VALENCIA.- El caso Erial, en el que se investigan presuntos sobornos a cambio de
adjudicaciones de las ITV y el Plan Eólico Valenciano, seguirá
investigándose en València, mientras que el expresident de la
Generalitat y exministro con el PP Eduardo Zaplana deberá seguir
compareciendo periódicamente en el juzgado: "No acredita que no haga
vida normal ni que no asista a eventos públicos de todo tipo como
restaurantes, cafeterías o gimnasios".
Así
se desprende de dos resoluciones dictadas, la primera, por la sección
quinta de la Audiencia de Valencia, que desestima el recurso a la
decisión de la jueza del caso de que se siguiera la investigación en
València; y la segunda, que emana del propio juzgado, y desestima la
petición de Zaplana de suprimir o reducir sus comparecencias ante el
órgano competente.
Respecto
a la resolución de la Audiencia, la defensa de Zaplana reclamó primero a
la jueza que el procedimiento se remitiera a Madrid al considerar que
los presuntos delitos por los que se investiga al expresident se
cometieron en el extranjero, fuera del partido judicial de València. La
instructora rechazó este argumento y ahora la Audiencia también lo
desestima.
En la nueva resolución, el tribunal valenciano
afirma, por un lado, que los investigados solo pueden plantear cuestión
de competencia dentro de los tres primeros días del plazo concedido para
calificar, estando vedado en fase de instrucción.
Asímismo,
señala que ninguno de los hechos investigados queda dentro del catálogo
de delitos cuya competencia viene atribuida a la Audiencia Nacional.
Recuerda, además, que las acciones han sido realizadas "no ya solo en
España, sino en y desde València", con independencia de que para
asegurar los frutos de las "ilícitas" actuaciones, "se hubieran validado
los investigados y las sociedades por ellos creadas de otras personas
físicas y/o jurídicas ubicadas en el extranjero y manejaran cuentas de
entidades bancarias de paraísos fiscales".
Por otro lado, la
defensa de Zaplana también pidió recientemente al juzgado la supresión
de las comparecencias o, alternativamente, una reducción, y fundamentó
su petición en dos aspectos. El primero, recordaba que el juzgado ya se
pronunció sobre la ausencia de riesgo de fuga o de ocultación de
pruebas. Y el segundo, hacía referencia al coronavirus y al riesgo de
contagio.
La jueza, tras estudiar la petición, la deniega. Tanto
la de Zaplana como la del empresario Vicente Cotino, quien también
reclamó esta posibilidad. Indica, sobre el coronavirus: "Nos encontramos
ante una 'nueva normalidad' y ello supone la libertad de circulación
con el resto del mundo. Todos trabajan, conviven con otras personas,
salen a la calle, etc, no existiendo más riesgo que el que tendría
cualquiera de los ciudadanos por ir a firmar el 'apud acta' acordado en
una oficina que se encuentre en plena calle, sin aglomeración y al aire
libre".
En esta línea, advierte: "Sin ninguna limitación de
hacer una vida cotidiana y si ninguno de los solicitantes está sometido a
'encierro domiciliario por prescripción médica', tampoco existe
inconveniente en que puedan seguir efectuando las comparecencias
impuestas en su día".
Es más, apostilla: "No han variado las
circunstancias que dieron lugar a la adopción de las medidas, ni tampoco
han desaparecido los indicios de los delitos que se presume han
cometido, por el contrario, cuando más se avanza en la instrucción, más
se refuerzan".
Y se remite a la contestación del fiscal para
concluir: "El escrito no concreta tampoco ni señala que la vida de
Eduardo Zaplana haya dejado de ser normal; no indica que por
prescripción médica no pueda salir a la calle o que no asista a eventos
públicos de todo tipo como restaurantes, cafeterías o gimnasios; o tenga
prohibido reunirse con personas o limitar sus movimientos; ni por
supuesto existe ningún riesgo de aglomeraciones dado que las
comparecencias semanales se realizan en la vía pública, en unas
dependencias exteriores de la Ciudad de la Justicia, por cuanto ni
siquiera tiene que acceder dentro de un recinto cerrado".
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