sábado, 28 de marzo de 2020

El Gobierno aprueba la vigilancia de los movimientos de los ciudadanos con datos de las operadoras

MADRID.- El Instituto Nacional de Estadística (INE) monitorizará sobre la movilidad de los españoles «en los días previos y durante el confinamiento» decretado por el estado de alarma, a partir de datos de movimientos que le suministren las operadoras de telefonía.

Así lo refleja una orden publicada este sábado en el BOE, por la que el Ministerio de Sanidad encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones en el ámbito digital y estadístico para la gestión de la crisis sanitaria.
Son medidas que la vicepresidenta Nadia Calviño anunció el pasado 23 de marzo y que aparecen reflejadas en detalle en la orden publicada este sábado por el Ministerio de Sanidad.

Entre esas medidas figura la elaboración de un “estudio de la movilidad” de los españoles aplicada a la crisis sanitaria. Será similar, y así lo dice la orden, al que está haciendo el INE sobre el movimiento poblacional en general a partir de datos que le suministran las principales ‘telecos’ y que generó controversia meses atrás por las dudas sobre el anonimato de esos datos.
Como en ese caso, la orden garantiza que el cruce de datos de los operadores móviles se deberá hacer de manera agregada y “anonimizada”, respetando la legislación española y comunitaria sobre protección de datos.
Por otra parte, el Ministerio de Sanidad encarga también en la orden a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial el desarrollo urgente de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Sera una app que permitirá «realizar al usuario la autoevaluación, en base a los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que esté infectado por el Covid-19, ofrecer información al usuario sobre el Covid-19 y proporcionar al usuario consejos prácticos y recomendaciones de acciones a seguir según la evaluación», señala la disposición.
La app permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar. La aplicación puede incluir dentro de sus contenidos enlaces con portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a información y servicios disponibles a través de Internet.
«La aplicación no constituirá, en ningún caso, un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos», aclara la orden, «y no sustituirá en ningún caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado». 

El responsable del tratamiento será el Ministerio de Sanidad y el encargado del tratamiento y titular de la aplicación será la Secretaría General de Administración Digital.

Chatbot

Otra medida recogida en la orden es el desarrollo de «un asistente conversacional/chatbot para ser utilizado por WhatsApp y otras aplicaciones de mensajería instantánea, que proporcionará información oficial ante las preguntas de la ciudadanía».
El diseño estará basado en información oficial del Ministerio de Sanidad. El responsable del tratamiento será el Ministerio de Sanidad y el encargado del tratamiento y titular del chatbot será la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial a través de la Subdirección General de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras Digitales.
Otros encargos del Gobierno a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial son el desarrollo de «una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles» y la creación de «un punto central de coordinación para la evaluación de otras propuestas tecnológicas por parte de otros organismos y entidades».
En el texto, se especifica que todos los ciudadanos que usen la futura aplicación dispuesta para comprobar si tienen síntomas podrán ser geolocalizados, «a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en la que dice estar».
«La aplicación no constituirá, en ningún caso, un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos. La utilización de la aplicación no sustituirá en ningún caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado», añade el BOE.

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