VALENCIA.- Ecologistes en Acció del País Valencia considera escandaloso e inaudito el auto aclaratorio del TSJ de la Comunidad Valenciana donde se le da la vuelta al auto anterior que aceptaba nuestra petición de suspensión cautelar del Plan Parcial PAU 21 de Orihuela.
No encontramos otra explicación a esta sorprendente rectificación que las supuestas presiones ejercidas por la empresa urbanizadora sobre el Tribunal Superior de Justicia, que han conducido al ridículo con este auto “aclarador” y contradictorio, que cambia el sentido del fallo anterior, con la excusa de “una serie infortunada de circunstancias informáticas”, por la cual se “coló” un fallo que correspondía a otro procedimiento judicial.
La empresa GMP Nueva Residencial SL (compradora de la Torre del BBVA del Paseo de la Castellana de Madrid), que pertenece a la familia Montoro, con relaciones económicas con Ricardo Romero de Tejada, exnúmero 2 del PP madrileño, pidió una rectificación del fallo porque, según ellos, encontraban contradicciones significativas, y a partir de aquí se revisó el expediente y entonces se dieron cuenta del “error” informático.
Ante esta situación, Ecologistes en Acció del País Valencià presentará un recurso de suplica ante el TSJ, donde se pedirá la nulidad del auto “aclaratorio”, ya que según el art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial nunca una aclaración puede suponer un cambio en el sentido del fallo judicial. También se solicitará de nuevo la suspensión cautelar del Plan Parcial PAU 21 porque no está garantizado el abastecimiento hídrico al sector por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura ni de la Mancomunidad de Canales del Taibilla.
Posteriormente, si este recurso no prosperara, se presentará una queja ante el Consejo General del Poder Judicial para que se abra una investigación tras la emisión por parte de la sala de lo Contencioso Administrativo, sección 1, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), de estos dos autos contradictorios sobre el PAU 21 de Orihuela, un plan urbanístico que se está ejecutando en el corazón del futuro Parque Natural de Sierra Escalona. Ambos autos están dictados por Edilberto Narbón Lainez como presidente y por los magistrados Juan Luis Lorente Almiñana y Carlos Altarriba Cano (ponente).
Desde ámbitos jurídicos se ha comentado que no existen precedentes en los últimos 25 años de una actuación judicial como esta y nos han trasmitido su sorpresa ante una situación inédita en la jurisprudencia, ya que un auto aclaratorio, no puede cambiar el sentido del ya emitido, sino puntualizar o aclarar ciertos aspectos oscuros o rectificar errores numéricos.
En resumen, consideramos un auténtico escándalo judicial esta situación que supone un duro golpe para la credibilidad del sistema judicial valenciano, así como para el medio ambiente del País Valenciano.
www.ecologistasenaccion.org
No encontramos otra explicación a esta sorprendente rectificación que las supuestas presiones ejercidas por la empresa urbanizadora sobre el Tribunal Superior de Justicia, que han conducido al ridículo con este auto “aclarador” y contradictorio, que cambia el sentido del fallo anterior, con la excusa de “una serie infortunada de circunstancias informáticas”, por la cual se “coló” un fallo que correspondía a otro procedimiento judicial.
La empresa GMP Nueva Residencial SL (compradora de la Torre del BBVA del Paseo de la Castellana de Madrid), que pertenece a la familia Montoro, con relaciones económicas con Ricardo Romero de Tejada, exnúmero 2 del PP madrileño, pidió una rectificación del fallo porque, según ellos, encontraban contradicciones significativas, y a partir de aquí se revisó el expediente y entonces se dieron cuenta del “error” informático.
Ante esta situación, Ecologistes en Acció del País Valencià presentará un recurso de suplica ante el TSJ, donde se pedirá la nulidad del auto “aclaratorio”, ya que según el art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial nunca una aclaración puede suponer un cambio en el sentido del fallo judicial. También se solicitará de nuevo la suspensión cautelar del Plan Parcial PAU 21 porque no está garantizado el abastecimiento hídrico al sector por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura ni de la Mancomunidad de Canales del Taibilla.
Posteriormente, si este recurso no prosperara, se presentará una queja ante el Consejo General del Poder Judicial para que se abra una investigación tras la emisión por parte de la sala de lo Contencioso Administrativo, sección 1, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), de estos dos autos contradictorios sobre el PAU 21 de Orihuela, un plan urbanístico que se está ejecutando en el corazón del futuro Parque Natural de Sierra Escalona. Ambos autos están dictados por Edilberto Narbón Lainez como presidente y por los magistrados Juan Luis Lorente Almiñana y Carlos Altarriba Cano (ponente).
Desde ámbitos jurídicos se ha comentado que no existen precedentes en los últimos 25 años de una actuación judicial como esta y nos han trasmitido su sorpresa ante una situación inédita en la jurisprudencia, ya que un auto aclaratorio, no puede cambiar el sentido del ya emitido, sino puntualizar o aclarar ciertos aspectos oscuros o rectificar errores numéricos.
En resumen, consideramos un auténtico escándalo judicial esta situación que supone un duro golpe para la credibilidad del sistema judicial valenciano, así como para el medio ambiente del País Valenciano.
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