ALICANTE.- El exalcalde de Alicante y diputado autonómico
Luis Díaz Alperi ha solicitado que se deje sin efecto la citación para
declarar el próximo 19 de octubre ante el Tribunal Superior de Justicia
de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en calidad de imputado, dado que,
según mantiene, existe una vulneración de su derecho de defensa por la
falta de concreción de los hechos que se le imputan en la causa en la
que se investigan presuntas irregularidades en la tramitación del Plan
General de Ordenación Urbanística (PGOU) de la ciudad, derivada del
'caso Brugal'.
El magistrado Juan Climent, instructor de esta causa en el
TSJCV, dictó una providencia el pasado lunes en la que se citaba tanto a
Díaz Alperi como a su sucesora en el cargo Sonia Castedo, para declarar
como imputados el próximo 19 de octubre. Los dos mandatarios, también
diputados autonómicos y por tanto aforados, están llamados a declarar
por los supuestos delitos de revelación información privilegiada
facilitada por autoridad, tráfico de influencias y cohecho.
El exalcalde presentó esta semana un recurso de reforma y de
nulidad en el que solicita que se anule y se deje sin efecto la
providencia dado que, al "no conocer los hechos imputados, no se puede
dar explicación ni descargo, ni proponer diligencias al respecto". Díaz
Alperi entiende en el recurso que en la providencia "no se detallan los
hechos concretos" que se le atribuyen, "no se pondera racionalmente la
verosimilitud de esa atribución ni se explican las razones por las que
tales hechos son delitos".
En este sentido, en el recurso, la defensa del exalcalde
señala que en la exposición razonada del juzgado que investigó
inicialmente el caso y que lo decidió elevar al TSJCV se apuntaba la
existencia de "indicios" para justificar su citación, un escrito que el
letrado considera que no relata los hechos.
De igual modo opina sobre el auto por el que la sala asumió la
competencia del TSJCV para la insturcción, en el que subraya que no se
imputa a su cliente, mientras que en la providencia del pasado lunes, el
instructor decide la imputación "sobre los hechos objetos del presente
procedimiento".
En esta línea, argumenta que la falta de concreción de la
providencia viola el derecho a la defensa y a la tutela judicial
efectiva, porque tampoco impide combatir los argumentos mediante los
oportunos recursos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario