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alicanteconfidencial@gmail.com / "Sin el debate, sin la crítica, ninguna Administración y ningún país pueden triunfar y ninguna república puede sobrevivir" (John F. Kennedy) * Newsletter de opinión e influencia, sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, fundado en 1982 por Francisco Poveda, periodista licenciado por la UCM desde 1976 y actualmente miembro de la Asociación Profesional de Periodistas Valencianos (APPV).
La representación de Mazón ha presentado este escrito de
manifestaciones tras haber recibido el pasado 31 de julio la copia
íntegra de las actuaciones sobre la gestión de las riadas que el 29 de
octubre de 2024 dejaron 231 víctimas mortales.
Tras el análisis del procedimiento, indica, en primer lugar, que la
responsabilidad por omisión de Mazón "ha quedado descartada al no
ostentar la posición de garante necesaria para la comisión por omisión";
que no consta prueba de que "impartiera instrucciones para determinar o
modificar el contenido del ES-Alert" que se envió a la población a las
20:11 horas del 29 de octubre de 2024 y que la discusión técnica sobre
la inclusión de instrucciones relativas a subir a plantas altas "aparece
vinculada al debate desarrollado entre los responsables presentes o
conectados al Cecopi", sin intervención de su cliente.
En
relación con los momentos previos a ese envío, señala la defensa que a
las 19:45 horas "ya estaba materializada por escrito la configuración
esencial de los dos mensajes y su distinto ámbito territorial" y que los
mensajes del entonces jefe de gabinete del 'expresident', José Manuel
Cuenca, comenzaron a las 19:54 horas.
En esta línea, apunta
que de las actuaciones "no consta" que Cuenca "actuara siguiendo
instrucciones" de Carlos Mazón cuando remitió sus mensajes a la entonces
conseller de Justicia e Interior e investigada en el procedimiento,
Salomé Pradas, y añade que el propio 'número dos' del expresident ha
explicado un "origen distinto" de sus opiniones, relacionado con su
conversación con el ex secretario autonómico de Presidencia, Cayetano
García.
Además, añade que Pradas ha negado que aquellos
mensajes "determinaran su actuación" y sostiene, "por evidente", que
"una comunicación de las 19:54 horas no puede causar una decisión
documentada a las 19:45 horas".
Así, argumenta que el intervalo
posterior "aparece ocupado por actuaciones técnicas de preparación,
corrección y validación del sistema ES-Alert".
Otra de las
conclusiones de la defensa es que no consta una orden de Carlos Mazón
"de paralizar ninguno de los envíos", ni consta una declaración técnica
que atribuya a una instrucción suya el tiempo empleado hasta el envío y
que la "eventual duda" sobre un confinamiento de toda la provincia "no
explica el retraso del segundo mensaje, territorialmente concebido para
determinadas zonas afectadas".
La
defensa sostiene que no consta acreditado un "nexo causal
individualizado" entre una acción positiva de Carlos Mazón y ninguno de
los fallecimientos investigados por la defensa --41, de los que uno
constaría su fallecimiento anterior a las 20:11 horas, otros sin constar
hora y el resto en un tiempo posterior--.
Por ello, pide,
una vez examinadas las "concretas hipótesis que justificaron o pudieron
justificar las diligencias potencialmente afectantes a la posición" de
su cliente, conocer cuál es el objeto de la continuación de esa
situación.
De otro modo, considera que el 'expresident'
estaría "en una posición incompatible" con la finalidad de lo
establecido en los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal: "personado precisamente porque existen diligencias que podrían
afectarle, pero obligado al mismo tiempo a defenderse frente a una
hipótesis que no se encuentra identificada".
El letrado
concluye que el derecho de defensa "no puede ejercerse contra una
incógnita" y recalca que no puede pedir un sobreseimiento "respecto de
quien no ostenta formalmente la condición procesal de investigado", sino
que lo que solicita es "previo y más elemental": "si las actuaciones
continúan pudiendo afectar penalmente en un futuro" a Mazón, "tiene
derecho a conocer por qué concreto hecho activo".
En el caso
de existir otra hipótesis distinta de las examinadas -"una acción
propia, positiva e individualizada que pueda relacionarse con alguno de
los resultados investigados"- debe ser "identificada" para poder ejercer
frente a ella las facultades defensivas que justificaron su
personación.
Si, por el contrario, "no existe ningún otro
hecho activo, indicio o línea de investigación individualizada
distinta", agrega que "no puede mantenerse indefinidamente" respecto de
Mazón "una situación fundada exclusivamente en la eventualidad de que
diligencias futuras pudieran revelar un hecho actualmente desconocido".
ALICANTE.- La jueza que investiga las adjudicaciones de viviendas de protección
pública (VPP) en el residencial Les Naus de Playa de San Juan, en
Alicante, ha acordado citar a declarar como testigo al vicesecretario
del Ayuntamiento, Germán Pascual, el próximo 16 de julio a las 10.00
horas.
Así lo ha acordado la magistrada instructora, en una providencia, en
la que también ha decidido llamar a declarar, igualmente en calidad de
testigo y en esa misma jornada, al jefe del Servicio de Disciplina
Urbanística y Ambiental del consistorio. Además, ha pedido a la
administración local "el contenido completo de los expedientes de
averiguación de hechos".
En la resolución, la jueza recoge que
toma la decisión tras haber recibido anteriormente escritos tanto del
Ministerio Fiscal, "de fecha 29 de junio", como de la acusación popular
que ejerce el PSPV del Ayuntamiento, del día "12" de ese mes.
La acusación del grupo socialista, a través de su abogado, Fernando
Cazorla, reclamó la testifical del vicesecretario "a la vista de la
documentación aportada" por el consistorio a requerimiento de la
magistrada y "en virtud del contenido" de los correos electrónicos "ya
aportados".
Recientemente, trascendió que la jefa de
Patrimonio habría dicho al vicesecretario en un correo electrónico: "El
informe inicial lo estamos modificando, ése irá sin nombres, ni cargos,
tal cual me pediste".
Desde el ejecutivo de Barcala, el
vicealcalde de Alicante, Manuel Villar, subrayó que "nadie del equipo de
gobierno dio ninguna orden ni instrucción al vicesecretario de cambiar o
modificar ningún informe relacionado con la urbanización de viviendas
de Les Naus en la Playa de San Juan".
Por otro lado, en la misma providencia, la jueza acuerda requerir al
Ayuntamiento de Alicante, a través de sus servicios jurídicos, para que
aporte "el contenido completo de los expedientes de averiguación de
hechos" en relación con el contrato de enajenación, mediante licitación
pública, de parcela municipal, y "el/los informes de conclusiones del
instructor de dicho expediente".
Para ello, le da un plazo de diez días naturales "a partir de su recibo".
ALICANTE.- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat
Valenciana (TSJCV) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Social
nº uno de Alicante que condenó al Ayuntamiento de la ciudad a pagar
8.500 euros al sindicato CCOO por vulnerar su derecho a la libertad
sindical, por prohibirle el uso del correo electrónico corporativo
durante un mes.
