MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional, Javier Gómez
Bermúdez, ha suspendido de forma cautelar tres acuerdos dictados por
los exdirectores generales de la CAM, María Dolores Amorós y Roberto
López Abad y el expresidente Modesto Crespo a través de los cuales los
exdirectivos de la entidad modificaron en su favor las condiciones de la
prestación adicional para percibir jubilaciones e indemnizaciones
millonarias.
Así, el magistrado ha decretado en un auto hecho público este
jueves, la suspensión cautelar de los acuerdos de fecha 22 y 25 de
noviembre y 7 de diciembre de 2010 que dieron lugar a la ampliación de
la cobertura de la Prestación Adicional Asegurada, cuya fecha de firma
fue "antedatada", provocando por ello un perjuicio económico a la
entidad.
Según las conclusiones alcanzadas por los peritos de la
auditora PricewaterHouse los tres imputados firmaron en 2011 estos
documentos pero les pusieron fecha de 2010 con la intención de modificar
a su favor la indemnización prevista en su jubilación. No contaban
además, con la aprobación del Consejo de Administración, que ya había
establecido que el cálculo de esa prestación se haría en base a los tres
años anteriores al de la jubilación.
El objetivo de Amorós, López Abad y Crespo era "evitar que
esas prestaciones se determinaran en base a unas futuras retribuciones
que iban a disminuir a la vista de la situación real de la entidad" que
ya estaba al borde de la quiebra.
Los acuerdos beneficiaron económicamente a los cinco imputados
en la causa investigada por la Audiencia Nacional: los tres exdirectivos
citados, el exdirector general de Recursos Vicente Soriano y el
exdirector de Planificación y Control Teófilo Sogorb.
Los cinco altos ejecutivos se repartieron 15,5 millones de
euros en prejubilaciones antes de que la entidad alicantina fuera
intervenida, según figuraba en la carta de despido de la ex directora
general de la entidad.
Por otra parte, Gómez Bermúdez ha abierto una pieza separada
en la causa que investiga las irregularidades cometidas en la gestión de
la Caja en la que sitúa a la entidad como responsable civil subsidiaria
del posible perjuicio económico provocado a las más de 50.000 personas
que adquirieron cuotas participativas.
La CAM, personada en la causa, aparecía hasta el momento en
las distintas piezas como perjudicada por la gestión de la directiva
encabezada por los imputados López Abad y Amorós. El magistrado
mantiene imputadas a otros cuatro exdirectivos de la entidad.
El magistrado considera que la caja es perjudicada ante la
presunta comisión por parte de los hasta ahora imputados de la comisión
de delitos de falsedad contable, apropiación indebida y administración
desleal y, por tanto, en este caso su personación sería correcta en este
caso como acusación particular.
"Por el contrario la CAM sería responsable civil subsidiaria
del presunto delito de estafa, cuyos perjudicados serían los titulares
de cuotas participativas de la CAM", dice el juez en su auto. El actual
propietario de la entidad es el Banco Sabadell, que la adquirió en
subasta pública por un euro.
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