MADRID.- El Consejo de Ministros ha aprobado un
anteproyecto de ley que incluye elevar de cinco a 10 años la
prescripción del delito fiscal y aumentar de dos a seis años, en lugar
de uno a cinco años, las penas de cárcel impuestas a los defraudadores.
El nuevo tipo agravado de delito fiscal se aplicará cuando la cuantía
de la cuota defraudada exceda de 600.000 euros por ejercicio o cuando la
defraudación se haya cometido en el seno de una organización o grupo
criminal. La ley mantendrá la consideración de delito fiscal por
cantidades por encima de los 120.000 euros.
Este tipo agravado
de defraudación también se aplicará cuando se utilicen negocios, entes o
territorios que dificulten u oculten la identidad del obligado
tributario o la determinación de la cuantía defraudada.
Así lo
ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría,
en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, quien explicó
que estas modificaciones afectan a "los delitos fiscales, los fraudes
masivos y a la Seguridad Social", con el objetivo de "luchar contra el
fraude y la economía sumergida".
Para introducir estos cambios,
el Gobierno modificará el Código Penal (CP) en materia de delito fiscal
y contra la Seguridad Social. La propuesta parte de los ministros de
Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y Empleo y Seguridad
Social.
El anteproyecto de ley también fija mejoras técnicas
destinadas a favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o
la recaudación. Entre ellas figuran rebajas de penas por reparación del
perjuicio económico causado a la Hacienda Pública.
Este
atenuante se aplicará en los casos de regularización dentro de los dos
primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos
en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos
responsables.
Por otro lado, la Administración Tributaria podrá
reclamar las cantidades defraudadas durante la tramitación del proceso
penal, lo que evitará que los defraudadores malvendan los bienes durante
el proceso y se declaren insolventes para no pagar. En la actualidad,
se exige el pronunciamiento expreso del juez.
Además, Gobierno
aumentará el control de las tramas defraudatorias y no será necesario
esperar a que transcurra el ejercicio completo cuando la defraudación
supere los 120.000 euros. En la actualidad se debe atender a lo
defraudado en todo el año natural y por ello esperar a la finalización
del mismo para denunciar.
El Gobierno endurece de cinco a seis años de cárcel los delitos
agravados contra la Seguridad Social y amplía la prescripción de cinco a
diez años para evitar casos de empresas ficticias y talleres
clandestinos.
Asimismo, se reduce la cuantía mínima de la
defraudación de 120.000 euros a 50.000 euros, que incluirá toda la deuda
no prescrita. Por otra parte, se sancionará a aquellos que empleen
simultáneamente a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta
en la Seguridad Social, o sin la autorización de trabajo.
Por
último, se considerará delito de falsedad documental la falsificación de
certificaciones por terceros de documentos de la Seguridad Social, y se
introduce un nuevo delito contra los supuestos de falseamiento de la
contabilidad de las Administraciones Públicas, cuando afecten al
patrimonio público.
El Gobierno introduce también la
inhabilitación de hasta diez años de los gestores públicos que falseen
datos de las cuentas públicas, planteadas en la Ley de Estabilidad
Presupuestaria y la Ley de Transparencia.
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