miércoles, 27 de julio de 2011

El Consell recalca que "no analiza el riesgo ni concede" las operaciones propuestas por el consejo de CAM

VALENCIA.- El Consell de la Generalitat Valenciana ha recalcado este miércoles que el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) --órgano supervisor de las cajas-- autoriza las operaciones de crédito que Caja Mediterráneo (CAM) "le propone, siempre que cuenten con el informe técnico favorable y el acuerdo del consejo de administración", pero "no propone, ni analiza el riesgo de la operación, así como tampoco concede la operación".

   Según han informado hoy fuentes de la Generalitat, la responsabilidad de la concesión de esas operaciones "es plena y exclusiva" del consejo de administración de la caja, tal y como se le advierte en la correspondiente resolución.
   Desde la administración autonómica se ha pronunciado en estos términos en alusión a las informaciones publicadas acerca de que la Generalitat autorizó créditos al 0% al consejo de la CAM.
   Al respecto, han remarcado que la autorización del IVF "no implica pronunciamiento alguno sobre la solvencia de la firma acreditada, así como sobre su capacidad de generación de recursos para atender puntualmente las obligaciones de pago contraídas con la caja", sino que "se limita a verificar la regularidad de la operación".
   Por lo tanto, el IVF "no propone, ni analiza el riesgo, ni concede" esas operaciones, dado que esas funciones competen a los órganos internos de la caja.
   Desde la Generalitat han destacado asimismo que, con la autorización del IVF y la aprobación del consejo de administración, "se da transparencia a estas operaciones y se previene del posible conflicto de interés que pudiera darse".
   Entre las distintas operaciones de este tipo existentes, figuran algunas a consejeros que son miembros de la plantilla, y pueden acogerse por tanto a convenios laborales específicos de la entidad, que "no requieren autorización administrativa por parte del IVF".
   También figura una línea de avales que "no llevan tipo de interés, pero sí comisiones por riesgo (0,80%) y apertura (0,20%)", han recalcado las mismas fuentes.
   Desde la Generalitat se han referido asimismo a otras dos operaciones autorizadas que, según los informes del IVF, una presenta un tipo de interés del euríbor más 0,85%, mientras que la otra es una operación --de modalidad Cuaderno 19-- que "tiene asignadas comisiones por presentación de recibos y por devolución, y que no es propiamente riesgo por no existir financiación".
   De acuerdo con la normativa vigente, las cajas de ahorro están obligadas a obtener autorización administrativa del IVF cuando efectúen operaciones de riesgo dinerario o de firma, así como transmisiones de cualquier bien o valor, con los miembros del consejo de administración, de la comisión de control y el director general, o con personas físicas o jurídicas vinculadas a ellos.
   No obstante, esa limitación no es de aplicación a los créditos, avales o garantías cuya finalidad sea la adquisición de viviendas con aportación por el titular de garantía real suficiente, ni para la concesión a los representantes de los empleados de créditos acogidos a convenios laborales, aunque en este caso se debe contar con el informe previo de la comisión de control de la entidad.
   Así, se establece una autorización de forma genérica siempre que se cumplan tres condiciones: que el volumen global de riesgos alcanzado por el conjunto de los altos cargos y personas vinculadas sea inferior al 15% de los recursos propios de la caja, que el volumen de riesgos imputables al alto cargo afectado no exceda el 5% de ese límite global del 15% y que el importe de la operación propuesta sea inferior a 150.253,03 euros.
   Según las mismas fuentes, también se concede una autorización genérica a las operaciones que realicen las cajas con sociedades en las que el cargo de consejero o director lo desempeñen altos cargos de la entidad, en representación de la misma.
   Cuando la operación de riesgo está sujeta a autorización y ésta no se haya concedido de forma genérica, la caja debe solicitar la autorización previa del IVF mediante una propuesta que incluya las características y condiciones de la operación de riesgo, finalidad, concepto en que interviene el alto cargo afectado, clase de operación, importe, tipo de interés, plazo y régimen de amortización.
   Además, deben adjuntar el informe técnico que haya servido de base al consejo de administración para la aprobación de la operación, así como el certificado del acuerdo del consejo de administración por el que se aprueba la operación que se propone al IVF.

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