Esa prohibición fue acordada en diciembre de
2024 por el Comité de Seguridad de la Información del consistorio
alicantino, después de que la sección sindical de CCOO en la corporación
remitiera, el 7 de noviembre anterior, un correo electrónico a la lista
de distribución municipal con la convocatoria para el día siguiente de
una concentración solidaria con las víctimas de la dana de Valencia, ha
informado el alto tribunal valenciano este miércoles.
En la
sentencia recientemente dictada, con fecha del pasado 6 de mayo, la Sala
de lo Social del TSJCV ha desestimado el recurso de suplicación
presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia dictada el 30 de
junio de 2025 por el Juzgado de lo Social nº 1 de Alicante.
Los magistrados señalan en su resolución que, a pesar de que existían
unas normas generales sobre el uso del correo corporativo o interno del
consistorio que datan de 2014, "se había venido haciendo uso del correo
electrónico por los sindicatos para felicitaciones de Navidad, remisión
de revistas sobre consumo en Navidad, información a los trabajadores,
ofertas de ocio, comunicación sobre jubilaciones y comidas de despedida,
sin que se hubiese sancionado ni hubiese sido objeto de limitación".
"Esto es, que el correo electrónico no se había limitado a
información sindical, sino que se había usado también para otros usos
generales, adjuntando en algunos casos archivos", precisan a
continuación.
La Sala coincide con
la jueza que dictó la sentencia en primera instancia en que el correo
remitido por CCOO el 7 de noviembre de 2024 "no era ofensivo, ni iba a
perjudicar a ninguna fuerza política ni organización, ni se ha
acreditado, ni siquiera alegado, por el Ayuntamiento", que "perturbara
el normal funcionamiento de la actividad ni implicara carga, gravamen o
incremento de costes o bloqueara la intranet".
En esas
circunstancias, el TSJCV concluye que la limitación del uso del correo
al sindicato por un mes "es desproporcionado y no encuentra
justificación" en el artículo 25 de la normativa interna aprobada por el
Ayuntamiento en 2014.
ALICANTE.- El Ayuntamiento de Alicante ha trasladado que remitió a la jueza que
investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) en
Les Naus "todos" los correos electrónicos, entre el Servicio de Gestión
Patrimonial y la Vicesecretaría, que existieron en el plazo que
especificó la magistrada en su requerimiento, es decir, del 15 al 31 de
enero de este año, y que se aportó "incluso alguno más".
No
obstante, ha concretado que dentro de ese periodo "evidentemente hay
unos días" en los que no existieron estas comunicaciones, algo que,
según han avanzado desde el consistorio, "se le va a comentar" a la
magistrada.
Así lo ha indicado el vicealcalde de la ciudad,
Manuel Villar, del PP, este martes en la rueda de prensa ofrecida tras
la junta de gobierno local, al ser preguntado sobre esta documentación
reclamada por la instructora de la causa sobre este residencial, ubicado
en Playa de San Juan.
Villar, quien además es concejal de
Asesoría Jurídica, ha explicado que desde esta área le han precisado que
la jueza pidió unos correos de un plazo concreto, que estos se enviaron
y que "evidentemente hay unos días en los que no hay correos".
Así, ha avanzado que "se le va a comentar" a la magistrada que "no se
le envía" documentación porque en parte de los días comprendidos en el
requerimiento no existieron correos. En este sentido, ha defendido que
sí se aportaron al juzgado "todos los que hubo" en otros días del
periodo reclamado e "incluso alguno más".
Preguntado por si,
ante el contenido de esos correos, el equipo de gobierno del alcalde
Luis Barcala, del PP, se va a replantear que María Pérez-Hickman
continúe como jefa del Servicio de Contratación, Villar ha respondido
que esa cuestión "no está encima de la mesa".
Pérez-Hickman,
una de las 15 investigadas en la causa judicial sobre Les Naus, dimitió
como directora general municipal después de trascender que dos hijos y
un sobrino suyos figuraban entre los adjudicatarios de VPP. También está
investigada la exconcejala de Urbanismo por el PP Rocío Gómez, quien
igualmente resultó beneficiaria de una vivienda y renunció al cargo tras
conocerse este hecho.
Sobre el contenido de esas
comunicaciones aportadas al juzgado, Villar ha abundado en que esos
temas se tendrán que dilucidar en sede judicial o en comisiones y ha
evitado opinar al respecto del caso concreto de Les Naus. También ha
dicho que cree que Pérez-Hickman es una persona "diligente" en su
trabajo.
Por otro lado, preguntado por
la petición de la acusación popular del grupo municipal del PSPV a la
jueza para que el vicesecretario del Ayuntamiento de Alicante acuda a
declarar como testigo, Villar ha señalado que esa "no es una cuestión"
que desde el equipo de gobierno tengan que valorar.
Y ha
abundado en que la decisión de que acuda el alto funcionario a declarar o
no dependerá de si la magistrada accede o no a la solicitud de los
socialistas: "No vamos a decir mucho más porque no tenemos nada que
decir al respecto".
"Y el vicesecretario, si es citado,
acudirá, y en función de lo que le pregunten, contestará lo que tenga
que contestar, pero no podemos entrar en nada más", ha agregado el
vicealcalde de Alicante, quien ha sentenciado: "No seré yo quien
conteste por el vicesecretario".
Preguntado por si el equipo
de gobierno dio órdenes al vicesecretario para que pidiera a la jefa de
Patrimonio que eliminara nombres de un informe sobre Les Naus, Villar ha
afirmado que no le consta y se ha remitido a que Barcala detalló en el
pleno monográfico sobre las VPP "todas y cada una de las conversaciones
que tuvo" con el alto funcionario.
ALICANTE.- La acusación popular que ejerce el grupo municipal del PSPV en la causa que investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) en el residencial Les Naus, de Playa de San Juan, ha pedido a la magistrada que instruye el procedimiento que cite a declarar como testigo al vicesecretario del Ayuntamiento de Alicante.
Así lo traslada en un escrito dirigido al juzgado, con fecha de 11 de junio, en el que los socialistas argumentan la solicitud de esa testifical «a la vista de la documentación aportada» por el consistorio a requerimiento de la magistrada, «parcialmente cumplimentado hasta esta fecha», y «en virtud del contenido de los correos ya aportados».
El pasado 11 de junio, la jueza acordó, en una providencia, pedir al consistorio alicantino que aportara correos aún no entregados relacionados con el caso y le dio cinco días para que los remitiera al juzgado.
Todo ello, tras argumentar el PSPV que la administración local entregó documentación que «no» se ajustaba «al requerimiento efectuado», ya que se aportaron «únicamente los correos que constan incorporados al expediente administrativo» y no «todos los correos» emitidos, «como se exigía», y remarcó que se acompañaban «únicamente los correos que van» del 26 al 31 de enero, «cuando el requerimiento comprendía el periodo» que va del día 15 al 31 de ese mes.
