ALICANTE.- La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a
tres promotores urbanísticos, a un arquitecto municipal y al exalcalde
de Llíber, José Mas (PP), en la trama de los cerca de 300
chalets ilegales construidos en esta localidad de la Marina Alta entre
1999 y 2003.
En concreto, al técnico y a esos tres
empresarios, entre los que está Miguel Muntaner, les impone una pena de
dos años de cárcel por un delito continuado de estafa, para el que
aprecia la atenuante de dilaciones indebidas, por haber engañado a
decenas de clientes durante el proceso de compra y edificación de los
inmuebles.
Además, condena al arquitecto y al exprimer edil a
una multa de 1.800 euros para cada uno por un delito continuado de
prevaricación urbanística, con la misma atenuante, según se desprende de
la sentencia de esta causa, fechada a 25 de septiembre de 2025.
El tribunal también acuerda
inhabilitar al técnico y a Mas durante tres años para la profesión de
arquitecto, aparejador, constructor, promotor, técnico de la
administración en materia de urbanismo o cualquier otro cargo que
comporte la actividad de urbanismo o construcción o la de información o
gestión en órganos de la administración pública.
Respecto a los otros cinco enjuiciados en esta causa, la Audiencia
absuelve a dos promotores. Al primero, de los delitos de estafa y de
prevaricación urbanística y, al segundo, del de estafa.
También a tres
concejales en el momento de los hechos del ilícito de prevaricación
urbanística. Se trata de los exediles del PP Vicente Andrés y José Juan
Reus, quien es el actual alcalde de Llíber, y del PSPV José Ordines, que
estaba entonces en la oposición.
Igualmente, el tribunal
absuelve del delito de cohecho al exalcalde y al promotor Muntaner,
condenados por otros ilícitos. La sentencia no es firme y se puede
recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS).
La
resolución judicial considera probado que los tres empresarios
condenados anunciaban y ofrecían a través de agentes inmobiliarios del
Reino Unido la construcción de chalets en parcelas de suelo rústico no
urbanizable que mostraban a los interesados, a los que aseguraban que se
podía edificar, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de
la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Los promotores invitaban
incluso a que los compradores realizaran su propuesta de construcción
con croquis o características de las viviendas mientras les ocultaban
que sobre esos terrenos no se podían levantar edificaciones del tamaño
que proponían porque superaban el porcentaje máximo autorizado en
relación con la superficie de la parcela, lo que requería una
autorización de la Conselleria de Vivienda, "que difícilmente podrían
obtener", y otros "obstáculos insalvables o de muy difícil superación"
para que la casa pudiera construirse de forma legal.
Además,
les decían a sus clientes que podían solicitar información sobre la
legalidad de las obras y de las operaciones en el Ayuntamiento de
Llíber, donde les atendía el técnico municipal condenado, quien, de
acuerdo con los empresarios, tampoco les advertía de los obstáculos para
la construcción. De hecho, en alguno de los casos, el arquitecto llegó a
confirmar al perjudicado que le preguntaba que la construcción era
legal.
La sentencia añade que el arquitecto que trabajaba para
el consistorio también cobraba una retribución por la redacción de
memorias que se incorporaban a los respectivos expedientes
administrativos de licencia de obras para los chalets.
Así, el
condenado, como técnico municipal, informaba favorablemente, con apoyo
de la memoria que él mismo había elaborado, de la concesión de la
licencia antes de su deliberación y acuerdo en el pleno del
Ayuntamiento, donde era aprobada con el voto a favor del exalcalde del
PP, también penado, pese a que conocía que era manifiestamente contraria
a la normativa vigente.
Según la sentencia, los perjudicados confiaron en "la apariencia de
seriedad y legalidad" de estas actuaciones e hicieron pagos para la
construcción de las viviendas porque no sabían que estas "se levantaban
ilegalmente", que las licencias de obra eran "contrarias a la legalidad
vigente", que no obtendrían licencias de ocupación ni cédulas de
habitabilidad y que "en muchas ocasiones" no tendrían los servicios de
agua y electricidad en condiciones de normalidad.
El tribunal
concluye que muchos de los afectados por la estafa "no habrían llevado a
cabo los negocios de adquisición de las parcelas y construcción de las
viviendas si hubieran conocido los obstáculos a la construcción y la
ilegalidad de esta".
El juicio por estos hechos se celebró en
mayo de este año, en distintas sesiones, en la Sección Décima de la
Audiencia de Alicante y se sentaron en el banquillo diez personas, de
las que cinco han sido condenadas y otras tantas absueltas.
No fueron juzgados dos exediles socialistas ya fallecidos ni quien fuera secretaria municipal, que fue excluida del proceso debido a su incapacidad por padecer una enfermedad.
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