domingo, 17 de mayo de 2020

Novedades de la desescalada que estarán activas a partir de este lunes

MADRID.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado una orden del Ministerio de Sanidad que fija las condiciones de aplicación de la fase 1 -catorce comunidades que suponen el resto del territorio-. A continuación se desarrollan las principales novedades:

– La orden suaviza además medidas de restricción de las zonas de la fase 1 -todo el territorio menos la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona, parte de Castilla y León y las cuatro islas en fase 2-.
– Comercio. Se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios asimilados con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados.
En establecimientos con una superficie útil superior, se establece que se pueda acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.
La orden introduce también una disposición adicional tercera sobre acciones comerciales o de promoción que autoriza a efectuar rebajas en los establecimientos comerciales “acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas” en la orden.
De incumplirse estas reglas, agrega esta disposición, los comercios deberán efectuar el “cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario”.
– Caza y pesca deportiva. Se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa.

Control y sanciones
– La orden dicta que los servicios de inspección municipales, autonómicos o de policía especial, cada uno en el ámbito de sus competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas e instruir los procedimientos sancionadores.

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