jueves, 2 de octubre de 2025

Condenados tres promotores, un arquitecto municipal y un exalcalde del PP en la trama de los chalets ilegales de Llíber

ALICANTE.- La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a tres promotores urbanísticos, a un arquitecto municipal y al exalcalde de Llíber, José Mas (PP), en la trama de los cerca de 300 chalets ilegales construidos en esta localidad de la Marina Alta entre 1999 y 2003.

En concreto, al técnico y a esos tres empresarios, entre los que está Miguel Muntaner, les impone una pena de dos años de cárcel por un delito continuado de estafa, para el que aprecia la atenuante de dilaciones indebidas, por haber engañado a decenas de clientes durante el proceso de compra y edificación de los inmuebles.

Además, condena al arquitecto y al exprimer edil a una multa de 1.800 euros para cada uno por un delito continuado de prevaricación urbanística, con la misma atenuante, según se desprende de la sentencia de esta causa, fechada a 25 de septiembre de 2025.

El tribunal también acuerda inhabilitar al técnico y a Mas durante tres años para la profesión de arquitecto, aparejador, constructor, promotor, técnico de la administración en materia de urbanismo o cualquier otro cargo que comporte la actividad de urbanismo o construcción o la de información o gestión en órganos de la administración pública.

Respecto a los otros cinco enjuiciados en esta causa, la Audiencia absuelve a dos promotores. Al primero, de los delitos de estafa y de prevaricación urbanística y, al segundo, del de estafa. 

También a tres concejales en el momento de los hechos del ilícito de prevaricación urbanística. Se trata de los exediles del PP Vicente Andrés y José Juan Reus, quien es el actual alcalde de Llíber, y del PSPV José Ordines, que estaba entonces en la oposición.

Igualmente, el tribunal absuelve del delito de cohecho al exalcalde y al promotor Muntaner, condenados por otros ilícitos. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS).

La resolución judicial considera probado que los tres empresarios condenados anunciaban y ofrecían a través de agentes inmobiliarios del Reino Unido la construcción de chalets en parcelas de suelo rústico no urbanizable que mostraban a los interesados, a los que aseguraban que se podía edificar, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Los promotores invitaban incluso a que los compradores realizaran su propuesta de construcción con croquis o características de las viviendas mientras les ocultaban que sobre esos terrenos no se podían levantar edificaciones del tamaño que proponían porque superaban el porcentaje máximo autorizado en relación con la superficie de la parcela, lo que requería una autorización de la Conselleria de Vivienda, "que difícilmente podrían obtener", y otros "obstáculos insalvables o de muy difícil superación" para que la casa pudiera construirse de forma legal.

Además, les decían a sus clientes que podían solicitar información sobre la legalidad de las obras y de las operaciones en el Ayuntamiento de Llíber, donde les atendía el técnico municipal condenado, quien, de acuerdo con los empresarios, tampoco les advertía de los obstáculos para la construcción. De hecho, en alguno de los casos, el arquitecto llegó a confirmar al perjudicado que le preguntaba que la construcción era legal.

La sentencia añade que el arquitecto que trabajaba para el consistorio también cobraba una retribución por la redacción de memorias que se incorporaban a los respectivos expedientes administrativos de licencia de obras para los chalets.

Así, el condenado, como técnico municipal, informaba favorablemente, con apoyo de la memoria que él mismo había elaborado, de la concesión de la licencia antes de su deliberación y acuerdo en el pleno del Ayuntamiento, donde era aprobada con el voto a favor del exalcalde del PP, también penado, pese a que conocía que era manifiestamente contraria a la normativa vigente.

Según la sentencia, los perjudicados confiaron en "la apariencia de seriedad y legalidad" de estas actuaciones e hicieron pagos para la construcción de las viviendas porque no sabían que estas "se levantaban ilegalmente", que las licencias de obra eran "contrarias a la legalidad vigente", que no obtendrían licencias de ocupación ni cédulas de habitabilidad y que "en muchas ocasiones" no tendrían los servicios de agua y electricidad en condiciones de normalidad.

El tribunal concluye que muchos de los afectados por la estafa "no habrían llevado a cabo los negocios de adquisición de las parcelas y construcción de las viviendas si hubieran conocido los obstáculos a la construcción y la ilegalidad de esta".

El juicio por estos hechos se celebró en mayo de este año, en distintas sesiones, en la Sección Décima de la Audiencia de Alicante y se sentaron en el banquillo diez personas, de las que cinco han sido condenadas y otras tantas absueltas. 

No fueron juzgados dos exediles socialistas ya fallecidos ni quien fuera secretaria municipal, que fue excluida del proceso debido a su incapacidad por padecer una enfermedad.

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