VALENCIA.- El caso Erial,
en el que se investigan presuntos sobornos a cambio de adjudicaciones
de las ITV y el Plan Eólico Valenciano, seguirá investigándose en
Valencia, mientras que el ex presidente de la Generalitat Valencia y ex
ministro con el PP Eduardo Zaplana deberá seguir
compareciendo periódicamente en el juzgado: "No acredita que no haga
vida normal ni que no asista a eventos públicos de todo tipo como restaurantes, cafeterías o gimnasios".
Así se desprende de dos resoluciones dictadas, la primera, por la sección quinta de la
Audiencia de Valencia, que desestima el recurso a la decisión de la juez
del caso de que se siguiera la investigación en Valencia; y la segunda,
que emana del propio juzgado, y desestima la petición de Zaplana de
suprimir o reducir sus comparecencias ante el órgano competente.
Respecto a la resolución de la Audiencia, la defensa de Zaplana
reclamó primero a la juez que el procedimiento se remitiera a Madrid al
considerar que los presuntos delitos por los que se investiga al 'ex
president' se cometieron en el extranjero, fuera del partido judicial de
Valencia.
La instructora rechazó este argumento y ahora la Audiencia
también lo desestima.
En la nueva resolución, el tribunal valenciano afirma, por un lado,
que los investigados solo pueden plantear cuestión de competencia
dentro de los tres primeros días del plazo concedido para calificar,
estando vedado en fase de instrucción.
Así mismo, señala que
ninguno de los hechos investigados queda dentro del catálogo de delitos
cuya competencia viene atribuida a la Audiencia Nacional. Recuerda,
además, que las acciones han sido realizadas "no ya solo en España, sino en y desde Valencia",
con independencia de que para asegurar los frutos de las "ilícitas"
actuaciones, "se hubieran validado los investigados y las sociedades por
ellos creadas de otras personas físicas y/o jurídicas ubicadas en el
extranjero y manejaran cuentas de entidades bancarias de paraísos
fiscales".
Por otro lado, la defensa de Zaplana también pidió recientemente al juzgado la supresión de las comparecencias o,
alternativamente, una reducción, y fundamentó su petición en dos
aspectos. El primero, recordaba que el juzgado ya se pronunció sobre la ausencia de riesgo de fuga o de ocultación de pruebas. Y el segundo, hacía referencia al coronavirus y al riesgo de contagio.
La juez, tras estudiar la petición, la deniega. Tanto la de Zaplana como la del empresario Vicente Cotino,
quien también reclamó esta posibilidad. Indica, sobre el coronavirus:
"Nos encontramos ante una 'nueva normalidad' y ello supone la libertad
de circulación con el resto del mundo. Todos trabajan, conviven con
otras personas, salen a la calle, etc, no existiendo más riesgo que el
que tendría cualquiera de los ciudadanos por ir a firmar el 'apud acta'
acordado en una oficina que se encuentre en plena calle, sin
aglomeración y al aire libre".
En esta línea, advierte: "Sin ninguna limitación de hacer una vida
cotidiana y si ninguno de los solicitantes está sometido a 'encierro
domiciliario por prescripción médica', tampoco existe inconveniente en
que puedan seguir efectuando las comparecencias impuestas en su día".
Es más, apostilla: "No han variado las circunstancias que dieron lugar
a la adopción de las medidas, ni tampoco han desaparecido los indicios
de los delitos que se presume han cometido, por el contrario, cuando más
se avanza en la instrucción, más se refuerzan".
Y se remite a la contestación del fiscal para concluir: "El escrito no concreta tampoco ni señala que la vida de Eduardo Zaplana haya dejado de ser normal;
no indica que por prescripción médica no pueda salir a la calle o que
no asista a eventos públicos de todo tipo como restaurantes, cafeterías o
gimnasios; o tenga prohibido reunirse con personas o limitar sus
movimientos; ni por supuesto existe ningún riesgo de aglomeraciones dado
que las comparecencias semanales se realizan en la vía pública, en unas
dependencias exteriores de la Ciudad de la Justicia, por cuanto ni
siquiera tiene que acceder dentro de un recinto cerrado".
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