BARCELONA.- El Govern ha aprobado un decreto que regulará el panorama de los apartamentos turísticos en Catalunya a través de la creación de una nueva figura legal, la 'vivienda de uso turístico', e introduciendo la obligación de que todos los propietarios tramiten en los municipios la obtención de una licencia que les permita destinar la vivienda a este fin.
Según el decreto, se considerará vivienda de uso turístico la que se alquile a terceros por un periodo igual o inferior a tres meses. El Govern prevé así ordenar el mercado y poder crear un censo que, según sus cálculos, puede ascender a medio millón de viviendas.
La nueva normativa incide en la transparencia fiscal y da más garantías a los usuarios, ya que con la nueva figura legal la Administración podrá ejercer la actividad inspectora en estas viviendas para cerciorarse de que cumplen los requisitos mínimos de calidad, algo que hasta ahora no podía controlar por estar consideradas muchas de ellas domicilios privados.
Además, obliga a tener hojas de reclamación y las exigencias van más allá de disponer de cédula de habitabilidad como hasta ahora. También se protege más al propietario, que podrá expulsar al usuario si no cumple con las ordenanzas municipales o atenta contra la convivencia.
Otro de los cambios importantes que introduce el decreto es que centra la responsabilidad en el propietario, que es quien deberá disponer de esta habilitación cumpliendo los términos que establezca cada ayuntamiento, lo que permitirá acabar con el "cierto monopolio" que hasta ahora ejercían las empresas intermediarias.
El conseller de Innovación, Universidades y Empresa, Josep Huguet, ha matizado que esto no supone la desaparición de las empresas explotadoras de estos servicios de alquiler de apartamentos, puesto que muchas de ellas cuentan con experiencia para ofrecer servicios útiles a los propietarios, pero sí que dejan de ser "imprescindibles".
Hasta ahora, el único censo aproximado con el contaba el Govern sobre estos alojamientos turísticos era a través de las empresas explotadoras. "En momentos de máximo auge el censo ha llegado a contener apenas 23.000 viviendas", ha asegurado el subdirector de ordenación turística, Joan Abad.
Con esta normativa, ha añadido, se supera una situación de "alegalidad" que había llegado a crear conflictos de convivencia en algunos municipios y comunidades de vecinos. A partir de ahora, la falta de licencia supondrá caer en actividad ilegal y enfrentarse a multas de entre 30.000 y 90.000 euros.
Los ayuntamientos catalanes contarán con un periodo transitorio de un año desde la entrada en vigor de la normativa para regular esta actividad. En aquellos casos, como en Barcelona y otras poblaciones, en los que ya exista una ordenanza municipal, el periodo para obtener la nueva autorización será de cuatro años.
Cada municipio será autónomo para introducir las limitaciones, condiciones y fijar la tasa para conceder las licencias para estos alojamientos turísticos y garantizar que sean "compatibles" con otros usos, actividades y con la convivencia vecinal, según Huguet.
El conseller ha destacado que las Asociaciones de Vecinos (AAVV) también podrán frenar la implantación de estas viviendas en determinados edificios, si este uso está prohibido en los estatutos de la comunidad en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Huguet ha insistido en que el decreto permitirá "poner luz" sobre una actividad que cuenta con una demanda demostrada. No obstante, ha animado al sector a que el siguiente paso sea establecer unas categorías dentro de los apartamentos turísticos para dar más visibilidad a la calidad de estos alojamientos.
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