MADRID.- La conocida como Ley de Memoria Histórica para paliar los efectos del franquismo ha concedido la nacionalidad española a 170.183 personas en sus dos primeros años de vigencia, algo más de la mitad de las peticiones registradas, según los datos existentes en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
De ellos, 112.151 ya cuentan con un pasaporte español, y por tanto de la Unión Europea. La obtención de la nacionalidad permite además optar a las ayudas estatales contempladas para ciudadanos en el exterior, así como el derecho de voto en las elecciones generales, entre otras cuestiones.
El número de peticiones recibidas es algo menor de los cálculos que las asociaciones hicieron con motivo de la aprobación de la ley y que estimaban en más de medio millón de personas los posibles beneficiarios de la nueva norma.
En 2009 y 2010 las oficinas consulares de España recibieron un total de 293.500 solicitudes, la mayoría de ellas (un 96 por ciento) en las representaciones diplomáticas en Iberoamérica.
La presentación de las peticiones se ha hecho de forma bastante escalonada. En el primer año de vigencia de la ley se registró el 51,7 por ciento del total de solicitudes, frente al 49,3 por ciento en 2010.
El grueso de las demandas presentadas, un 91,48 por ciento, procede de hijos de españoles emigrados o exiliados, mientras que 19.646 corresponden a nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española al exiliarse durante la Guerra Civil y el franquismo.
Las restantes 5.333 pertenecen a españoles que obtuvieron la nacionalidad en la reforma del año 2002, pero sin el derecho a transmitirla a sus hijos y que pueden optar ahora a esa posibilidad.
Desde el departamento que dirige Trinidad Jiménez se subraya que queda un "número importante" de solicitudes en fase de estudio o pendientes de la presentación de algún documento, especialmente certificados de nacimiento de padres y abuelos que no son siempre fáciles de conseguir, explican a Europa Press fuentes diplomáticas.
Los trámites hasta conseguir la nacionalidad se prolongan de media durante más de un año si la petición se cursa en España, mientras que en los consulados en Iberoamérica no se suele rebasar los seis meses, según relatan algunos beneficiarios.
Para gestionar la presentación de las demandas, las oficinas consulares de España se han dotado de un sistema informático de cita previa que ha dado en estos dos primeros años un total de 522.871 citaciones.
El 22 de enero de 2010 el Gobierno amplió un año el plazo para poder optar a la nacionalidad española en virtud de esta ley con el fin de poder atender el "elevado" número de solicitudes recibidas.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación llegó a presupuestar para 2009 cuatro millones de euros para aumentar en unos 150 efectivos el personal de ciertos consulados en Iberoamérica con el fin de atender las múltiples demandas que se preveían con la entrada en vigor de la ley, sobre todo en países como Argentina, Cuba, México, Uruguay y Chile.
La ley permite a los hijos de españoles obtener la nacionalidad de origen aunque hayan nacido en otro país, con independencia de su edad y al margen del lugar de nacimiento de los padres. En el pasado, la nacionalidad sólo se transmitía si el padre o la madre eran nativos de España y si los hijos eran menores de 18 años.
También posibilita a los nietos de españoles emigrados entre el 18 de julio de 1936 y la Ley de Amnistía aprobada tras el franquismo (octubre de 1977), adquirir directamente la nacionalidad de origen, siempre que acrediten su descendencia.
De ellos, 112.151 ya cuentan con un pasaporte español, y por tanto de la Unión Europea. La obtención de la nacionalidad permite además optar a las ayudas estatales contempladas para ciudadanos en el exterior, así como el derecho de voto en las elecciones generales, entre otras cuestiones.
El número de peticiones recibidas es algo menor de los cálculos que las asociaciones hicieron con motivo de la aprobación de la ley y que estimaban en más de medio millón de personas los posibles beneficiarios de la nueva norma.
En 2009 y 2010 las oficinas consulares de España recibieron un total de 293.500 solicitudes, la mayoría de ellas (un 96 por ciento) en las representaciones diplomáticas en Iberoamérica.
La presentación de las peticiones se ha hecho de forma bastante escalonada. En el primer año de vigencia de la ley se registró el 51,7 por ciento del total de solicitudes, frente al 49,3 por ciento en 2010.
El grueso de las demandas presentadas, un 91,48 por ciento, procede de hijos de españoles emigrados o exiliados, mientras que 19.646 corresponden a nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española al exiliarse durante la Guerra Civil y el franquismo.
Las restantes 5.333 pertenecen a españoles que obtuvieron la nacionalidad en la reforma del año 2002, pero sin el derecho a transmitirla a sus hijos y que pueden optar ahora a esa posibilidad.
Desde el departamento que dirige Trinidad Jiménez se subraya que queda un "número importante" de solicitudes en fase de estudio o pendientes de la presentación de algún documento, especialmente certificados de nacimiento de padres y abuelos que no son siempre fáciles de conseguir, explican a Europa Press fuentes diplomáticas.
Los trámites hasta conseguir la nacionalidad se prolongan de media durante más de un año si la petición se cursa en España, mientras que en los consulados en Iberoamérica no se suele rebasar los seis meses, según relatan algunos beneficiarios.
Para gestionar la presentación de las demandas, las oficinas consulares de España se han dotado de un sistema informático de cita previa que ha dado en estos dos primeros años un total de 522.871 citaciones.
El 22 de enero de 2010 el Gobierno amplió un año el plazo para poder optar a la nacionalidad española en virtud de esta ley con el fin de poder atender el "elevado" número de solicitudes recibidas.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación llegó a presupuestar para 2009 cuatro millones de euros para aumentar en unos 150 efectivos el personal de ciertos consulados en Iberoamérica con el fin de atender las múltiples demandas que se preveían con la entrada en vigor de la ley, sobre todo en países como Argentina, Cuba, México, Uruguay y Chile.
La ley permite a los hijos de españoles obtener la nacionalidad de origen aunque hayan nacido en otro país, con independencia de su edad y al margen del lugar de nacimiento de los padres. En el pasado, la nacionalidad sólo se transmitía si el padre o la madre eran nativos de España y si los hijos eran menores de 18 años.
También posibilita a los nietos de españoles emigrados entre el 18 de julio de 1936 y la Ley de Amnistía aprobada tras el franquismo (octubre de 1977), adquirir directamente la nacionalidad de origen, siempre que acrediten su descendencia.
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