VALENCIA.- El Consell ha aprobado el decreto por el que
se crea y regula el Registro de Facturas de la Generalitat. Este
registro permitirá la plena integración del mismo con el sistema de
información contable, de manera que podrán ser identificadas, en todo
momento, las facturas registradas en el sistema presupuestario y las que
se encuentran pendientes de aplicar a presupuesto (cuenta 409 del Plan
Contable), según ha explicado el portavoz del Consell, José Císcar, en
rueda de prensa.
A partir de ahora, será obligatoria la inscripción en dicho
registro de todas las facturas derivadas de las prestaciones realizadas a
favor de la Generalitat. Asimismo, dicha inscripción será requisito
necesario para la tramitación del reconocimiento de la obligación. Este
registro no tendrá carácter retroactivo con las facturas emitidas.
El régimen de supervisión y control del Registro de Facturas será
ejercido por la Intervención General, mediante la utilización de
técnicas de auditoría. El registro se instrumentará a través de una
aplicación informática que ha sido específicamente diseñada (RUF,
Registro Unificado de Facturas).
El Decreto 87/2010, de 21 de mayo del Consell, por el que se
establecen las condiciones técnicas y normativas para el uso de la
Plataforma de Facturación Electrónica de la Generalitat, GE-factura puso
las bases para, mediante la aplicación de las nuevas tecnologías a los
sistemas de gestión de la Generalitat, dotar de validez al envío de
facturas electrónicas por los proveedores a sus distintos departamentos.
Paralelamente al desarrollo e implantación de dicho mecanismo de
facturación electrónica, se puso de manifiesto la necesidad de disponer
de un sistema centralizado de registro de facturas.
Asimismo, los principios de estabilidad presupuestaria y de
control del déficit público, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
exigen a las Administraciones Públicas disponer de un sistema contable
de información suficiente y adecuada que permita verificar su situación
financiera y la observancia de los requerimientos acordados en la
normativa europea en esta materia.
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