viernes, 31 de mayo de 2024

Más de 45.500 electores valencianos piden el voto por correo

 VALENCIA.- Un total de 45.584 electores de la Comunitat Valenciana han solicitado el voto por correo para las elecciones europeas: 29.523 de forma presencial y 16.061 on line.

Por provincias, en Valencia se han registrado 27.174 solicitudes de voto por correo (17.272 presenciales y 9.902 on line), en Alicante 13.179 (8.649 presenciales y 4.530 on line) y en Castellón 5.231 (3.602 presenciales y 1.629 on line).

Los ciudadanos que hayan solicitado este sistema de voto tienen de plazo hasta el próximo 7 de junio a las 14.00 horas para depositar el voto en las oficinas de Correos, un plazo que ha sido ampliado por la Junta Electoral Central.

A partir de ahí, Correos dispone de plazo hasta el 5 de junio para entregar el sobre con toda la documentación necesaria --incluidas las papeletas-- en la dirección que haya indicado el solicitante.

Como en anteriores citas electorales, los repartidores de Correos intentarán entregar personalmente al votante hasta un máximo de dos veces la documentación. Tras ello, dejarán un aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente.

A partir de ahora, el elector tiene de plazo hasta el viernes 7 de junio para depositar la documentación en cualquier oficina de Correos de España. Allí, los trabajadores de Correos exigirán al votante que se identifique con el DNI o un documento análogo.

En el caso de que la persona interesada no se encuentre presente en la dirección indicada cuando los repartidores de Correos intenten entregar en persona la documentación, el voto permanecerá en la oficina postal que corresponda.

El depósito del voto deberá efectuarse en los horarios habituales de las oficinas postales.

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre.

 La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral de Zona correspondiente. 

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