Por otro lado, en el mismo escrito, el PSPV ha pedido «que se requiera al Ayuntamiento de Alicante a fin de que aporte a autos el contenido completo de los expedientes de averiguación de hechos», abiertos a funcionarios, «cuya iniciación consta ya aportada» y «especialmente el/los informes de conclusiones del instructor de dicho expediente».
Los mensajes revelan que Mazón escribió por última vez en
el grupo a las 8.53 horas para advertir a la exconsellera de Justicia e
Interior e investigada en la causa judicial de la dana, Salomé Pradas,
que tenía una errata en un tuit que acababa de enviar.
Para
Morant, los mensajes de esta conversación demuestran que a los
consellers "solo les preocupaba su imagen; no lo que les pasaba a los
valencianos, que veían cómo todo a su alrededor se desvanecía".
La también ministra de Ciencia, Innovación y Universidades defiende
que "la verdad no puede ocultarse y el dolor no puede olvidarse".
"Justicia, verdad y reparación, ya", exige.
VALENCIA.- El síndic de Compromís en Les Corts, Joan Baldoví, ha calificado de
"despropósito" los mensajes de WhatsApp entre miembros del Consell el
día de la dana que arrasó la provincia de Valencia y dejó 230 víctimas
mortales y ha censurado que con ellos "se confirma" que a los
responsables del Gobierno valenciano "lo único que les preocupaba era la
imagen, no la gestión" de la emergencia.
De este modo lo ha
manifestado, en declaraciones remitidas a los medios, después de
trascender que el 'expresident' de la Generalitat Carlos Mazón trasladó
en un grupo de WhatsApp de los consellers de su gobierno a primera hora
del 29 de octubre de 2024 el mensaje de que había que "inundar" de datos
los medios de comunicación porque eso es algo que "desprende sensación
de estar alerta que te cagas".
Así consta en los mensajes
intercambiados ese día en el grupo de consellers, que inaugura Mazón a
las 8.15 horas y en el que el titular de Infraestructuras, Vicente
Martínez Mus, es el último en mandar uno a las 23.53 horas, con el
estado de carreteras.
Los mensajes revelan que Mazón escribió por última vez en el grupo a las 8.53
horas para advertir a la exconsellera de Justicia e Interior e
investigada en la causa, Salomé Pradas, que tenía una errata en un tuit
que acababa de enviar.
"Qué auténtica vergüenza, qué
despropósito. Se confirma que durante la dana a Mazón y su Consell lo
único que les preocupaba era la imagen, no la gestión. Dar la sensación
de estar alerta y después despreocuparse durante horas y horas de
sobremesa en un reservado", ha cuestionado.
Ante esta
situación, ha insistido en que el actual 'president' de la Generalitat,
Juanfran Pérez Llorca, "no puede esconder la cabeza":
"Hoy es el culpable de mantener a Mazón aforado, con sueldo y chófer, y de mantener el mismo gobierno de incompetentes. Los valencianos no merecemos de ninguna manera este gobierno de negligentes".
VALENCIA.- La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, ha afirmado, tras la testifical de la vicepresidenta primera del Consell, Susana Camarero, ante la jueza que investiga la gestión de la dana, que parece que "la despreocupación era generalizada" la tarde del 29 de octubre de 2024 en el Gobierno valenciano.
"Les dijeron que estuvieran
atentos, pero todos sabemos que dedicaron la tarde a hacer distintos
quehaceres y menesteres", como "dar premios o irse de canapés o a sus
casas a descansar", ha remarcado.
Así lo ha manifestado, en
declaraciones a los medios este miércoles tras la visita a las obras del
alcantarillado de Alaquàs , el día en que Camarero ha
comparecido como testigo ante la jueza de Catarroja.
En su declaración,
Camarero ha asegurado que la tarde del 29O no habló con el entonces
'president', Carlos Mazón, ni con nadie de su entorno, que cuando se
conectó a Cecopi percibió Utiel bajo control, que no sabía qué era un
Cecopi y que cree que el 29-O la situación la manejaba la exconsellera
Salomé Pradas.
Bernabé ha indicado que la "única
consideración" que va a hacer respecto a la actuación y el procedimiento
judicial de la dana es "dejar trabajar a la justicia" para ir viendo
"cómo va aclarando paso a paso todas las mentiras que hemos escuchado a
lo largo de todos estos meses en el ámbito de la política, en el ámbito
del PP y de la Generalitat, que sigue manteniendo al máximo responsable
en aquel momento más atrincherado y más moreno que nunca".
A
su juicio esta es "sin duda alguna una de las cuestiones más
vergonzosas" que el actual jefe del Consell, Juanfran Pérez Llorca, "va a
seguir llevando como uno de sus logros como 'president' de la
Generalitat, que es seguir manteniendo al máximo responsable de toda la
catástrofe del 29O, más atrincherado y más moreno que nunca".
Preguntada por la concentración de víctimas de la dana a las puertas del
juzgado de Catarroja ante la declaración de Camarero, la delegada del
Gobierno en la Comunitat Valenciana les ha transmitido "toda" su
"solidaridad, cariño y respeto".
Ha denunciado que las asociaciones de
víctimas "una y otra vez" hayan sido "señaladas y atacadas por el PP,
como todos hemos visto, algo que suelen hacer habitualmente en muchas
ocasiones".
"Es la marca de la casa del PP el desprecio
permanente a las asociaciones de víctimas mortales de la dana en este
caso y de otras circunstancias y situaciones que se han dado, como hemos
visto también recientemente", ha apuntado Bernabé, que ha considerado
que los dirigentes del PP esto "se lo deberían hacer mirar".
Dicho esto,
ha afirmado que ella solo espera que los representantes del Consell
"digan la verdad" sobre lo ocurrido el día de la dana.
En este sentido, ha sostenido que los propios alcaldes del PP de
localidades afectadas por la riada "están desmintiendo en muchas de sus
intervenciones y comparecencias como testigos en el procedimiento
judicial a muchos que han dicho delante de las cámaras o en programas de
televisión o siempre que han tenido oportunidad que no sabían nada y no
tenían responsabilidad".
Tras la testifical de Camarero, la
delegada ha considerado que "parece que la despreocupación era
generalizada" en el Consell el 29 de octubre de 2024, "porque les
dijeron que estuvieran atentos, pero todos sabemos que dedicaron la
tarde a hacer distintos quehaceres y menesteres", como "dar premios,
irse de canapés o a sus casas a descansar".
"La preocupación no era
tal", ha remarcado.
"Y luego también hemos sabido que alcaldes
y alcaldesas hablaron con personas que estaban dentro del Cecopi y que
de esto nunca han hablado", ha añadido la delegada del Gobierno en la
Comunitat Valenciana, que ha defendido que, por el contrario, ella
"desde el primer día" siempre ha dicho "lo mismo".
"Esto es lo que tiene
cuando dices la verdad", ha enfatizado.
