MADRID.- Alicante es la segunda capital española en número de
inmuebles aportados por los bancos para alquilar a desahuciados dentro
del Fondo Social de Vivienda (FSV), con un total de 157, y le sigue en
esta clasificación Valencia, con 106.
La ciudad de Madrid es la
que más dispone con 168 viviendas, y la cuarta es Tarragona con las
mismas que Valencia (106) mientras que San Sebastián, Lugo, Pamplona y
Bilbao no cuentan con ninguna.
Según los últimos datos
disponibles, el fondo cuenta con 5.047 viviendas, cifra inferior a los
5.891 pisos anunciados, diferencia que se explica principalmente porque
CaixaBank ha organizado su aportación de 850 inmuebles por trimestres y
en el periodo enero marzo ha incluido los primeros 200.
Más de la mitad (2.648) tienen tres habitaciones, mientras que otras 1.209 son de dos, 436 de cuatro y 277 de una habitación.
Las
entidades financieras que aportan inmuebles a FSV tienen como fin
alquileres entre personas que han sufrido un desahucio a partir de 2008.
Está previsto que esta semana comience la asignación de los primeros pisos entre los solicitantes.
Durante
el mes de marzo los bancos han ido recibiendo las solicitudes de los
interesados en un alquiler, proceso en el que han colaborado los
servicios sociales de los ayuntamientos y diputaciones, y en los
próximos días concluirán su análisis y comenzarán a adjudicar las
viviendas.
La comisión de coordinación y seguimiento del fondo, en
la que están presentes miembros de varios ministerios, municipios, ONG y
entidades financieras, se reunirá la segunda semana de abril para
conocer los primeros datos, según las fuentes consultadas.
Los
contratos de alquiler, cuyo precio oscila entre 150 y 400 euros
mensuales, se deben firmar antes del 15 de mayo próximo y durarán dos
años, prorrogables por uno más.
Pueden acceder a un alquiler las
personas desalojadas de su residencia habitual después del 1 de enero de
2008, con ingresos familiares inferiores a tres veces el IPREM
(1.597,53 euros mensuales) y que cumplan alguno de los supuestos de
especial vulnerabilidad.
Se considera dentro de este colectivo a
familias numerosas; unidades familiares monoparentales con dos hijos o
más, con algún menor de tres años a su cargo, con personas con una
discapacidad superior al 33 por ciento o dependencia que incapacite
permanentemente para trabajar y algunos supuestos de violencia de
género.
También están incluidos deudores en paro y que hayan
agotado la prestación, unidades familiares en las que convivan con el
deudor una o más personas unidas al titular de la hipoteca o a su
cónyuge por vínculo hasta el tercer grado de consanguinidad y que estén
en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave, así como
aquellas en las que exista una víctima de violencia de género.
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