ALICANTE.- El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el
recurso presentado por la exdirectora general de Caja Mediterráneo (CAM)
María Dolores Amorós contra la sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana que ratificó la decisión de un
juzgado de lo social de Alicante de declarar su despido como procedente.
Con ello, la exresponsable de la caja se queda sin los 10 millones
de euros que reclamaba en concepto de lucro cesante y sin la doble
indemnización por el despido acordado por los administradores del FROB,
según ha informado en un comunicado el despacho de abogados Broseta. Con
esta decisión, Amorós tampoco recibirá una pensión que se fijó de casi
370.000 euros anuales.
El juzgado de lo social nº 4 de Alicante desestimó en marzo de 2012
la demanda presentada por Amorós, y decretó que su salida de la entidad
había sido procedente, al entender que las conductas imputadas en la
carta de despido sí habían quedado acreditadas.
Amorós recurrió esta resolución ante la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que en
septiembre de 2012 desestimó también el recurso interpuesto y confirmó
la sentencia.
Tras esto, María Dolores Amorós interpuso ante el TS un recurso de
casación para unificación de doctrina contra esta última sentencia.
A
hora, en un auto contra el que no cabe recurso, el Tribunal Supremo ha
declarado la inadmisión del recurso interpuesto por María Dolores
Amorós.
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