"Desde el primer día
siempre he dicho que yo me enteré del desbordamiento del barranco del
Poyo porque hablé con la alcaldesa de Paiporta, porque lo vi en un vídeo
y la llamé por teléfono. Lo mismo que dije desde el primer día. Hemos
visto distintas versiones, de distintos participantes en el Cecopi. Esta
también es una cuestión importante que podamos aclarar para saber cada
uno dentro de sus responsabilidades qué estaba haciendo, con qué cumplió
y con qué no cumplió", ha aseverado la representante del Ejecutivo
central.
Por otro lado, la
secretaria general del PSPV, Diana Morant, en un mensaje en la red
social X, ha calificado de "vergonzoso" que Camarero no supiera lo que
era un Cecopi, ha incidido en que, "lejos de asumir responsabilidades,
es la número dos de Pérez Llorca", y ha reivindicado que los valencianos
"merecemos mucho más".
"Había rescates en marcha y
municipios en una situación crítica, pero la vicepresidenta del Consell
entendió que no había motivos para preocuparse", ha remarcado sobre la
testifical de la dirigente.
ALICANTE.- La jueza que investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) del residencial Les Naus, ubicado en Playa de San Juan, en Alicante, ha admitido la personación del sindicato Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de CGT (FETAP-CGT) como acusación popular en la causa, según consta en una diligencia de ordenación con fecha de este pasado martes, 2 de junio.
De esta manera, las acusaciones populares en este procedimiento ascienden a tres, ya que esta entidad se suma a las que ya ejercen el partido Ciudadanos y el grupo municipal del PSPV del consistorio alicantino.
En una providencia dictada el pasado viernes, la magistrada de esta causa, titular de la plaza nº 5 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alicante, pidió al sindicato una fianza de 3.000 euros para admitir su personación como acusación popular.
Tras conocerse que la jueza ha admitido esta petición, FETAP-CGT ha emitido un comunicado en el que considera que este hecho «supone un paso importante para que una organización sindical del sector público pueda actuar en defensa del interés general en una causa que afecta directamente a la gestión administrativa, la transparencia y el control democrático de las decisiones públicas».
En este sentido, ha apuntado «no» va a limitarse «a estar presente en la causa», sino que impulsará «las diligencias necesarias», solicitará «la documentación que resulte relevante» y recurrirá «aquellas decisiones que puedan impedir o limitar el esclarecimiento completo de los hechos».
«Cuando existen indicios de decisiones arbitrarias, tratos de favor o posibles actuaciones contrarias a derecho en el ámbito de lo público, la respuesta no puede ser el silencio ni la opacidad. La ciudadanía tiene derecho a conocer qué ocurrió, quién tomó las decisiones y si se produjeron responsabilidades administrativas, políticas o penales», han añadido desde FETAP-CGT.
El sindicato ha dicho que actuará «con rigor jurídico, respeto a la presunción de inocencia y máxima firmeza para que la investigación llegue hasta el final», y ha apuntado que «la acusación popular es una herramienta democrática para defender el interés general y para evitar que causas de relevancia pública queden reducidas a un trámite formal».
«Vamos a trabajar para que se depuren todas las responsabilidades que correspondan. Si hubo decisiones arbitrarias o contrarias al interés general, deben investigarse hasta sus últimas consecuencias», ha agregado.
Y ha sentenciado: «La federación reafirma así su compromiso con la defensa de los servicios públicos, la transparencia en la gestión administrativa y la exigencia de responsabilidades cuando puedan haberse producido actuaciones irregulares desde las instituciones».
ALICANTE.- El expresidente de Les Corts Julio de España (PP) ha utilizado su derecho a
la última palabra en el juicio celebrado contra él en la Sección Segunda
de la Audiencia de Alicante para reiterar que es "inocente" de las
acusaciones de agresión sexual y trato degradante a dos pacientes, por
las que Fiscalía reclama una pena de hasta ocho años de prisión para el
acusado, mientras que la defensa reclama la libre absolución.
De España ha negado haber hecho tocamientos "en la vida" a pacientes y
ha apuntado que ejerce su oficio de médico especialista en aparato
digestivo desde hace "40 años" y desde 2013 pasa consulta y, "hasta
ahora", no ha tenido problemas.
Además, ha enfatizado que realizó los
tactos rectales a las pacientes porque consideró "oportuno" hacer dicha
exploración, al tiempo que ha aseverado que no utilizó las expresiones
que las denunciantes afirman: "En mi vida he usado formas peyorativas
para tratar pacientes".
Por ello, el expresidente de Les Corts
ha negado ante el tribunal los hechos de los que se le acusa y ha
insistido en que es "inocente".
"Al final de los días de uno en su
madurez profesional se encuentra una situación como esta y, desde luego,
ni lo he buscado ni soy cómplice de ella", ha concluido.
El
juicio ha quedado visto para sentencia tras una primera sesión que tuvo
lugar el 7 de mayo, en la que una psiquiatra, un doctor forense y cuatro
médicos realizaron una declaración pericial conjunta y las dos mujeres
ratificaron sus denuncias a puerta cerrada.
Según la acusación
pública, De España, presuntamente sometió a una de las pacientes a
tocamientos en sus partes íntimas mientras le practicaba un tacto
rectal, al tiempo que con las dos mantuvo un trato degradante al
pedirles que se pusieran a "cuatro patas" para ello y a una le dijo,
además, que lo hiciera como si estuviera "castigada".
Ambas habían
acudido a la clínica para una valoración por problemas de intolerancia a
ciertos alimentos y con digestiones pesadas e inflamación intestinal.
El ministerio fiscal ha mantenido la petición de una pena de hasta
cuatro años por un delito de agresión sexual en el caso de la primera
paciente y de dos años por cada uno de los dos delitos de trato
degradante al que considera que las cometió.
En cuanto a las
indemnizaciones, ha elevado la petición a 12.000 euros para la primera y
6.000 para la segunda.
Fiscalía sustenta esta petición en que la actuación del expresidente de
Les Corts fue "sin consentimiento válido" y con un "lenguaje" y
"comportamiento" que convirtieron a las pacientes en "víctimas".
Además,
de acuerdo con el contenido de los informes médicos forenses, considera
que no procedía realizar un tacto rectal y la forma de hacerlo fue
"improcedente".
En el caso de la paciente que presuntamente
sufrió tocamientos en la zona genital, el fiscal ha señalado que "el
bloqueo no es consentimiento" y ha afirmado que "consentir no es
obedecer", sino "saber qué se hace" y "qué se busca".
Esta
paciente, además, ejerce como enfermera, por lo que Fiscalía ha
sostenido que "conoce su cuerpo y sabe distinguir lo que es un
tocamiento de un tratamiento injustificado".
Además, ha
resaltado el lenguaje "soez, humillante, cosificador e impropio de una
consulta médica" que supuestamente utilizó De España, al tiempo que ha
remarcado que la paciente, tras superar un "trastorno postraumático
agudo", evitó ser vista por otros médicos varones.
