lunes, 30 de diciembre de 2019

Radares de proximidad: la novedad de la DGT para 2020

MADRID.- Conducir implica un alto grado de concentración. Se requiere una buena organización y coordinación de toda la información que nos llega desde el exterior. Un despiste al volante puede convertirse en una situación peligrosa si no somos capaces de reaccionar al momento. 

Controlar la velocidad y el respeto de las normas de circulación es básico para garantizar la seguridad en carretera. Solemos asociar los radares con el control de la velocidad, pero no siempre es así. En función de su tipología también pueden llegar a controlar si llevamos el cinturón abrochado o si estamos utilizando el móvil al volante. 
En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con “724 puntos de control de velocidad, 62 radares de tramo, 557 radares móviles en los vehículos de la Agrupación de Tráfico, 10 helicópteros operativos y 8 drones que se encargan de vigilar las carreteras. 
En total 1.361 puntos de control a los que hay que sumar los que utilizan en la Comunidad de Cataluña, en el País Vasco y en los Ayuntamientos”, según explica el Race.  
El portal informativo autopista.es ha informado de que la DGT tiene preparado un nuevo tipo de radar para el 2020: los radares de proximidad. Estos dispositivos tienen el objetivo de vigilar que los conductores respeten la distancia de seguridad entre coches y así evitar los accidentes por alcance.
Este tipo de radares tienen la capacidad de analizar el estado de las carreteras, de manera que si hay tráfico y la circulación es densa y lenta, el radar dejará de multar porque las condiciones no permiten dejar la distancia necesaria. En caso contrario, cuando la circulación sea fluida, aquellos que no respeten los límites será fotografiados y, posteriormente, multados. 
Mantener una distancia de seguridad adecuada es básico para poder reaccionar ante posibles imprevistos. El Reglamento General de Circulación (RGC) lo expresa así: “Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre (distancia de seguridad) que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta especialmente la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado”.
Esta distancia no es fija ya que depende de muchos factores como la velocidad, la visibilidad, las condiciones climáticas, el tráfico, etc. No obstante, se recomienda que, para calcularla, dejes 2 segundos de margen entre el vehículo que te precede y el tuyo y, en el caso de que las condiciones meteorológicas no sean las óptimas, es aconsejable ampliarlo hasta 4 segundos.
En aquellos tramos donde una colisión múltiple podría tener consecuencia fatales, como por ejemplo los túneles, la distancia de seguridad debe ampliarse a 100 metros o 4 segundos de intervalo. 
Según explica la DGT, “a 120 kilómetros por hora, un conductor necesita un mínimo de 66 metros por delante de su vehículo para circular sin riesgo de colisión, 33 de los cuales transcurren en el segundo que tarda en reaccionar al peligro y tocar el freno”.
No respetar la distancia de seguridad norma acarrea una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir. 
Observar a lo lejos es una precaución muy necesaria para anticiparse a posibles peligros. Actualmente muchos coches ya equipan sistemas de control de velocidad de crucero adaptativo, una tecnología que avisa al conductor cuando no está manteniendo la distancia adecuada e incluso es capaz de intervenir.
Hacia atrás la distancia también es importante, especialmente cuando tenemos la intención de adelantar, de esta forma no obligaremos al resto de vehículos que no siguen a modificar su trayectoria.

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