De esta manera, la corte parisina falla en su laudo a favor de Sonatrach en el contencioso que se inició en julio de 2007, cuando las partes no consiguieron llegar a un acuerdo en el precio aplicable desde julio de 2005.
En un hecho relevante, Gas Natural Fenosa señaló que está analizando el contenido de la resolución arbitral, "con la que discrepa, para valorarla detalladamente y determinar las actuaciones que procedan en defensa de sus derechos".
La gasista precisó que el nuevo precio no es definitivo, ya que "contractualmente está sujeto a otras revisiones para adaptarlo a las condiciones de mercado".
Gas Natural Fenosa añadió que, a los efectos de las cantidades determinadas en el laudo por suministros ya realizados, podría, en su caso, "atenderlas con la repercusión aplicable a determinados clientes, así como con las provisiones realizadas durante los años del conflicto".
Los contratos de suministros de gas que recibe de Argelia a través del gasoducto Magreb-Europa suponen una cuarta parte del gas consumido en España y durante el periodo revisado el mercado doméstico a tarifa estuvo atendido con dicho gas.
En noviembre de 2009, fue el Tribunal Arbitral de Ginebra el que resolvió otro conflicto entre el grupo estatal argelino Sonatrach con Gas Natural y Repsol YPF por la rescisión del contrato de las compañías españolas para desarrollar el proyecto gasista de Gassi Touil.
Entonces el laudo arbitral resolvió que Sonatrach no debía finalmente indemnizar a Gas Natural y Repsol YPF por la rescisión del contrato.
Durante el litigio, Repsol y Gas Natural exigieron a la parte argelina indemnizaciones por valor de 2.400 millones de dólares (1.600 millones de euros), en las que se incluía el lucro cesante asociado al proyecto, mientras que Sonatrach pedía a las españolas el pago de 1.300 millones de dólares (860 millones de euros) por los retrasos en el desarrollo de la planta.
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