sábado, 20 de febrero de 2016

Los transportistas aplauden que el TS no ponga condiciones a la devolución del céntimo sanitario

MADRID.- La Asociación de Transporte Internacional por Carretera (Astic) ha aplaudido la sentencia para la devolución del céntimo sanitario que el Tribunal Supremo ha dado a conocer el pasado jueves, ya que no ofrece "ni peros, ni condiciones" a las 4.000 reclamaciones de transportistas españoles. 

Según ha explicado en un comunicado, el céntimo sanitario, que estuvo en vigor durante diez años (2002-2012), se reembolsará a todos los que hayan presentado los recursos correspondientes. Por ello, considera que se trata de "una victoria para el sector", que ha trabajado durante muchos años "para reivindicar la ilegalidad de esta carga impositiva".
La patronal ha explicado que la resolución del TS señala que la Comisión Europea alertó de la "ilegalidad" del impuesto antes de la aprobación de la ley, a pesar de lo cual la Administración decidió "ejecutar unilateralmente" esta medida.
"Desde Astic aplaudimos esta buena noticia", ha indicado la patronal, que ha trasladado su felicitación a todos los que trabajan en el transporte por carretera y que han dedicado "mucho tiempo y esfuerzo para luchar contra este injusto gravamen".
Por su parte, el abogado de 'portalabogados.es' Antonio Martínez, que ha ganado uno de esos recursos en el TS en nombre de la Confederación Española de Transportistas y otros grupos y particulares, ha afirmado que la sentencia es "muy positiva", ya que reconoce todos los fundamentos expuestos en la demanda.
En su opinión, "lo más positivo" es que reconoce de manera expresa el derecho de la devolución de la cantidad solicitada en el escrito dirigido al Consejo de Ministros, sin necesidad de que la Administración tenga que comprobar en vía administrativa la conformidad de la cantidad solicitada, algo que "va a evitar la demora en la devolución".
Además, Martínez ha destacado que la sentencia reconoce los intereses legales de la cantidad reclamada desde el día de la presentación de la reclamación hasta la fecha de notificación de esta sentencia.
No obstante, el abogado ha reconocido no estar conforme con que la sentencia no imponga costas a la Administración, ya que "no ha acogido ninguno de los motivos de oposición alegados por el abogado del Estado".

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