ALICANTE.- La familia de Miguel Hernández ha presentado
una demanda ante el Comité de Derechos Humanos, Civiles y Políticos de
Naciones Unidas (ONU), después de que el Tribunal Constitucional (TC) no
admitiera un recurso previo por el que se solicitaba la revisión y
nulidad de la sentencia que condenó a muerte al poeta en 1940.
El letrado de la familia, Carlos Candela, ha informado de esta
medida durante una rueda de prensa de la Comisión Cívica de Alicante
para la Recuperación de la Memoria Histórica. Así, ha recordado que el
hecho de acudir a los tribunales internacionales se ha tomado al haber
"agotado" los trámites a nivel nacional.
En este sentido, ha relatado que en 2009 la Comisión y la familia
de Hernández iniciaron el proceso para conseguir la nulidad de la
sentencia a muerte del poeta, por lo que se presentó una petición de
reconocimiento administrativo de acuerdo con la Ley de Memoria
Histórica, que fue concedida en marzo del año siguiente.
A continuación, en 2010 se presentó el recurso de revisión de la
sentencia y se tramitó en la sala quinta de lo Militar del Tribunal
Supremo (TS), si bien en febrero de 2011 se denegó su admisión. Candela
ha indicado que el paso siguiente fue acudir el TC, ante el que se
interpuso un recurso de amparo que, "con una providencia de cuatro
líneas", también fue rechazado.
De esta manera, ha manifestado que "a partir de ahí los trámites a
nivel nacional estaban terminados", por lo que plantearon acudir a los
tribunales internacionales "para interponer la demanda procedente".
"Pensé que nos convenía acudir al Comité de Derechos Humanos, Civiles y
Políticos de Naciones Unidas", ha apuntado, al tiempo que ha confirmado
que "en estos días" ha terminado el recurso y lo ha "mandado" a la sede
del organismo, en Ginebra.
En cuanto a los motivos de esta denuncia, ha explicado se trata de
un asunto nuevo para el mencionado comité, y que, en base a los datos
existentes, "en general la estadística refleja mayor admisión genérica
de recursos". Igualmente, ha argumentado "cuestiones prácticas", ya que
se admite el español como idioma oficial, además del inglés y el
francés.
El abogado ha expuesto como base "fundamental" del recurso el
artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que dice
que "toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los
tribunales nacionales competentes que la ampare contra actos que violen
sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o la ley".
Además, ha agregado que el organismo de Naciones Unidas tiene una
legislación propia que en su artículo 2 señala que "toda persona cuyos
derechos y libertades hayan sido violados podrá interponer un recurso
efectivo".
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