ALICANTE.- La Sala Tercera de la Audiencia de Alicante ha rechazado este martes
la petición de Fiscalía y acusaciones de suspender el juicio por el
supuesto amaño del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad, una
de las piezas del caso Brugal, tras afirmar en la primera sesión de la
vista el empresario Enrique Ortiz, y otros dos acusados, que no
ratifican el escrito de conformidad que habían alcanzado inicialmente
con el ministerio público y del que se desdijeron tras la sentencia
absolutoria del caso de las basuras de Orihuela, que anuló las escuchas
que dieron lugar al procedimiento.
Según ha señalado la
presidenta de la sección, no se dan las circunstancias para suspender el
inicio del juicio dado que la conformidad no se aceptó por todos los
acusados y porque, además, se debía preguntar a las personas que
participaron en ese acuerdo inicial si lo ratificaban o no.
En ese sentido, ante el tribunal los acusados Santiago
Bernáldez, Enrique Ortiz y Virgilio Ortiz no han ratificado sus escritos
de conformidad mientras que el empresario Ramón Salvador sí lo ha
hecho. A la vista de estas circunstancias, la presidenta de la sala ha
rechazado la suspensión y se ha iniciado la primera sesión de cuestiones
previas, con la protesta de Fiscalía y la acusación que ejerce EUPV.
Los
dos abogados que comparten la defensa de Sonia Castedo han intervenido
para alegar la nulidad del proceso porque, a su juicio, las escuchas son
ilegales, y para argumentar que se ha producido una vulneración del
derecho de defensa.
En primer lugar, la defensa de la exalcaldesa ha solicitado
la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo desde su imputación formal
en 2010 porque asegura que "no se le informó, no pudo actuar en el
proceso pese a su imputación formal, no se le dio conocimiento para
personarse y no pudo participar en las numerosas actuaciones".
Además,
ha explicado que, por ejemplo, no se le notificó el levantamiento del
secreto de las actuaciones y que no le ofrecieron los autos: "No se le
notificó absolutamente nada", ha manifestado y ha alegado que ello pese a
que Castedo presentó un escrito en octubre de 2010 para que se alzase
el secreto.
El abogado también ha recordado que Castedo era
diputada autonómica desde julio de 2011, por tanto aforada, y que si se
le hubiera notificado el levantamiento del secreto hubiese podido poner
de manifiesto "la pérdida de competencia" del juzgado instructor. En ese
sentido, ha comentado que se produce, además, "una vulneración al
derecho al juez predeterminado por ley".
"Al no permitirle personarse como parte, pese a serlo de
origen, no pudo alegar falta de competencia, no pudo recurrir, en las
diligencias y no pudo aportar pruebas o documentos para defenderse en
aquel momento", ha seguido y ha expuesto que pasó "un año, un mes y un
día" en los que "se privó" a la exalcaldesa del derecho de defensa.
Finalmente,
ha recordado que tanto EUPV como PSPV pudieron querellarse contra Sonia
Castedo pese a que las actuaciones seguían siendo secretas.
Además,
otro de los abogados que la representa ha planteado la nulidad de las
escuchas dado que los supuestos delitos son fruto de un hallazgo casual
por otra investigación con la que no tenía relación. "Pedimos la nulidad
de las grabaciones y la exclusión material de la vista y de todos los
actos del efecto reflejo", ha indicado la defensa de Castedo.
Al respecto, ha detallado que también habría supuesto de
nulidad por falta de competencia de los juzgados de Instrucción que no
se inhibieron en el Tribunal Superior de Justicia, pese a que Luis Díaz
Alperi era diputado autonómico.
Asimismo, han alegado falta de
especialidad, ya que no concretan "un delito concreto y con todos los
elementos".
"En ningún auto aparece un hecho delictivo narrado; son
vaguedades", han argumentado y han señalado que las intervenciones no
tenían por objetivo "prevenir delitos si no para asegurar que se
cometían".
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