ALICANTE.- La
Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a cuatro personas por tratar de
distribuir un alijo de 2,4 toneladas de resina de hachís a través del
puerto alicantino de Torrevieja a bordo de un yate que se hundió por el
exceso de carga y el estado de la mar.
Según la sentencia, los tripulantes de la embarcación tuvieron, por esa circunstancia, que realizar una llamada de auxilio, lo que propició que fuesen rescatados por Salvamento Marítimo y arrestados por la Guardia Civil, a 15 millas náuticas del puerto torrevejense.
Los hechos enjuiciados ocurrieron el 27 de febrero de 2020. La
resolución judicial, dictada por un tribunal de la Sección Tercera de la
Audiencia de Alicante, señala que uno de los cuatro condenados -ya
sentenciado en 2011 por un delito de contra la salud pública a tres años
y cuatro meses de prisión- zarpó desde Torrevieja en un yate alquilado
junto a otro tripulante no procesado con el fin de cargar la mercancía
en alta mar, en un lugar no precisado.
En
concreto, introdujeron en su embarcación 86 fardos de tabletas de resina
de hachís, con una pureza media del 31 %, valorada en un total de
4.128.440 euros, según el fallo. Ese alijo fue incautado en el momento
de rescate de la embarcación.
A partir de la
investigación desplegada tras ese hallazgo, los agentes detectaron en
una nave situada en el puerto de Santa Pola la presencia de
tres embarcaciones neumáticas semirrígidas sin identificación preparadas
para el transporte de mercancías.
La sentencia
impone seis años de prisión para el primero de los procesados,
reincidente, como responsable de un delito contra la salud pública "en
cantidad de notoria importancia y de extrema gravedad por uso de
embarcación".
También le impone el pago de dos
multas millonarias, de 4.128.440 euros cada una, calculadas a partir del
valor de la droga que se intervino en la embarcación rescatada.
En
segunda lugar, el tribunal condena a un año y seis meses de cárcel al
segundo de los acusados, al considerarlo cómplice de un delito contra la
salud pública, en la medida en que aportó el título de patrón que
resultaba necesario para que se produjese el alquiler del yate para el
transporte del hachís. De igual modo, deberá pagar dos multas de
2.150.301 euros cada una.
En tercer término,
acuerda otra pena de cuatro años de prisión para el titular de la nave en la
que se encontraron las tres embarcaciones semirrígidas por un delito
continuado de contrabando de género prohibido. Además, establece que
debe abonar una multa de 890.000 euros.
Y, por
último, impone una pena de dos años de privación de libertad al cuarto
procesado como cómplice de un delito continuado de contrabando de género
prohibido, al trabajar para el tercer condenado en el mantenimiento,
preparación y custodia de las tres embarcaciones. Por ello, también
deberá responder con el pago de una multa de 161.900 euros.
No
obstante, la sentencia les absuelve a todos ellos del delito de
pertenencia a grupo criminal al no considerar acreditado que formasen
una organización permanente para la comisión de hechos similares. De
igual modo, el tribunal absuelve a otros cinco procesados tras concluir
que no existirían pruebas de su participación en los hechos.
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