ORIHUELA.- La titular del juzgado de primera instancia e
instrucción nº 3 de Orihuela ha declarado su tribunal
"incompetente" para conocer la demanda de juicio verbal de desahucio
por precario del Palacio de Justicia de la localidad, presentada por el
Ayuntamiento oriolano contra la Conselleria de Justicia, al tiempo que
ha apuntado como "territorialmente competente" al juzgado de primera
instancia de Alicante.
En un auto fechado el pasado 14 de junio, remitido por el
consistorio de la población, la juez entiende que los juzgados
competentes para conocer la presente demanda son los de Alicante, como
capital de provincia, en base al artículo 15 de la Ley 52/1997, de 27 de
noviembre de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Esta norma establece un fuero territorial especial para el
conocimiento y resolución de los procesos civiles en que sea parte el
Estado, los organismos públicos o los órganos constitucionales, "de lo
que cabe entender que dicha especialidad foral se refiere al Estado y
órganos públicos dependientes de él y órganos que la Constitución
específicamente establece".
Así, cita la subdisposición Adicional Cuarta, que "extiende su
aplicación expresamente a las comunidades autónomas y entidades de
derecho público dependientes de ella, como ocurre en el presente caso,
en que la demanda se formula frente a la Conselleria de Justicia de la
Generalitat valenciana".
De este modo, la juez declara la "incompetencia territorial" de su
tribunal para conocer la demanda de juicio verbal de desahucio por
precario, al tiempo que considera "territorialmente competente" al
juzgado de primera instancia de Alicante, "que por turno de reparto
corresponda", por lo que dispone remitir al juzgado decano de la
circunscripción declarada las actuaciones.
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