martes, 15 de abril de 2025

El consejo de gobierno de la Universidad de Alicante modifica las instrucciones para la matrícula del curso 2025-2026

 ALICANTE.- El consejo de gobierno de la Universidad de Alicante (UA), reunido este martes en sesión ordinaria, ha aprobado, entre otras cuestiones de índole interna, la modificación de las instrucciones para la matrícula del curso 2025-2026.

El vicerrector de Estudiantes y Empleo, Raúl Ruiz Callado, ha defendido que "el nuevo documento contempla modificaciones que mejoran el procedimiento y las condiciones de acceso del estudiantado", según ha informado la institución académica en un comunicado.

Una de las cuestiones relativas al alumnado de nuevo ingreso "es la necesidad de confirmar, expresamente, la voluntad de querer permanecer en la lista de espera", algo que se tendrá que comunicar a través de la plataforma de preinscripción de la Generalitat Valenciana. De lo contrario, "se dará por entendida la renuncia del estudiantado", ha apuntado.

Según el máximo responsable del estudiantado en la UA, "con esto se logrará agilizar el corrimiento de listas y la incorporación a las titulaciones, al eliminarse de ellas a las personas que no tengan interés en permanecer en las mismas".

Otra novedad es la introducción de la modalidad de pago en dos plazos, tanto en efectivo como domiciliado, y se incorpora, en la modalidad de ocho periodos, la posibilidad de abonar en efectivo (anteriormente solo se permitía en domiciliado).

Y ha puntualizado que "dentro del efectivo se da la posibilidad de pagar mediante la plataforma Flyware, pero solo para pagos realizados desde países fuera de la Unión Europea (UE)".

De acuerdo con la normativa vigente, el documento aprobado por unanimidad también incorpora dos nuevas exenciones al pago de matrícula: "Haber sufrido lesiones invalidantes en operaciones internacionales de paz y seguridad y tener la condición de persona refugiada o con derecho a la protección subsidiaria".

Finalmente, Ruiz Callado ha advertido de que "para todo el estudiantado extranjero que no tenga la condición de residente, excluidos los nacionales de estados miembros de la UE y aquellos a quienes les sea de aplicación el régimen comunitario, será necesario aportar la justificación de la residencia en España para aplicar el mismo precio previsto para el alumnado nacional". 

A estos efectos, ha añadido, que "la autorización de estancia no equivale a la condición de residente".

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