viernes, 21 de febrero de 2020

Alicante permitirá perros en sus playas entre noviembre y marzo

ALICANTE.- Entrar con un perro en una playa de Alicante estará permitido entre el 1 de noviembre y el 1 de marzo, siempre que el animal esté sujeto, con bozal y los dueños se encarguen de recoger sus deposiciones. La regulación de las mascotas en estas zonas de la ciudad quedará reflejada así en la nueva ordenanza de animales que el equipo de Gobierno (PP y Cs) llevará para su aprobación en el pleno de febrero, que se celebrará el próximo día 27, según adelanta El Mundo.

Este texto actualizará la anterior ordenanza, de hace 18 años, e incluirá de manera oficial una regulación para que las mascotas utilicen estos espacios que hasta ahora tenían vetados (al menos de manera oficial). Así, los dueños tendrán la obligación de impedir a los animales causar daños a las plantas o a otros animales silvestres, no podrán cavar hoyos y se limitará el número de mascotas a dos por adulto. 
Tendrán prohibido el acceso los animales agresivos o no socializados, los que vayan con un menor de 16 años, las perras en celo, animales enfermos o cachorros menores de cuatro meses.
El texto de la ordenanza recoge también que todos los animales que accedan tendrán que estar censados, portarán microchip y pasaporte sanitario con los tratamientos actualizados. Los propietarios deberán tener la correa siempre disponible, los animales dispondrán de collar (no de pinchos) y se evitará un excesivo ladrido.
El proyecto de Ordenanza Municipal sobre tenencia, bienestar y protección de los animales consta de 15 capítulos, un total de 112 artículos y algunas disposiciones adicionales; incluye la regulación de aspectos que ya se estaban poniendo en práctica de manera oficiosa en la ciudad de Alicante desde hace años, como la prohibición para instalar circos con animales o incluir de manera específica que los dueños no pueden causar la muerte o provocar mutilaciones a sus mascotas. 
Tampoco se les permitirá el «maltrato físico, psíquico y pasivo». En caso de incumplirlo se considerará como una infracción «muy grave», con multas que van desde los 6.010 hasta los 18.030 euros.
Respecto a los parques para perros, indica que serán espacios que tienen que estar debidamente señalizados y acotados para el uso por parte de los dueños de perros donde se podrán mantener sueltos. 
La norma concreta que se procurará que dichos espacios no estén próximos a viviendas, serán fácilmente accesibles, adaptados al entorno, de uso exclusivo para estos animales y con una extensión que les permita correr, como mínimo, de 1.000 metros cuadrados.
La persona que conduzca un animal -según indica el artículo 31- está obligada a recoger y retirar los excrementos, debiendo proceder a la limpieza inmediata. Por ello los dueños estarán obligados a llevar una botella llena de agua en caso de que manche el mobiliario.

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