MADRID.- El
Tribunal Constitucional (TC) considera que el Gobierno "no ha
justificado" la necesidad de legislar medidas para promover la oferta de
vivienda en alquiler a través del real decreto, aprobado el pasado
marzo, por el que se regulan los contratos en dicho régimen.
Así
lo expresan los magistrados, que estiman parcialmente el recurso
interpuesto por el PP, en una sentencia cuyo fallo trascendió el pasado
martes y que declara nulas dos disposiciones adicionales, incluida la
que hasta ahora ha previsto la movilización de suelo público para
construir viviendas en alquiler social.
En
su recurso, los populares denunciaban los enunciados "genéricos" que
contenía la disposición adicional primera, la cual carecía de "medidas
reales, efectivas, concretas y de aplicación inmediata" como
correspondería a una norma de urgencia.
Dichos
argumentos trataron de ser refutados por la Abogacía del Estado, que
vinculó este apartado a la "insuficiente oferta de viviendas en
alquiler".
Ahora
el Constitucional, en su sentencia íntegra conocida este jueves,
entiende que el Gobierno "no ha justificado la necesidad de acudir a un
real decreto ley" para un aspecto que, en principio, no requiere de la
"habilitación de una norma con rango de ley".
El
mandato recurrido encomendaba al Ministerio de Fomento "un conjunto de
acciones a realizar, entre ellas la negociación con las administraciones
sectorialmente competentes, utilizando para este fin todos los
instrumentos a su disposición".
Asimismo,
le permitía modular los instrumentos financieros del Plan Estatal de
Vivienda para poder atender estas necesidades, y reorientar sus bases
para apoyar "exclusivamente" el disfrute de la vivienda en este régimen.
Aspectos
que el Pleno del alto tribunal ha declarado inconstitucionales y que el
Ejecutivo deberá reformular, al igual que sucede con la también anulada
disposición adicional tercera sobre convenios en materia de
infraestructuras públicas.
Para
los diputados del PP, "se desconoce en qué medida" esta clase de
convenios "puede bajar el precio del alquiler", y alegaban que el
Gobierno "no proporcionaba ninguna motivación al respecto".
Por
el contrario, el Estado fundamentó su decisión en los objetivos de
"movilidad sostenible" en un país, España, que se caracteriza por la
importante concentración demográfica.
Sin
embargo, los magistrados creen que esa justificación no se puede
percibir "directamente" ni es "instantánea o inmediata" al no guardar
una "necesaria relación" con una "extraordinaria y urgente necesidad
previamente definida".
En
cambio, avalan el resto del real decreto, que no incluye ninguna medida
para fijar los precios de los alquileres, cuya renta deberá
actualizarse durante la vigencia del contrato al índice de precios al
consumo (IPC).
Para
incentivar la oferta de viviendas en este régimen, establece además una
serie de medidas fiscales como bonificaciones de hasta un 95 % en el
impuesto de bienes inmuebles (IBI) de la vivienda protegida en alquiler
cuando los Ayuntamientos acuerden, en una norma jurídica, una renta
limitada.
También
habilita el gravamen en el IBI de la vivienda vacía, elimina el
impuesto de transmisiones en los alquileres de vivienda habitual,
establece el derecho de adquisición preferente por parte de las
Administraciones en caso de la venta conjunta de un inmueble con
arrendamientos, y amplía la prórroga obligatoria de 3 a 5 años en la
duración de los contratos, o a 7 si es una persona jurídica.
Apartados
todos ellos legitimados por la sentencia del Constitucional, que
defiende que los cambios en materia de impuestos -IBI, transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados- se limitan a corregir
parcialmente la forma que tienen de tributar un pequeño grupo de
operaciones -las protegidas por el decreto- de entre las muchas sujetas a
estos gravámenes.
De
igual modo, respalda el sistema de mejora de la accesibilidad en tanto
que "trata de paliar las deficiencias que sufren diariamente las
personas con movilidad reducida", y las modificaciones en materia de
desahucios "por la situación de extraordinaria y urgente necesidad que
quiere revertir".
Tras
adelantarse el fallo, el secretario de Estado de Vivienda, Pedro Saura,
consideraba ayer que el Constitucional había avalado de forma "clara"
el real decreto.
Lectura
que antes había compartido el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, que descartó que la opinión de la sentencia sobre las
medidas de dinamización fueran afectar a sus planes de ceder suelos
públicos a empresas privadas para que construyan y exploten durante 50
años unas 20.000 viviendas en alquiler a precios asequibles.
El Gobierno dice que el fallo del TC no afecta
a temas relevantes para los alquileres
El
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha comunicado que
las cuestiones más relevantes del real decreto para promover el alquiler
"continuarán estando plenamente vigentes", tras conocer este jueves la
sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre un recurso interpuesto
por el PP.
El
Ministerio señala en un comunicado que el real decreto de marzo de 2019
introducía "más de 20 mejoras" en la regulación de los alquileres y
también "importantes medidas económicas y fiscales" en materia de
vivienda y alquiler, y reitera que todas quedan avaladas por la
sentencia del TC.
Los
magistrados, no obstante, han estimado parcialmente el recurso
interpuesto por el PP en contra de la citada norma, en una sentencia
cuyo fallo trascendió el pasado martes y que declara nulas dos
disposiciones adicionales, incluida la que hasta ahora ha previsto la
movilización de suelo público para construir viviendas en alquiler
social.
El
departamento que dirige José Luis Ábalos indica que se ha desestimado
el recurso "salvo en lo que se refiere a las disposiciones adicionales
primera y tercera, relativas al programa de medidas para promover la
oferta en alquiler y a la duración de los convenios en materia de
infraestructuras respectivamente".
"Se trata de dos disposiciones adicionales que no forman parte del cuerpo del real decreto ley", añade el Ministerio.
Igualmente,
el secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
Pedro Saura, ha reiterado este jueves que el TC avala de manera
"clara" el real decreto sobre el alquiler y "tumba" el recurso
presentado por el PP.
El
'número dos' de José Luis Ábalos en el rebautizado Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (antes Fomento) ha señalado que
la sentencia avala que los contratos de alquiler obligatorios pasen de 3
a 5 años y de 3 a 7 años en el caso de que el arrendador sea una
persona jurídica, mientras que el PP "quería volver al real decreto ley
de 2013 y establecerlo en 3 años".
El
propio Ábalos ha defendido a través de Twitter que el TC "da la razón
al Gobierno al desestimar el recurso del PP" y se pregunta "a ver cómo
explica ahora la derecha que garantizar el acceso a la vivienda no es
urgente ni necesario".
Por
su parte, el portavoz adjunto del grupo parlamentario del PP en el
Congreso y coordinador de asuntos económicos, Mario Garcés, ha opinado
que la sentencia del TC ha puesto en evidencia la "improvisación" del
ejecutivo y ha afirmado que "cuando se gobierna a golpe de Real Decreto
Ley ocurren estas patologías".
"Con
esta sentencia queda demostrado que la aparente urgencia en la toma de
ciertas decisiones no estaba justificada, violentando así la naturaleza
misma y la razón de ser de un Real Decreto Ley", ha recalcado el
diputado del PP, para quien el "intervencionismo del Gobierno ha sido
rechazado por el Tribunal Constitucional, en un episodio más de una
semana para olvidar del ministro Abalos”.
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