viernes, 19 de febrero de 2016

El TSJCV anula la orden por la que se calculan los valores catastrales

VALENCIA.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha anulado la orden 4/2014 de 28 de febrero de la Conselleria de Hacienda por la que se establecen los coeficientes aplicables en 2014 al valor catastral de bienes inmuebles a la hora de calcular impuestos.

Según consta en una sentencia hecha pública por el TSJCV, esta resolución afecta al cálculo de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones.
La sentencia tiene su origen en la estimación de un recurso contencioso administrativo interpuesto contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Alicante por una liquidación efectuada en una oficina de Alcoy.
El pasado mes de enero, la Conselleria de Hacienda informó sobre la puesta en marcha de un nuevo método de valoración de los inmuebles a efectos de los impuestos a abonar en casos como compraventas, herencias y donaciones, ajustado al mercado actual, con el objetivo de otorgar "seguridad jurídica" a los ciudadanos.
Se pretende "acabar así con la judicialización de esta cuestión ante las miles de demandas de los afectados", según señaló el conseller de Hacienda, Vicent Soler.

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