisarán cuando se altere la configuración del dominio público marítimo terrestre.

Lo prohibido sigue prohibido

La futura Ley de Costas, cuyo anteproyecto se ha aprobado hoy en Consejo de Ministros, no permitirá construir donde antes estaba prohibido y ampliará la autorización de 1 a 4 años a los chiringuitos de construcción desmontables que hay en las playas.
Así lo ha explicado hoy a los medios el secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos, tras señalar que además quieren promover que los propietarios de los chiringuitos se conviertan en aliados del medio ambiente y velen por la conservación del litoral, porque ellos son los primeros interesados.
Ramos ha destacado también el hecho de que distintas barriadas históricas como las de Pedregalejo y El Palo (Málaga) serán excluidas del dominio público marítimo-terrestre.
Se trata de un total de diez barriadas en las provincias de Gerona, Huelva, Alicante, Valencia y Málaga, que quedarán fuera del marco normativo de la futura ley, lo que no significa, ha indicado Ramos, que tengan vía libre para aumentar el volumen o la altura de sus casas cuando hagan obras de mejora.
Tampoco se permitirán obras que modifiquen el actual volumen de todas aquellas propiedades ya construidas (casas, restaurantes hoteles...), que se encuentran situadas en suelo de dominio público marítimo terrestre y a las cuales se les amplía la concesión por 75 años más.
La anterior ley de 1988 expropió a todos estos propietarios sus propiedades al fijar las nuevas lindes públicas marítimo terrestres y a cambio se les otorgó una concesión por 30 años, que ahora se extiende por 75 años más y por la cual tendrán que pagar un canon.
Así por ejemplo, y entre otros, serán beneficiarios de esta ampliación todos los propietarios, en su mayoría extranjeros, del complejo de Empuriabarva (Cataluña), quienes elevaron una queja de la anterior situación ante el Parlamento Europeo.
La lámina de agua de los canales de este complejo urbanístico serán, no obstante, de dominio público.
En cuanto a Formentera, isla en la que según Ramos la anterior ley había convertido prácticamente a todos sus habitantes en concesionarios, tendrá un tratamiento especial, mediante una disposición adicional.
En cuanto a las papeleras u otras industrias que están también afectadas por la ley de 1988, debido a su ubicación, se les concederá la prórroga de actividad si la autoridad competente medioambiental informa favorablemente.

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