Por parte
de la defensa, ha solicitado la sentencia absolutoria tras señalar que
el expresidente de Les Corts es "inocente" de los cargos que se le
atribuyen.
"Actuó en su consulta como con cualquier paciente", ha
añadido.
También ha recordado que los doctores especialistas
en digestivo que comparecieron en la sesión anterior determinaron que
"no era una prueba en desuso", que se realiza "a diario" y que es
"inocua, rápida y eficaz", además de la "única" que se puede efectuar en
"una primera consulta".
Asimismo, la abogada ha defendido que
la realización de un tacto rectal no requiere de un consentimiento
"escrito", sino "verbal", y ha aseverado que de España informó
"verbalmente" y no recibió "oposición" de las pacientes "de forma
expresa".
Por parte de la
acusación particular, el letrado de una de las víctimas ha resaltado el
"ánimo libidinoso" y el "contexto sexualizado" en las consultas de las
pacientes con el acusado.
En este sentido, ha acusado al
denunciado de aprovecharse de su "posición facultativa" para efectuar el
tacto rectal y ha cuestionado si fue un "acto médico" o "un paripé"
para "dar rienda" a "sus instintos sexuales".
De otro lado, la
abogada de la denunciante que supuestamente recibió tocamientos en su
zona íntima ha acusado al expresidente de Les Corts de inventarse que la
paciente tenía "rectorragias", ya que "no disponía del historial médico
en el momento de la consulta".
Así, ha mantenido que los
peritos que contaron con historial clínico completo y con una entrevista
personal indican que, en este caso, "no es necesario" realizar un
"tacto rectal", al tiempo que ha añadido que todos los doctores
presentes en la anterior sesión afirmaron que "no" procedían los
"tocamientos vaginales".
Finalmente, ambos letrados han
solicitado una pena de cuatro años por cada uno de los delitos de
agresión sexual que le atribuyen a sus clientes y otra de dos años para
cada por trato degradante.
MADRID.- Una operación antiterrorista de la Policía Nacional se ha saldado con la detención de diez personas en una investigación desarrollada por la Audiencia Nacional en Alicante, según han confirmando fuentes de la investigación.
Los arrestados son ciudadanos de Europa del Este y fueron detenidos en diferentes municipios de la provincia, entre ellos Alicante, Xixona y la zona de Torrevieja y Orihuela Costa, en la comarca de la Vega Baja.
La operación ha precisado de un amplio dispositivo liderado por agentes de la Comisaría General de Información (CGI), contando con la colaboración de otras unidades de élite como el Grupo Especial de Operaciones (GEO).
Las citadas fuentes han precisado que está previsto que los arrestados, acusados de terrorismo y otros delitos, pasen a disposición judicial este viernes.
ALICANTE.- La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades y secretaria general del PSPV-PSOE, Diana Morant, ha subrayado que "no" la "van a callar", tras conocerse que el conseller de Sanidad, Marciano Gómez, ha presentado ante el Tribunal Supremo una querella contra ella por acusarle en un acto de "lucrarse con la privatización de la sanidad pública".
Al ser preguntada por esa
querella, ha resaltado: "Si el señor conseller considera que poniéndome
una denuncia va a evitar que yo le cuente a la gente lo que está
pasando, no lo va a hacer. A mí no me van a callar".
Gómez
anunció el pasado 2 de abril que preveía seguir adelante con la querella
anunciada contra Morant tras no presentarse la dirigente socialista ni
su representación legal a un acto de conciliación previo en el que le
pedía que se retractara de esas afirmaciones, que realizó en un acto en
febrero.
"En la Comunitat Valenciana, mientras se recorta en
sanidad se está duplicando la inversión en la sanidad privada", dijo
Morant, quien añadió que el conseller de Sanidad "se está lucrando con
la privatización de la sanidad, aparece siempre detrás de todo lo que
tiene que ver con Ribera Salud".
La secretaria general de los socialistas valencianos ha afirmado este
viernes que en la Comunitat Valenciana hay un conseller de Sanidad,
Gómez, que "renueva el concierto" en el Hospital del Vinalopó, en el
departamento de Elche-Crevillent, "el único hospital que quedaba privado
después de la reversión de todos los hospitales privados que hizo Ximo
Puig", 'expresident' de la Generalitat.
"Se acababa la
concesión y la han renovado", ha agregado Morant, quien ha incidido en
que Gómez ha formado parte como conseller de Sanidad de los gobiernos
del anterior jefe del Consell, Carlos Mazón, y del actual, Juanfran
Pérez Llorca.
Además, ha sostenido que la concesión de ese
hospital se ha renovado "siendo cuestionada" por "algunos informes
técnicos".
"Pero aquí donde empieza a oler raro es con que quien el
gobierno, es decir, el señor conseller, negocia esos precios y esa
compensación es con su cuñada", ha apuntado.
"Su cuñada
representa económicamente a la empresa Ribera Salud y después, además,
la empresa Ribera Salud ha comprado la clínica en la que trabaja como
director en Benidorm el hermano del conseller", ha añadido, al tiempo
que ha sentenciado: "Como mínimo, nos tendremos que hacer preguntas".
La magistrada, que niega que se
haya producido ninguna indefensión, subraya que Mazón no es parte en el
procedimiento, por lo que la obtención de particulares "no se puede
admitir respecto de quien no es parte, y menos aún de forma anticipada".
Así lo acuerda en un auto en el que desestima el recurso de revisión
interpuesto por la representación de Carlos Mazón y confirma el decreto
por el que la letrada de la Administración de Justicia (LAJ) denegó la
designación de particulares que había solicitado.
El fiscal
había pedido a la instructora que estimara ese recurso porque esa
designación de particulares "constituye una facultad consustancial al
propio derecho a la segunda instancia" y permite al tribunal que debe
resolver sobre esta cuestión "tener acceso al contenido del expediente
judicial que resulte relevante para ello".
Sin embargo, la
magistrada señala que estimar ese recurso supondría dar al expresidente
de la Generalitat "un acceso anticipado a la causa" pese a que ostenta
la condición de testigo --su declaración se ha aplazado hasta que
resuelva la Audiencia su recurso sobre su personación--, y añade que su
posición procesal no ha variado desde que se acordó su declaración
testifical.
De hecho, resalta que el testigo tuvo la
posibilidad de acceder al procedimiento "en aplicación de lo dispuesto
en el art.118 bis de la Lecrim", en las tres ocasiones en que se le
ofreció la posibilidad de declarar de forma voluntaria.
En
cualquier caso, la instructora recuerda que los particulares (los
documentos de la causa) que interesa incorporar a su recurso el exjefe
del Consell ya se han unido a la tramitación de ese recurso a instancias
del Ministerio Fiscal y que las resoluciones dictadas por la Sección
Segunda de la Audiencia de Valencia ya están en posesión del tribunal.
