MADRID.- La Asociación de Transporte 
Internacional por Carretera (Astic) ha aplaudido la sentencia para la 
devolución del céntimo sanitario que el Tribunal Supremo ha dado a 
conocer el pasado jueves, ya que no ofrece "ni peros, ni condiciones" a las 
4.000 reclamaciones de transportistas españoles. 
Según ha explicado en un comunicado, el céntimo sanitario, que
 estuvo en vigor durante diez años (2002-2012), se reembolsará a todos 
los que hayan presentado los recursos correspondientes. Por ello, 
considera que se trata de "una victoria para el sector", que ha 
trabajado durante muchos años "para reivindicar la ilegalidad de esta 
carga impositiva".
La patronal ha explicado que la resolución del TS señala que 
la Comisión Europea alertó de la "ilegalidad" del impuesto antes de la 
aprobación de la ley, a pesar de lo cual la Administración decidió 
"ejecutar unilateralmente" esta medida.
"Desde Astic aplaudimos esta buena noticia", ha indicado la 
patronal, que ha trasladado su felicitación a todos los que trabajan en 
el transporte por carretera y que han dedicado "mucho tiempo y esfuerzo 
para luchar contra este injusto gravamen".
Por su parte, el abogado de 'portalabogados.es' Antonio 
Martínez, que ha ganado uno de esos recursos en el TS en nombre de la 
Confederación Española de Transportistas y otros grupos y particulares, 
ha afirmado que la sentencia es "muy positiva", ya que reconoce todos 
los fundamentos expuestos en la demanda.
En su opinión, "lo más positivo" es que reconoce de manera 
expresa el derecho de la devolución de la cantidad solicitada en el 
escrito dirigido al Consejo de Ministros, sin necesidad de que la 
Administración tenga que comprobar en vía administrativa la conformidad 
de la cantidad solicitada, algo que "va a evitar la demora en la 
devolución".
Además, Martínez ha destacado que la sentencia reconoce los 
intereses legales de la cantidad reclamada desde el día de la 
presentación de la reclamación hasta la fecha de notificación de esta 
sentencia.
No obstante, el abogado ha reconocido no estar conforme con 
que la sentencia no imponga costas a la Administración, ya que "no ha 
acogido ninguno de los motivos de oposición alegados por el abogado del 
Estado".
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