MURCIA.- La compañía
aérea Ryanair deberá indemnizar con 250 euros a cada uno a dos pasajeros
que se vieron perjudicados con la cancelación de un vuelo
Alicante-Francfort porque no acreditó que hubiera reaccionado
debidamente para tratar de evitar la huelga que utilizó como justificación para su anulación.
Así
se recoge en la sentencia dictada por el juzgado de lo mercantil nº 2 de Murcia, que estima parcialmente la reclamación hecha por estos
pasajeros, que vieron cómo se suspendía el vuelo previsto para el diez
de agosto de 2018 y que tuvieron que acudir a otra compañía para hacer
el viaje.
La
demandada alegó que no tuvo responsabilidad alguna en lo ocurrido y que
la suspensión del vuelo fue debida a la huelga convocada por los
miembros de tripulación de cabina, que afectó a todos los aeropuertos de
Alemania con los que opera la compañía.
Y
añadió que la huelga fue iniciada "ex novo" para reivindicar ciertos
derechos que nunca habían tenido los empleados dentro de sus condiciones
laborales, por lo que no estaba relacionada con cambios en las
relaciones de trabajo existentes hasta entonces.
Al
estimar parcialmente la demanda, el juzgado de lo mercantil dice que lo
hace porque Ryanair no ha demostrado por qué no incluyó ese vuelo en
sus servicios mínimos ni los esfuerzos que hizo para evitar la huelga.
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