Asimismo, apunta que alguno de esos documentos pedidos en su momento
no se disponían en la causa, como el auto de 16 de marzo del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que inadmitía su
exposición razonada --e investigarle, resolución que era de acceso
público a través de la web del Consejo General del Poder Judicial.
Además, añade que si la Audiencia Provincial lo estimara pertinente
podría, en uso de la facultad del artículo 766. 3 de la Lecrim, acceder a
los particulares designados por el recurrente para resolver la
apelación pero incide en que la admisión anticipada a través del acceso a
la causa mediante la designación de particulares "sería contradictoria
con la denegación de personación del recurrente".
VALENCIA.- El ministerio fiscal ha presentado un escrito en el que apoya la
petición del expresident de la Generalitat Carlos Mazón para la
designación de particulares --documentación-- que pueda aportar en su
recurso ante la Audiencia de Valencia contra la decisión de la jueza de
Catarroja que investiga la gestión de la dana y que rechaza
que pueda personarse en el procedimiento.
La magistrada que
instruye la gestión de las riadas que el 29 de octubre de 2024 dejaron
230 víctimas mortales en la provincia de Valencia ha citado a Mazón como
testigo --tras descartar el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana su investigación--, aunque ha aplazado la
comparecencia hasta que la Audiencia resuelva sobre su recurso de
apelación contra el auto del 31 de marzo en el que denegaba su
personación.
El representante de la acusación pública
considera "procedente" acceder a la petición de designación de
particulares efectuada por Mazón. Para la Fiscalía, esa designación de
documentos judiciales, cuya remisión a la Audiencia pide el
'expresident', "constituye una facultad consustancial al propio derecho a
la segunda instancia" y permite al tribunal que debe resolver sobre
esta cuestión "tener acceso al contenido del expediente judicial que
resulte relevante para ello".
Al respecto, añade en el
escrito que el ordenamiento
procesal penal prevé en el artículo 766.3 de la LECrim, "el señalamiento
de tales particulares en el recurso de apelación, así como, una vez
admitido a trámite el recurso, en los escritos de alegaciones del resto
de partes".
En consecuencia, y una vez se ha admitido a
trámite, ese recurso de apelación en una diligencia de ordenación del
juzgado del 15 de abril, es "pertinente" aceptar la designación de
particulares señalados por Mazón "con la finalidad de salvaguardar el
derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente, y en aplicación
del principio 'pro actione'" --interpretación de las normas procesales
de la forma más favorable para el acceso a la justicia-- y remitirlos a
la Audiencia "para la adecuada resolución del recurso de apelación
interpuesto, sin que tal señalamiento constituya un acceso a las
actuaciones por parte del recurrente".
"Evidentemente, la
situación procesal actual del recurrente le impide acceder al contenido
del expediente judicial, como reconoce expresamente en su recurso de
apelación. Precisamente por ello, la designación de particulares se
efectúa de forma genérica, sin señalar los folios de la causa o los
números identificativos de los documentos del expediente electrónico
judicial", concluye el fiscal.
ALICANTE.- El Ayuntamiento de Alicante presentará un recurso de apelación, por
"razones evidentes", contra la sentencia del juez titular de plaza
nº 3 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de
Instancia de Alicante que ha anulado parte del pliego del contrato del
transporte público urbano en autobús de la capital alicantina por los
requisitos de solvencia técnica exigidos. Desde el consistorio han
defendido su gestión: "Lo hicimos bien".
Así lo ha indicado el
vicealcalde de la ciudad, Manuel Villar, del PP, en la rueda de prensa
ofrecida este martes tras la junta de gobierno local, aunque en esta
comparecencia también ha insistido que el ejecutivo del alcalde Luis
Barcala respeta las decisiones judiciales.
La sentencia
declara "contraria a Derecho" la cláusula 28.2 del pliego de cláusulas
administrativas particulares, que es la que exigía "experiencia en
servicios de transporte urbano de autobuses, con al menos un contrato en
los tres últimos años en el que la flota cuente con un mínimo de 71
autobuses en servicio en día laborable".
El juez entiende que
"esta cláusula constituye el punto central del litigio". Así, el
magistrado ordena al Ayuntamiento de Alicante a "reformular los
requisitos de solvencia técnica de forma proporcionada y abierta a
experiencias equivalentes".
Al ser preguntado por esta sentencia, Villar ha dicho que el
consistorio recurrirá por "varias razones evidentes" y ha señalado que
la ciudad de Alicante "debe ser lo suficientemente exigente con quien
debe prestar" servicios como el del transporte público en autobús.
Sobre la solvencia, ha indicado: "Para nosotros no era excesiva y
para el juez sí. Estamos hablando de valoraciones. Por tanto, esa
circunstancia nos hace estar tranquilos en que vamos a recurrirla,
evidentemente, porque estamos hablando de cuestiones subjetivas".
El vicealcalde ha insistido en que la sentencia no dice al
Ayuntamiento de Alicante cuál es la solvencia que tendría que haber
planteado, por lo que el recurso está "claro".
"Yo creo que haríamos mal
si la décima ciudad de España no es lo suficientemente exigente en los
servicios, como el transporte, que pretende que se le preste a sus
ciudadanos. Y, por tanto, a partir de ese momento, creemos que lo
hicimos bien y, evidentemente, recurriremos", ha defendido.
Preguntado sobre qué podría pasar en el caso de que no prospere ese
recurso, Villar ha confirmado que se tendría que hacer una nueva
licitación del contrato, es decir, que "habría que empezar de cero".
También ha abundado en que la asociación que ha llevado a los tribunales
el pliego del contrato, Gestión Transporte de Viajeros (GTV), no
participó en la licitación.
El vicealcalde, que espera que el
Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) dé la
razón al Ayuntamiento de Alicante, ha trasladado que entiende que no
habría que indemnizar a la concesionaria en el caso de que se le
retirara el contrato.
Desde la
oposición, la portavoz del PSPV en el Ayuntamiento de Alicante, Ana
Barceló, ha pedido que "se depuren responsabilidades políticas" por el
"caos permanente" en "la contratación de los grandes servicios
municipales".
"Con Barcala, los grandes contratos siempre
acaban igual: recurridos, judicializados o cuestionados por los
tribunales. Alicante no puede seguir funcionando a base de chapuzas
administrativas y contratos mal hechos que acaban perjudicando a los
alicantinos y alicantinas", ha indicado Barceló.
El grupo
socialista ha precisado, en un comunicado, que Barceló ha afirmado que
esto "ya no responde a errores puntuales, sino a una forma de gobernar
marcada por la improvisación, la falta de planificación y la incapacidad
para gestionar con seguridad jurídica los principales contratos de esta
ciudad".
Respecto al contrato del transporte urbano, Barceló
ha criticado las explicaciones ofrecidas por el equipo de gobierno y ha
advertido de la "gravedad" de la sentencia: "El tribunal dice
literalmente que se han vulnerado los principios de proporcionalidad y
libre concurrencia, que se ha favorecido a operadores ya implantados y
que el pliego prefiguraba al candidato. Estamos hablando de algo mucho
más serio de lo que el PP intenta aparentar".
