ALICANTE.- La sección segunda de la Audiencia
Provincial de Alicante ha absuelto a la exalcaldesa socialista de Dénia, Paqui Viciano, del presunto delito electoral que se le
imputaba al considerar que no hay constancia de que convocara ni
realizara durante la campaña electoral de 2007 un acto de presentación
de una instalación deportiva suspendido por la junta electoral. De la
misma manera, se ha absuelto a Pau Reig y Manuel Amat, por entonces
primer teniente de alcalde y concejal del consistorio.
Los hechos se remontan a abril de 2007, cuando el Ayuntamiento de
Dénia convocó un acto de colocación de la primera piedra del nuevo
trinquete de la ciudad para el día 28 de ese mes. Por acuerdo de 23 de
abril, la Junta Electoral de Zona resolvió suspender dicho acto, una
decisión que ratificó la Junta Electoral Provincial.
El día 3 de mayo, la alcaldesa y estos dos concejales --ambos del
Bloc-- realizaron una visita a distintas instalaciones y obras
deportivas y el día 4 Manuel Amat, que era en aquel momento responsable
de Deportes, celebró una reunión con varios representantes y clubes
deportivos en la que los participantes intercambiaron información y
opiniones sobre tema de interés común, entre ellos el proyecto del nuevo
trinquete, se recuerda en los hechos probados, donde se añade que "no
consta que ninguno de los acusados convocara ni realizara un acto de
presentación del nuevo trinquete ante los medios de comunicación".
La sala argumenta su decisión en que durante el juicio oral "nadie
ha afirmado que los acusados celebraran o convocaran el acto de
presentación del trinquete ante el público o los medios".
"Ciertamente
--prosigue-- obran en la causa fotocopias y crónicas de prensa que
afirman ese hecho pero, en general, los autores de dichas noticias no ha
prestado declaración y, obviamente, una condena penal no puede basarse
exclusivamente en noticias de prensa".
Añade que solo una de las redactoras declaró en el juicio para
manifestar que no hubo acto de presentación sino que ella, "compendiando
dos noticia relacionadas, las de las visitas de los días 3 y 4 de mayo,
anunció lo que estimó más relevante del proyecto del nuevo trinquete".
Este testimonio, apunta la Audiencia, coincide con lo manifestado
por los acusados, que admiten haber hecho la visita a las instalaciones
deportivas y haber posado para una foto pero niegan haber tomado parte
en una acto de presentación. "No hay pues constancia alguna de dicho
acto de presentación", incide la resolución judicial.
"El acto de presentación no tuvo lugar, sino que lo realmente
acaecido fue la gira de una visita y la celebración de una reunión,
actividades ambas inscritas en series de carácter periódico que forman
parte de la actuación ordinaria del gobierno municipal", describe la
Audiencia, que concluye que "no pueden calificarse como actos públicos
de propaganda electoral".
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