VALENCIA.- El titular del Juzgado de Instrucción nº 20 de Valencia ha rechazado
 la inhibición planteada por otro magistrado de la capital respecto a la
 denuncia presentada por la organización Manos Limpias contra 
responsables de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la 
Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de 
Emergencias por su actuación previa a la Dana que afectó a la provincia 
el pasado 29 de octubre.
   El magistrado considera que esa 
inhibición es "prematura", pues no aprecia en estos momentos una "base 
objetiva, ni tampoco base indiciaria mínima" que apunte a un "nexo 
causal" entre los hechos contenidos en la denuncia con el fallecimiento 
de un vecino del barrio valenciano de La Torre durante el temporal, 
muerte por la que su juzgado abrió diligencias previas el 30 de octubre 
al entrar en el servicio de guardia, según ha informado el Tribunal 
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
   En su auto, 
el instructor señala que la "masiva" inundación sufrida por el barrio de
 La Torre "ya se había producido horas antes" de la muerte por la que él
 incoó diligencias previas (el informe forense la sitúa entre las 3 y 
las 4 horas del día 30), al igual que en otras poblaciones colindantes, y
 es "notorio" que la Aemet, desde primera hora de ese mismo día, había 
emitido la alerta roja.
   Del mismo modo, el mensaje de alerta 
de Emergencias a los teléfonos móviles de los ciudadanos al que se 
refiere la denuncia también había sido lanzado horas antes, pasadas las 
20 horas del 29 de octubre, momento en que el Juzgado de Instrucción 
nº 20 de Valencia no estaba de guardia.
   A juicio del 
magistrado, los datos objetivados en el informe forense relativo al 
levantamiento del cadáver y los avances de la autopsia no permiten ni 
siquiera a nivel indiciario "apreciar causalidad o conexión suficiente 
para admitir la acumulación de la denuncia presentada por Manos Limpias 
relativa al total de fallecidos por las inundaciones en la provincia de 
Valencia".
   Según se establece en la resolución judicial, el 
Juzgado de Instrucción nº20 de Valencia tiene abiertas diligencias previas
 en relación, exclusivamente, a un fallecimiento a fin de determinar la 
"posible relevancia penal" del mismo, pero "no así por el resto de 
fallecimientos producidos en distintos partidos judiciales de la 
provincia de Valencia", de los que conocen hasta una veintena de 
juzgados diferentes de toda la provincia.
   El auto, por el que 
se rechaza la inhibición relativa a la denuncia acordada por el Juzgado 
de Instrucción nº 15 de Valencia, que ha sido notificado este jueves
 a las partes, no es firme y puede ser recurrido en reforma y/o, 
subsidiariamente, en apelación.
   El magistrado del Juzgado de 
Instrucción nº 15 había decidido inhibirse del conocimiento de los 
hechos contenidos en la denuncia en favor del 20, pues este órgano fue 
el primero de la capital en abrir diligencias previas por el 
fallecimiento de una persona a causa de las inundaciones en la ciudad 
para la práctica de la autopsia.
alicanteconfidencial@gmail.com / "Sin el debate, sin la crítica, ninguna Administración y ningún país pueden triunfar y ninguna república puede sobrevivir" (John F. Kennedy) * Newsletter de opinión e influencia, sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, fundado en 1982 por Francisco Poveda, periodista licenciado por la UCM desde 1976
jueves, 21 de noviembre de 2024
Un juzgado de Valencia rechaza la inhibición por una denuncia contra Aemet, CHJ y Emergencias por la Dana
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