En este sentido,
la portavoz del PSPV en el consistorio ha acusado al ejecutivo de
Barcala de "intentar minimizar una resolución judicial muy grave que
cuestiona elementos esenciales del procedimiento de contratación".
Por su parte, EU-Podem ve "muy grave" esta sentencia y cree que
"confirma las sospechas" de la coalición: "El concurso estaba planteado
para favorecer a la empresa de siempre y dificultar la competencia
real".
En un comunicado, este grupo municipal ha indicado que
"esto no puede presentarse como un simple error técnico".
"Estamos
hablando de un contrato millonario y de un servicio esencial para la
ciudad. Alguien decidió incluir esas condiciones y alguien tiene que
asumir responsabilidades políticas", ha apostillado.
Por ello,
EU-Podem ha exigido al gobierno del PP "que explique quién redactó y
avaló este pliego y que no utilice dinero público para alargar el
procedimiento con recursos judiciales innecesarios".
"Si el proceso debe
reiniciarse, tiene que hacerse con transparencia, igualdad de
condiciones y pensando únicamente en el interés general y en mejorar el
transporte público de Alicante", ha aseverado, para finalmente
sentenciar que "no es la primera vez que una gran adjudicación municipal
del PP acaba cuestionada en los tribunales".
De otro lado, la entidad que llevó a los tribunales el pliego, GTV,
ha avanzado que también recurrirá la sentencia, al considerar que, "pese
a ser favorable, se queda corta y no llega a anular la totalidad de los
vicios denunciados".
"El problema no acaba en la cláusula de
solvencia. Desde GTV denunciamos que el conjunto del pliego configuraba
un sistema en el que la adjudicataria no podía perder bajo ningún
escenario imaginable", ha añadido.
Y ha apuntado: "Buena parte
de los criterios automáticos (kilómetros adicionales, mamparas, mejoras
tecnológicas) se convirtieron en puntos decorativos que no
discriminaron entre ofertas. Aunque un competidor hubiera ofertado
regalar el servicio gratuitamente al Ayuntamiento, no habría podido
ganar. Esto no es competencia: es una pantomima documentada".
Desde GTV han avanzado, así, que pedirán al TSJCV "la anulación íntegra
de los pliegos y la consiguiente declaración de nulidad de pleno derecho
del procedimiento por vulneración estructural de los principios de
igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad".
"El Ayuntamiento de Alicante diseñó un procedimiento que tenía nombre y
apellidos antes de abrirse los sobres. La sentencia es un primer paso
importante, pero no es suficiente. Vamos a exigir ante el TSJCV que se
anule íntegramente una licitación que era un fraude técnico al principio
de libre concurrencia, y no descansaremos hasta que el Ayuntamiento
saque una licitación verdaderamente abierta a la competencia, y no un
trámite cosmético para que gane el de siempre", han recalcado desde la
asociación.
A juicio de GTV, "el transporte urbano de Alicante
es un servicio público esencial que exige procedimientos de licitación
abiertos, equitativos y respetuosos con los principios de transparencia y
no discriminación".
ALICANTE.- La acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos en la causa que
investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) en
el residencial Les Naus de Playa de San Juan, en Alicante, ha pedido a
la jueza que deniegue a la Generalitat su petición de personarse en el
procedimiento como acusación particular.
Así se recoge en un
escrito fechado el pasado 8 de mayo, en el que esta formación política alega contra el hecho de que el
gobierno autonómico, del PP, haya pedido a la jueza que acepte su
personación mediante esa fórmula para "no ser un mero testigo del
proceso penal" y "poder intervenir activamente como parte procesal
afectada".
Según Ciudadanos, permitir que la Generalitat se
persone como acusadora particular le permitiría "intervenir en
interrogatorios de sus propios funcionarios o técnicos con una posición
de parte, pudiendo condicionar las declaraciones para salvaguardar el
prestigio de la institución".
Además, cree que esa solicitud
del Consell "envenena la pureza del proceso penal, introduce intereses
extrajurídicos y genera un conflicto de intereses insalvable entre su
deber de transparencia y su estrategia de parte acusadora".
"Su exclusión es la única vía para garantizar un proceso con todas las
garantías y evitar que la administración utilice la jurisdicción penal
como un escudo para sus propias responsabilidades", ha apuntado
Ciudadanos.
La formación
resalta que "la pretensión de la Generalitat Valenciana de personarse
como acusación particular debe ser rechazada de plano", por "carecer de
la cualidad" de "ofendida" o "perjudicada" en los "términos estrictos
que exige la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la jurisprudencia que la
interpreta".
En este sentido, añade que "la jurisprudencia del
Tribunal Supremo establece" que el concepto de "ofendido" se
circunscribe "exclusivamente al titular del bien jurídico directamente
lesionado por la acción delictiva".
También señala que, "en el
presente caso, el bien jurídico protegido por los delitos que se
investigan en torno" a la promoción de Les Naus, como "prevaricación,
malversación o fraude, según el caso, entre otros más", es "la probidad
administrativa y el recto funcionamiento de la función pública".
"Estos bienes son, por definición, de carácter colectivo y
supraindividual", resalta, para posteriormente hacer hincapié en que la
administración autonómica no es propietaria de la "probidad", sino su
"garante".
"Por tanto, su posición jurídica es la de un gestor de la
legalidad, no la de una víctima que haya sufrido un menoscabo en su
esfera patrimonial privativa", ha apostillado.
Y ha
continuado: "El interés público no es equivalente al perjuicio
particular. Si se permitiera a la Generalitat Valenciana personarse como
acusación particular por el mero hecho de que se investiguen
irregularidades en su ámbito de competencia, se produciría una
hipertrofia acusatoria, donde la administración tendría un doble papel
de juez (en vía administrativa) y parte (en vía penal)".
En
esta línea, considera que el gobierno autonómico "actúa en este proceso"
como "titular de la competencia", pero "no" como "titular del derecho
lesionado", y que "el sujeto pasivo de un presunto fraude en VPP no es
la administración que redacta la norma, sino, en todo caso, la
colectividad de ciudadanos o el erario público en abstracto".
Ciudadanos cree que, para que la Generalitat pudiera ser considerada
"ofendida", el "delito tendría que haber recaído sobre bienes de su
patrimonio privado o demanial de forma singularizada" y "no" sobre la
"gestión" de un programa de vivienda.
"Nuestro Tribunal Supremo en su
jurisprudencia es tajante, pues explica que cuando el bien jurídico es
difuso, la administración no puede ocupar el lugar del ofendido
directo", ha añadido.
También menciona que el artículo 124 de la Constitución encomienda al
Ministerio Fiscal la "misión" de "promover la acción de la justicia en
defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés
público tutelado por la ley".
Al respecto, ha abundado en
que, "dado que la Generalitat Valenciana parece ser que intenta con su
personación defender precisamente" ese "interés público" y la
"legalidad" en materia de vivienda, "su personación como acusación
particular resulta redundante e innecesaria, pues esa función ya está
constitucionalmente asignada al Ministerio Público".
