MADRID.- La Comisión de Ética del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido un
dictamen al hilo de una consulta sobre el uso que los jueces hacen de
las redes sociales en el que da libertad a sus señorías para opinar y
participar en espacios como Twitter sin necesidad de usar un pseudónimo, aunque les pide “extremado cuidado”,
“prudencia” y “cortesía” para no comprometer su apariencia de
independencia, imparcialidad e integridad y la confianza ciudadana en la
Justicia.
“Los jueces, en el ejercicio de su libertad de expresión, pueden
expresar en las redes sociales sus opiniones particulares, ya tengan
naturaleza jurídica o no, así como reaccionar ante publicaciones ajenas
en las formas habitualmente utilizadas por los usuarios de las redes
sociales”, concluye el dictamen.
El documento parte de que los jueces “han de tener en cuenta los
riesgos que se generan en relación con el respeto a los principios de
ética judicial, los cuales pueden verse afectados por su participación
en redes sociales en todo caso, aunque no se identifiquen como jueces”.
En concreto, señala que la expresión de opiniones,
comentarios y reacciones a terceros “puede afectar gravemente a la
apariencia de independencia y de imparcialidad, además de ser
reflejo de una conducta que ha de preservar la dignidad de la función
jurisdiccional”, por lo que surge “el correlativo deber ético de ser
extremadamente cuidadosos”, “siempre que exista la razonable posibilidad
de que puedan ser reconocidos como integrantes del Poder Judicial”.
Así, la recomendación es que cada uno efectúe “una previa valoración
ética sobre si su identificación en las redes sociales como integrante
del Poder Judicial, bien de forma directa, bien de forma indirecta, en
atención al contenido de su intervención, puede afectar a la percepción
que los demás puedan tener de su independencia, imparcialidad e
integridad”.
Misma conducta pide a la hora de participar e interactuar en la red,
porque considera que esa valoración ética previa “puede condicionar los
contenidos, opiniones o comportamientos que hagan públicos en dichas
redes sociales, así como sus reacciones a publicaciones de terceras
personas”.
“Será la elemental prudencia que debe presidir el ejercicio de la
libertad de expresión del juez la que determine la valoración previa de
su participación en las redes sociales y del modo en que se efectúe”,
señala la Comisión, que incide, no obstante, en que el magistrado “jamás
puede revelar datos de asuntos que hayan sido conocidos por razón de la
función que desempeña”.
Con todo, no aprecia que exista “inconveniente ético” en que
el juez utilice un pseudónimo en las redes, si bien “su utilización no
legitima el desarrollo de un comportamiento éticamente reprobable al amparo de un pretendido anonimato”.
En esta línea, la Comisión de Ética Judicial no ve inconveniente en
que opinen en redes o reaccionen a publicaciones de terceros, pero
recuerda el “deber ético” del juez de “ser extremadamente cuidadoso”,
especialmente cuando pueda ser reconocido como integrante del Poder
Judicial.
Además,
incide en que el tono y la forma de emitir opiniones o reacciones ante
publicaciones ajenas por el juez “debe huir de las descalificaciones
personales y del insulto y ha de evitar generar o incrementar la
crispación”.
También les pide “prudencia” en cuanto a las relaciones con otros
(personas a las que siguen o a las que agregan como ‘amigo’), pues si
bien concluye que “no existe un deber ético ‘per se’ de limitar los
contactos de los jueces en las redes sociales”, la pluralidad de
contactos no anula el riesgo de que su participación “pueda ser
malinterpretada por terceros” afectando su apariencia de imparcialidad.
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