VALENCIA.- Las familias de los municipios valenciano-hablantes
-reconocidos así por ley- tenían hasta la fecha garantizada la
enseñanza mayoritariamente en castellano. Al menos como una opción para
las familias que no quisiesen matricular a sus hijos en colegios con
proyecto lingüístico en valenciano, que en estas zonas suelen ser
mayoría. Sin embargo, el Gobierno valenciano que preside el socialista
Ximo Puig -junto con los nacionalistas de Compromís y Podemos- ha
decidido finiquitar este blindaje con un cambio en el decreto de admisión del alumnado a los centros, anuncia El Mundo.
En
concreto, de la nueva norma desaparece un artículo que figuraba en el
anterior decreto y que contemplaba expresamente que, para los municipios
de predominio lingüístico valenciano, «cualquier domicilio quedará
comprendido en el área de influencia de, al menos, uno de los centros
que oferten Programa Plurilingüe de Enseñanza en Valenciano o Programa
Plurilingüe de Enseñanza en Castellano».
Es decir, lo que este artículo
garantizaba sobre el papel era que siempre hubiese la posibilidad de escolarización en castellano si así lo deseaba la familia en el momento de elegir colegio.
Esta redacción desaparece en el nuevo decreto que regula la admisión a
los colegios porque, según fuentes educativas, no tiene sentido
mantener la referencia a dos programas plurilingües que implantó en su día el PP -el de valenciano y el de castellano- y que ya no existen.
De hecho, la nueva ley de plurilingüismo
que sacó adelante la Generalitat valenciana en la anterior legislatura
implanta un modelo lingüístico único, en el que tanto el castellano como
el valenciano deben tener una presencia mínima del 25% de la jornada
escolar.
La Consejería de Educación se acogió a las sentencias judiciales que fijaron para Cataluña un mínimo del 25% para el castellano.
A partir de ahí, en la Comunidad Valenciana cada centro puede aumentar la presencia del valenciano o del castellano
en función de la zona en la que esté y de sus propios recursos,
pudiendo alcanzar para una de las lenguas oficiales un máximo del 60% de
las horas lectivas. Y esto porque, además, la presencia del inglés debe
oscilar entre el 15 y el 25%.
Por tanto, la justificación de la
Consejería de Educación para cargarse el citado artículo es que con la
nueva ley de plurilingüismo ya está garantizada una enseñanza mínima en
castellano.
Así, en la práctica, desaparece la inmersión total en valenciano (y en castellano) que se permitía anteriormente con el sistema de programas lingüísticos diferenciados.
Ahora bien, el anterior decreto daba argumentos a una familia para demandar una enseñanza mayoritariamente en castellano
aun estando en una zona valencianohablante. Con el nuevo decreto, puede
darse la paradoja de que todos los colegios de un municipio con mayoría
social valencianohablante se queden en el mínimo de castellano, esto
es, el 25% del horario lectivo, mientras que el valenciano sería
mayoritario en todos los casos al no impedirlo ya ninguna norma.
No hay que olvidar, por otro lado, que esta salvedad sólo la
contemplaba el anterior decreto para los municipios valencianohablantes,
pero no para los castellanohablantes. Dicho con otras
palabras, en las zonas de predominio lingüístico castellano, la
enseñanza mayoritaria en valenciano no estaba por el contrario
garantizada en la misma medida que la enseñanza en castellano en zonas
valencianohablantes.
En este sentido, el borrador de la orden que desarrollará el citado decreto también suprime la garantía de «la continuidad de la escolarización del alumnado en el programa lingüístico
en que esté matriculado el centro adscrito».
Al pasar del colegio al
instituto, por ejemplo, al alumnado había que respetarle la matrícula en
el mismo programa lingüístico (enseñanza en valenciano o en
castellano). También esto desaparece al quedarse un único modelo
lingüístico que varía en función del centro.
EL BAREMO
El nuevo decreto de admisión introduce un nuevo criterio para la
valoración de las solicitudes del alumnado que pida plaza en un colegio:
la «condición de persona destinataria de la renta valenciana de
inclusión», que dará derecho a 4 puntos. El principal criterio seguirá
siendo el de tener hermanos matriculados en el centro, pero la
Conselleria de Educación introduce cambios en la valoración de la renta.
A los 4 puntos por percibir la renta valenciana de inclusión se sumará la puntuación por la renta anual de la unidad familiar (entre 2 y 3,5 puntos), que se calculará a partir del IPREM. Si antes solo se obtenían 2 puntos, ahora podrán ser 2;2,5; 3; o 3,5.
A los 4 puntos por percibir la renta valenciana de inclusión se sumará la puntuación por la renta anual de la unidad familiar (entre 2 y 3,5 puntos), que se calculará a partir del IPREM. Si antes solo se obtenían 2 puntos, ahora podrán ser 2;2,5; 3; o 3,5.
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