"Generaría un desequilibrio procesal (ruptura de la igualdad de armas),
al permitir que dos instituciones públicas ejerzan la misma función bajo
etiquetas distintas, con una duplicidad de esfuerzos acusatorios
públicos que no encuentra amparo en la naturaleza del perjuicio
alegado", ha proseguido.
Ciudadanos entiende que el
"perjuicio" que la Generalitat podría alegar es que "determinadas
viviendas no cumplieron con su fin social o que hubo una desviación en
la aplicación de las ayudas", pero cree que, "sin embargo, esto
constituye una frustración de la función pública, no un menoscabo de la
titularidad dominical" de la administración autonómica.
Del
mismo modo, resalta el Consell que "no ha concretado", "ni puede
concretar", "qué partida presupuestaria ha sido detraída de su
patrimonio neto de forma que le genere un derecho de crédito directo
contra los investigados".
Desde este partido han insistido en
que, "para que exista perjuicio patrimonial, debe existir una relación
de propiedad o posesión", y que, "en la promoción de Les Naus, los
bienes inmuebles están destinados a ser transferidos o gestionados en
beneficio de terceros (ciudadanos con derecho a vivienda)" y, "por
tanto", la Generalitat "no ha sufrido una disminución de su activo (los
edificios no han desaparecido de su esfera de control por un robo o
estafa directa contra su caja), ya que lo que se investiga es una
presunta irregularidad en la adjudicación o gestión, lo cual es un
ilícito de carácter puramente público o de probidad".
"La
Generalitat no ha aportado un informe de fiscalización que determine un
'quantum' indemnizatorio directo a su favor. De admitirse su personación
como acusación particular, se permitiría que una entidad que ostenta
potestades administrativas (como la de recuperación de oficio o sanción
administrativa) se posicione en el proceso penal para reclamar una
indemnización por un daño que ya tiene cauces de reparación
administrativos propios", ha aseverado.
Y ha indicado: "Al no
existir una merma en el patrimonio privativo de la Generalitat
Valenciana, sino una supuesta quiebra de la legalidad administrativa, la
pretensión de personarse como perjudicada carece de sustento fáctico y
jurídico, debiendo ser rechazada".
Desde Ciudadanos también han alegado, frente a esa petición de la
Generalitat, que aceptar su personación como acusación particular
basándose en su "interés por la legalidad" supone "una vulneración
flagrante del principio de igualdad de armas", al tiempo que ha incidido
en que la institución autonómica "ya dispone de privilegios
exorbitantes en el tráfico jurídico", como "potestad sancionadora,
capacidad de inspección y capacidad de ejecución forzosa".
"La
pretensión de la Generalitat de ser acusación particular es un intento
de fraude procesal", creen desde la acusación popular que ejerce
Ciudadanos, que ve una "diferencia técnica insalvable" entre, por un
lado, la "legitimación por competencia" de la administración autonómica
"para inspeccionar Les Naus, sancionar administrativamente o retirar
calificaciones de VPP", como "legitimación extraprocesal", y, por otro,
la "legitimación por perjuicio", que "es la que exige" la ley "para ser
parte en el proceso penal".
ALICANTE.- La Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra Crímenes del Franquismo (Ceaqua) ha criticado este viernes la decisión de la Audiencia Provincial de Alicante de archivar la querella interpuesta, entre otros, contra el exministro Rodolfo Martín Villa por la muerte del trabajador Teófilo del Valle el 24 de febrero de 1976 en el municipio alicantino de Elda.
La entidad cree que esta resolución, "una vez más,
consolida el modelo de impunidad del Estado español" y "ampara
actuaciones criminales franquistas y a sus presuntos responsables".
Así lo ha manifestado esta asociación en un comunicado, después de
que la Sección Décima de la Audiencia haya estimado el recurso de
apelación interpuesto por Martín Villa respecto a la admisión a trámite
de esa denuncia, presentada por el hermano de Teófilo, José Antonio del
Valle Pérez. La Sala entiende que los delitos atribuidos no estaban
tipificados en 1976 y que, además, estarían prescritos.
Desde
Ceaqua han afirmado que "la resolución judicial dictada" en un auto
contra el que no cabe recurso, "con carácter previo a ser notificada a
José Antonio del Valle, querellante y hermano del asesinado, ha sido
filtrada a los medios de comunicación".
También han recalcado
que la "actuación" de la Audiencia "ampara actuaciones criminales
franquistas y a sus presuntos responsables", "recuerda los privilegios
que estos mantienen" y, "en definitiva, niega los derechos más básicos a
los familiares de Teófilo e incumple las obligaciones internacionales
contraídas por el propio Estado en esta materia".
"Dicho incumplimiento
ha sido severamente censurado desde, entre otras instancias, el Consejo
de Derechos Humanos de las Naciones Unidas", han aseverado.
Ceaqua ha abundado en que "los hechos denunciados se produjeron en el
contexto de las duras represiones policiales sufridas por los
trabajadores y trabajadoras del sector del calzado alicantino durante
las movilizaciones de febrero de 1976".
"El asesinato de
Teófilo del Valle fue la primera muerte violenta ocasionada por las
fuerzas del orden público tras la toma de posesión de la Jefatura del
Estado de Juan Carlos I. En aquellas fechas Martín Villa era ministro de
Relaciones Sindicales y Daniel Aroca uno de los miembros de la Policía
Armada que disparó a Teófilo del Valle", ha subrayado esta entidad.
Desde Ceaqua han reiterado que "la responsabilidad en cuanto al
mantenimiento de las políticas de impunidad no solo recae en el Poder
Judicial" y que "la corresponsabilidad del Ejecutivo, del Legislativo y
sus grupos políticos es evidente".
Así, consideran que,
"después de cientos de resoluciones judiciales dictadas en términos muy
similares a la antedicha", "no ha habido" ninguna medida legislativa
"ciertamente efectiva" para "revertir estas políticas asumidas,
mantenidas y fomentadas por el Estado español", han afirmado.
"Causa estupor que, ante tamaña incapacidad política, tengamos que
escuchar reflexiones más o menos sesudas respecto al auge y crecimiento
de la extrema derecha en el conjunto del Estado", han agregado.
En esta línea, han apostillado: "La resolución dictada por la
Audiencia Provincial será recurrida y denunciada ante las instituciones
internacionales competentes en el supuesto que sea inadmitida demanda de
amparo ante el Tribunal Constitucional".
Finalmente, han incidido en que, "por muchas resoluciones judiciales
que se dicten en el marco de las políticas de impunidad indicadas",
desde Ceaqua seguirán exigiendo, "a todos los niveles, que se garantice
adecuadamente y conforme a los estándares internacionales el derecho a
la tutela judicial efectiva a todas las personas y sus familiares que
sufrieron graves violaciones punibles de derechos humanos durante la
dictadura franquista y la transición".