ALICANTE.-
La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años y medio de cárcel al
ex director general de la extinta CAM (Caja de Ahorros del Mediterráneo)
Roberto López Abad, así como a un año y medio a otros cuatro antiguos
consejeros por el cobro irregular de dietas de quien fuera presidente
Modesto Crespo, condenado a su vez a nueve meses.
Así
se recoge en el fallo adelantado por el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que declara a
los seis encausados autores de un delito de apropiación indebida
agravada. En cambio, absuelve a otros quince antiguos miembros del
consejo de administración de la CAM, a los que la Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular exoneraron de responsabilidad durante el juicio, celebrado entre los meses de junio y julio de este año.
Este
procedimiento, referido al cobro de 600.000 euros en dietas por parte
de Crespo entre 2009 y 2011, es uno de los instruidos por la juez Carmen Lamela
de la Audiencia Nacional por el presunto expolio de la CAM, aunque fue
derivado en su día a los juzgados ordinarios de Alicante. Crespo llegó a
un acuerdo
con la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particular y popular
por la que admitió haber percibido de forma irregular 600.000 euros
brutos como presidente de Tinser Cartera SL, una sociedad participada
por la caja.
Tras declararse culpable de un delito de apropiación indebida
agravada, aceptó una pena de nueve meses de prisión, una multa de 9.000
euros y devolver el dinero cobrado. La Audiencia de Alicante ha validado
ahora ese acuerdo y además ha condenado a otros cinco procesados:
el que fuera director general López Abad y los antiguos miembros de la
comisión de retribuciones, José Forner, Antonio Gil-Terrón, Luis Esteban
y Martín Sevilla.
Al primero le impone dos años y medio de cárcel y el pago de una multa de 48.000 euros,
mientras que los otros cuatro implicados han sido condenados a un año y
medio de prisión y a pagar 21.000 euros.
Los estatutos de la caja
alicantina, con 130 años de historia y que fue intervenida por el Banco de España en julio de 2011
antes de ser vendida por un euro al Banco Sabadell, establecían que los
cargos de consejero general o presidente tendrían "carácter honorífico y
gratuito" y no podrían generar remuneraciones distintas de las dietas
por asistencia a reuniones o gastos de desplazamiento que aprobase la
asamblea general.
Sin
embargo, según recoge la sentencia de la Audiencia de Alicante en 2009,
López Abad y Modesto Crespo actuaron "en connivencia" e "idearon un
plan para burlar la prohibición estatutaria".
Los miembros de la comisión de retribuciones aceptaron esa propuesta
que, según los magistrados, era "inasumible" pues "vulneraba lo
dispuesto en los estatutos y la política retributiva de los consejeros
por ellos fijada".
El consejo de administración dio a su vez el visto bueno al
nombramiento de Crespo como presidente de Tinser Cartera SL en una
reunión celebrada el 27 de noviembre de ese año. Sin embargo, el
tribunal entiende que no ha quedado acreditado que se sometiera a la
consideración del consejo los emolumentos del presidente "ni mucho
menos" su carácter retroactivo, por lo que exculpa a 15 de los 21 acusados.
Las remuneraciones sí fueron reflejadas en cambio en
el acta de esa reunión, que fue "redactada y aprobada" con
posterioridad por el secretario del consejo, José Forner, "con el único
control del presidente".
En cuanto a la responsabilidad civil, el fallo,
que puede ser recurrido ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo,
la limita al propio Crespo y declara como beneficiaria de la misma a la
entidad Bansabadell Inversió Desenvolupament SA, del Banco Sabadell.
El expresidente de la entidad ya aceptó en su momento devolver a plazos los 600.000 euros
que percibió de forma irregular y consignó una parte de esa cantidad en
su momento ante la Audiencia alicantina. Ese pago adelantado le ha
permitido beneficiarse de la aplicación de atenuante de reparación del
daño, junto con la de confesión.
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